RESOLUCIÓN 18 2025 SUBSECRETARIA INVERSIONES

Síntesis:

PRORROGA - PLAZO PARA LA RENOVACIÓN - INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES

Publicación:

04/04/2025

Sanción:

31/03/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA INVERSIONES


VISTO: La Ley Nacional N° 27.506, las Leyes N° 6.394 y N° 6.684 de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nros. 315/21, 317/22 y 188/24, las

Resoluciones N° 2025-7-GCABA-SSIN; y el Expediente Electrónico N° EX-2025-

03386814-GCABA-DGEPRP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 27.506 creó el Régimen de Promoción de la Economía del

Conocimiento que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que

apliquen al uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los

avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de

servicios y/o mejoras de procesos, con los alcances y limitaciones establecidos en la

mentada ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten;

Que con idéntico objetivo, mediante la Ley N° 6.394 (texto consolidado por Ley

N°6.764) la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al Régimen de Promoción de la

Economía del conocimiento, contemplando el otorgamiento de beneficios impositivos

para establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, a su vez, la reglamentación de la Ley N° 6.394, a través del Decreto N° 315-

GCABA/21 (BOCBA Nro. 6260) facultó a la Autoridad de Aplicación, entonces

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para su

implementación;

Que por la Resolución N° 317-GCABA-MDEPGC/2022, el entonces Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción otorgó a la entonces Unidad de Coordinación

Gestión de Políticas Productivas, la facultad de ejercer las competencias en relación al

Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Ley N° 6.394 que allí

enumera, como así también determinar los mecanismos y porcentajes requeridos para

los compromisos enumerados en el artículo 10 de la referida Ley y establecer los

requisitos de inscripción al Registro de la Economía del Conocimiento (REC);

Que mediante la Ley de Ministerios N° 6.684 (texto consolidado por Ley N°6.764), se

contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires al Ministerio de Desarrollo Económico, entre cuyas funciones se encuentran las

de: "Entender y diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico

integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad productiva y

sustentable en áreas estratégicas...";

Que por el Decreto N° 188-GCABA/2024, se modificó, a partir del 1° de abril de 2024,

la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y se eliminó a la Unidad de Coordinación Gestión de

Políticas Públicas;

Que el Decreto N° 387-GCABA/2023, modificado por el Decreto N° 125-GCABA/2025,

establece que corresponde a la Subsecretaría de Inversiones la facultad de "Diseñar y

conducir la planificación estratégica de los regímenes de promoción en los que el

Ministerio resulte autoridad de aplicación. Entender en la promoción de los distritos

económicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como herramienta para la

mejora de la competitividad y la proyección internacional de los sectores promovidos.

Planificar y desarrollar los criterios de acción para el impulso de los distritos

económicos y regímenes especiales de promoción económica de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, alentando la radicación y el crecimiento de empresas. Supervisar el

funcionamiento de registros de empresas de los regímenes de promoción";

Que, en dicho marco, mediante la Resolución N° 2025-7-GCBA-SSIN, se definió un

nuevo procedimiento correspondiente al Régimen de Economía del Conocimiento, con

los requisitos de inscripción y renovación, junto con los mecanismos para la

presentación de las solicitudes;

Que conforme lo previsto en el art. 4 y Anexo III "Procedimiento y Requisitos para la

Inscripción y Renovación de la Inscripción en el Registro Economía del Conocimiento

de la Ley N° 6394" de la Resolución antedicha, se estableció que para el año 2025 las

personas humanas o jurídicas que deseen renovar su inscripción al Registro de

Economía del Conocimiento podrán hacerlo hasta el 31 de marzo;

Que en atención a las consultas realizadas por los interesados respecto de la

implementación del nuevo procedimiento y la proximidad del vencimiento del plazo

para efectuar la renovación de la inscripción en el registro referido, resulta propicio

prorrogar el plazo hasta el 30 de abril de 2025, a fin de dar atención a las consultas en

curso; Asimismo, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la

intervención correspondiente en el ámbito de sus funciones;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE INVERSIONES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2025 el plazo para que las personas

humanas o jurídicas soliciten la renovación de la inscripción al Registro de la

Economía del Conocimiento.

Artículo 2°.- Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas

y a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido. Archivar.

Zaballa

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 18-SSIN/25 prorroga hasta el 30 de abril de 2025 el plazo para que las personas humanas o jurídicas soliciten la renovación de la inscripción al Registro de la Economía del Conocimiento, establecido por la Resolución N° 7-SSIN/25.</p>