RESOLUCIÓN 21 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
ESTABLECE FECHA - REALIZACIÓN DEL SORTEO PÚBLICO DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA - ALIANZAS O AGRUPACIONES POLÍTICAS - OFICIALIZADAS POR EL TRIBUNAL ELECTORAL - ELECCIONES GENERALES - CONVOCA - PARTIDOS POLÍTICOS Y ALIANZAS PARTIDARIAS - INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL - VOTACIÓN
Publicación:
03/04/2025
Sanción:
02/04/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: La Ley N° 268, Ley N° 6.031 (textos consolidados por Ley N° 6.764), los
Decretos 401/GCABA/24, 91/GCABA/25 y el Expediente Electrónico N° EX-2025-
13979626-GCABA-IGE y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 401/GCABA/2024, modificado por el Decreto N°
91/GCABA/2025, el Jefe de Gobierno adecúa la convocatoria a elecciones generales y
convoca al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que el día 18 de
mayo de 2025 se proceda a la elección de treinta (30) Diputados/as titulares y sus
respectivos suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en virtud de lo establecido por la Ley N° 6.807, que dispuso la
suspensión del régimen de elecciones primarias en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para el año 2025;
Que el Tribunal Electoral emitió, en fecha 31 de marzo del corriente año, las
respectivas Resoluciones a través las cuales oficializó las listas de candidatos/as para
la categoría Diputados/as de la Legislatura de la Ciudad de Buenos para las
elecciones del 18 de mayo de 2025;
Que, por su parte, la Ley N° 6.031, en el inciso 2 de su artículo 4°, dispone que el
Instituto de Gestión Electoral tiene entre sus competencias la de "...Distribuir el aporte
público para el financiamiento de las campañas electorales y el espacio de publicidad
de campaña previstos en la Ley...";
Que asimismo la Ley N° 268 (texto consolidado según Ley N° 6.764) establece en su
artículo 6° que "...El Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los Partidos Políticos,
Confederaciones y Alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en
las pantallas de la vía pública que estén a su disposición, los que se distribuirán
respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación...";
Que, en tal entendimiento, y en pos de iniciar las gestiones inherentes a la asignación
de los espacios de publicidad en la vía pública para las Elecciones del próximo 18 de
mayo, este Instituto consultó, mediante NO-2025-13165014-GCABA-IGE, sobre el
listado de los espacios a la Dirección General de Planeamiento de Medios, obteniendo
el detalle de los mismos a través de la NO-2025-13260571-GCABA-SSCS;
Que, con el objeto de sostener la imparcialidad y equidad en toda intervención de este
Instituto de Gestión Electoral, resulta conveniente la realización de un sorteo ante
Escribano Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines
de efectuar la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública
para cada alianza partidaria y/o agrupación política participante de las Elecciones
Generales;
Que, por otra parte, el artículo 118 de la mencionada Ley, indica que este Instituto de
Gestión Electoral es quien diseña y aprueba el modelo de los afiches de exhibición de
las listas completas;
Que, a su vez, el artículo 115 de este cuerpo legal, indica que: "El Instituto de Gestión
Electoral determina el orden de los espacios, franjas o columnas (...) mediante un
sorteo público que se realiza en un plazo no menor a cuarenta (40) días corridos antes
del acto eleccionario. Convocará a los/as apoderados/as de todas las agrupaciones
políticas que forman parte del sorteo a fin de que puedan presenciar." ;
Que, en tal sentido, se realizan ambos sorteos en la misma fecha, siendo los mismos
actores los involucrados a participar en ellos, con fundamento en el principio de
celeridad y optimización de recurso;
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa del
Instituto de Gestión Electoral;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 268 y N° 6.031
(textos consolidados según Ley N° 6.764), resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente.
Artículo 1°.- Establézcase el día 7 de abril del 2025 como fecha para la realización del
sorteo público de espacios de publicidad en la vía pública para las Alianzas o
Agrupaciones Políticas que fueron oficializadas por el Tribunal Electoral para participar
de las Elecciones Generales del próximo 18 de mayo en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el edificio de la sede del Instituto de Gestión Electoral, en el horario
de las 17:00 horas, sito en la Av. Martín García N° 346 6° Piso de esta Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Establézcase el día 7 de abril del 2025 como fecha para la realización del
sorteo del orden de los espacios en los afiches de exhibición de las listas completas de
aquellas Alianzas o Agrupaciones Políticas que fueron oficializadas por el Tribunal
Electoral para participar de las Elecciones Generales del próximo 18 de mayo en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el edificio de la sede del Instituto de Gestión
Electoral, en el horario de las 18:00 horas, sito en la Av. Martín García N° 346, 6° Piso
de esta Ciudad.
Artículo 3°.- Convócase al sorteo referido en los artículos 1° y 2° de la presente, a los
Partidos Políticos y Alianzas Partidarias oficializadas por el Tribunal Electoral de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar de las Elecciones Generales del
próximo 18 de mayo de esta Ciudad Autónoma.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Escribanía General, a la Auditoría General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires
y a las Alianzas o Agrupaciones Políticas que fueron oficializadas por el Tribunal
Electoral para participar de las próximas Elecciones Generales; pase a la Gerencia
Operativa de Coordinación Electoral a sus efectos. González