DECRETO 122 2025
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SECRETARÍA GENERAL - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - MODIFICA DENOMINACIÓN - SUBSECRETARÍA PROYECTOS ESTRATÉGICOS Y RELACIÓN CON ORGANISMOS MULTILATERALES - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - DENOMINACION SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SUPRIME DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES ESTRATÉGICAS - SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ESTRATÉGICAS Y ANÁLISIS PROSPECTIVO - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - MODIFICA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - MODIFICA - DEPENDENCIA FUNCIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL RELACIÓN CON ORGANISMOS MULTILATERALES - ENTONCES SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS Y RELACIÓN CON ORGANISMOS MULTILATERALES - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - PASARÁ A DEPENDER DE LA SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - TRANSFIERE PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - MODIFICA - DEPENDENCIA FUNCIONAL - SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ESTRATÉGICAS Y ANÁLISIS PROSPECTIVO - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL ANÁLISIS PROSPECTIVO QUE LE DEPENDE - PASARÁN A DEPENDER DE LA SECRETARÍA GENERAL CON SU PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO
Publicación:
20/03/2025
Sanción:
19/03/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus
modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente 11736567-GCABA-
SECAE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico
creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura
de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la
reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de Asuntos Estratégicos, al
Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Secretaría General;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en función a lo establecido y atento a razones operativas, resulta necesario
modificar la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, el
Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Secretaría General;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial del citado Ministerio y las mencionadas Secretarías, en sus dos niveles,
Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 15 de marzo de 2025, la estructura organizativa de
la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo a lo establecido en los Anexos I - Organigrama (IF-2025-11826240-
GCABA-SECAE) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de
Acciones (IF-2025-11826500-GCABA-SECAE), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- Modificar, a partir del 15 de marzo de 2025, la estructura organizativa del
Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo a lo establecido en los Anexos III - Organigrama (IF-2025-11917511-
GCABA-MHFGC) y IV - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de
Acciones (IF-2025-11917705-GCABA-MHFGC), y, los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 3°.- Modificar, a partir del 15 de marzo de 2025, la estructura organizativa de
la Secretaría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo
establecido en los Anexos V - Organigrama (IF-2025-11894504-GCABA-SECGE) y VI
- Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2025-
11895128-GCABA-SECGE), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 4°.- Modificar la denominación de la Subsecretaría Proyectos Estratégicos y
Relación con Organismos Multilaterales de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, la
que pasará a denominarse Subsecretaría de Asuntos Estratégicos.
Artículo 5°.- Suprimir la Dirección General Relaciones Estratégicas, dependiente de la
Subsecretaría de Relaciones Estratégicas y Análisis Prospectivo, de la Secretaría de
Asuntos Estratégicos.
Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Finanzas
del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7°.- Modificar la dependencia funcional de la Dirección General Relación con
Organismos Multilaterales de la entonces Subsecretaría de Proyectos Estratégicos y
Relación con Organismos Multilaterales de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, la
que pasará a depender de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y transferir con su personal, patrimonio y presupuesto.
Artículo 8°.- Modificar la dependencia funcional de la Subsecretaría de Relaciones
Estratégicas y Análisis Prospectivo de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, y la
Dirección General Análisis Prospectivo que le depende, las que pasarán a depender
de la Secretaría General con su personal, patrimonio y presupuesto.
Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 10°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 11°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Secretaría General, a la Secretaría
de Asuntos Estratégicos y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar.
MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 2
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en laseparata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 3
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 4
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 5
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7084 ANEXO 6