RESOLUCIÓN 1 2025 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES - IUT - BAJA DEL TRÁMITE - EDICTO TRANSFERENCIA DE HABILITACIONES - MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Publicación:
07/04/2025
Sanción:
04/04/2025
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: Las Leyes 3.304 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos
118/22 y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución 70-SECITD/22, la Resolución
Conjunta 1-SECITD/22, el Expediente EX-2025-12857943-GCABA-DGCLE, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.304 creó el "Plan de Modernización de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" con el objeto de encarar un proceso de
modernización administrativa en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante del artículo 3° de la citada Ley se establece que la Jefatura de Gabinete
de Ministros es la autoridad de aplicación del referido Plan;
Que a través de los artículos 1° y 2° del Decreto 118/22 se estableció,
respectivamente, un Modelo de Gobernanza de los Datos y un Sistema de
Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para
garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;
Que por el artículo 7° del precitado Decreto se creó el Inventario Único de Trámites
(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE);
Que, asimismo, el artículo 8° estableció que el Inventario Único de Trámites (IUT) será
implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital
de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo que en el futuro la reemplace,
y que estará integrado por los trámites que las áreas de Gobierno deberán informar en
las formas, plazos y condiciones que determine la mencionada Secretaría de
Innovación y Transformación Digital con el fin de asegurar su vigencia;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada
repartición;
Que, por su parte, la Resolución 70-SECITD/22 aprobó el "Reglamento Operativo del
Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General
Eficiencia Administrativa, dependiente de la Subsecretaría de Innovación
Administrativa de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de
la Jefatura de Gabinete de Ministros, la gestión de todas las acciones necesarias para
dar cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que, en virtud de ello, por el Anexo I de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22 se
aprobó el "Procedimiento para la incorporación de nuevo trámite o modificación de uno
existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";
Que el mencionado Anexo I dispone que el área responsable deberá remitir el trámite
al área competente en la materia para su control interno, la que confeccionará un
informe con las recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la
incorporación del nuevo trámite;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a
la Secretaría Legal y Técnica;
Que la referida Ley estableció entre las competencias de la Secretaría Legal y
Técnica, la de administrar la publicación del Boletín Oficial e implementar su difusión
por los medios oficiales de comunicación;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que, asimismo, el precitado Decreto establece entre las responsabilidades primarias
de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital las de: "fomentar el diseño ágil
de procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran; y supervisar la implementación
de las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización
administrativa y tecnológica, procesos y servicios al ciudadano";
Que, en virtud de lo expuesto, y a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 9° del Anexo I de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22, deviene necesario
dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la baja del trámite "Edicto Transferencia de Habilitaciones" en el
Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Dirección General Eficiencia Administrativa y, para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Gerencia Operativa Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Piola -
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