DECRETO 141 2025

Síntesis:

AUTORIZA - APERTURA DEL TURNO TARDE - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 6 - DISTRITO ESCOLAR 1 - SITA - CALLE LETONIA S/N Y AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA - ENCOMIENDA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN -  APROBACIÓN, MODIFICACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE LAS PLANTAS ORGÁNICAS FUNCIONALES - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

09/04/2025

Sanción:

07/04/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26.206 y sus modificatorias, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los

Decretos 1182/90 y su modificatorio, y 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones

2329-SED/03 y 2554-MEIGC/19, el Expediente 12017862-GCABA-DGEGE/25 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme la Ley Nacional de Educación 26.206 y sus modificatorias, la

obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la

finalización del nivel de la educación secundaria;

Que, por otro lado, la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus

funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que

les confiere dicha Ley;

Que, de acuerdo con lo establecido por dicha Ley, corresponde al Ministerio de

Educación diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación, contemplando a la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje y, bajo su órbita, a la Dirección General Educación de Gestión Estatal;

Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene entre sus responsabilidades

primarias diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la optimización de

las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la

calidad educativa;

Que la mencionada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias la

de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos en todas las

áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los

aspectos pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 1182/90 y su modificatorio, se creó la Escuela de Educación Media

6 del Distrito Escolar 1 con funcionamiento en horario vespertino, ampliándose luego al

turno mañana por medio de la Resolución 2329-SED/03;

Que dicha escuela funciona actualmente en la calle Letonia S/N (sin numeración) y Av.

Antártida Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con la

Resolución 2554-MEIGC/19;

Que a efectos de dar respuesta a la creciente demanda y contribuir a cumplimentar la

política de inclusión educativa, la Dirección General Educación de Gestión Estatal

promueve la apertura del turno tarde en el referido establecimiento escolar;

Que, en ese sentido, resulta necesario encomendar a la titular del Ministerio de

Educación y/o el organismo que en el futuro lo reemplace, la aprobación, modificación

y convalidación de las Plantas Orgánicas Funcionales correspondientes;

Que la medida aquí propiciada no implica mayor erogación presupuestaria;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorizar la apertura del turno tarde en la Escuela de Educación Media 6

del Distrito Escolar 1, sita en la calle Letonia S/N (sin numeración) y Av. Antártida

Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que continuará funcionando

además en los turnos mañana y vespertino.

Artículo 2°.- Encomendar al Ministerio de Educación y/o el organismo que en el futuro

lo reemplace, la aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Orgánicas

Funcionales correspondientes a la implementación de lo establecido en el artículo 1°

del presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación, el

Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y, para su

conocimiento y demás efectos comunicar a los Ministerios de Hacienda y Finanzas y

de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Arengo Piragine - Sánchez

Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 141/25 autoriza la apertura del turno tarde en la Escuela de Educación Media 6 del Distrito Escolar 1, sita en la calle Letonia S/N (sin numeración) y Av. Antártida Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que continuará funcionando además en los turnos mañana y vespertino, la cual fuera creada por Decreto 1182/90.</p>