RESOLUCIÓN 18 2025 SUBSECRETARIA INVERSIONES
Síntesis:
PRORROGA - PLAZO PARA LA RENOVACIÓN - INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES
Publicación:
04/04/2025
Sanción:
31/03/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA INVERSIONES
VISTO: La Ley Nacional N° 27.506, las Leyes N° 6.394 y N° 6.684 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nros. 315/21, 317/22 y 188/24, las
Resoluciones N° 2025-7-GCABA-SSIN; y el Expediente Electrónico N° EX-2025-
03386814-GCABA-DGEPRP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 27.506 creó el Régimen de Promoción de la Economía del
Conocimiento que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que
apliquen al uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los
avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de
servicios y/o mejoras de procesos, con los alcances y limitaciones establecidos en la
mentada ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten;
Que con idéntico objetivo, mediante la Ley N° 6.394 (texto consolidado por Ley
N°6.764) la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al Régimen de Promoción de la
Economía del conocimiento, contemplando el otorgamiento de beneficios impositivos
para establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a su vez, la reglamentación de la Ley N° 6.394, a través del Decreto N° 315-
GCABA/21 (BOCBA Nro. 6260) facultó a la Autoridad de Aplicación, entonces
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para su
implementación;
Que por la Resolución N° 317-GCABA-MDEPGC/2022, el entonces Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción otorgó a la entonces Unidad de Coordinación
Gestión de Políticas Productivas, la facultad de ejercer las competencias en relación al
Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Ley N° 6.394 que allí
enumera, como así también determinar los mecanismos y porcentajes requeridos para
los compromisos enumerados en el artículo 10 de la referida Ley y establecer los
requisitos de inscripción al Registro de la Economía del Conocimiento (REC);
Que mediante la Ley de Ministerios N° 6.684 (texto consolidado por Ley N°6.764), se
contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires al Ministerio de Desarrollo Económico, entre cuyas funciones se encuentran las
de: "Entender y diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico
integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad productiva y
sustentable en áreas estratégicas...";
Que por el Decreto N° 188-GCABA/2024, se modificó, a partir del 1° de abril de 2024,
la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y se eliminó a la Unidad de Coordinación Gestión de
Políticas Públicas;
Que el Decreto N° 387-GCABA/2023, modificado por el Decreto N° 125-GCABA/2025,
establece que corresponde a la Subsecretaría de Inversiones la facultad de "Diseñar y
conducir la planificación estratégica de los regímenes de promoción en los que el
Ministerio resulte autoridad de aplicación. Entender en la promoción de los distritos
económicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como herramienta para la
mejora de la competitividad y la proyección internacional de los sectores promovidos.
Planificar y desarrollar los criterios de acción para el impulso de los distritos
económicos y regímenes especiales de promoción económica de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, alentando la radicación y el crecimiento de empresas. Supervisar el
funcionamiento de registros de empresas de los regímenes de promoción";
Que, en dicho marco, mediante la Resolución N° 2025-7-GCBA-SSIN, se definió un
nuevo procedimiento correspondiente al Régimen de Economía del Conocimiento, con
los requisitos de inscripción y renovación, junto con los mecanismos para la
presentación de las solicitudes;
Que conforme lo previsto en el art. 4 y Anexo III "Procedimiento y Requisitos para la
Inscripción y Renovación de la Inscripción en el Registro Economía del Conocimiento
de la Ley N° 6394" de la Resolución antedicha, se estableció que para el año 2025 las
personas humanas o jurídicas que deseen renovar su inscripción al Registro de
Economía del Conocimiento podrán hacerlo hasta el 31 de marzo;
Que en atención a las consultas realizadas por los interesados respecto de la
implementación del nuevo procedimiento y la proximidad del vencimiento del plazo
para efectuar la renovación de la inscripción en el registro referido, resulta propicio
prorrogar el plazo hasta el 30 de abril de 2025, a fin de dar atención a las consultas en
curso; Asimismo, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la
intervención correspondiente en el ámbito de sus funciones;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2025 el plazo para que las personas
humanas o jurídicas soliciten la renovación de la inscripción al Registro de la
Economía del Conocimiento.
Artículo 2°.- Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas
y a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido. Archivar.
Zaballa