DECRETO 142 2025
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y ACCIONES - MINISTERIO DE SEGURIDAD - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688 - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - SEGURIDAD - COORDINACIÓN - SUBSECRETARÍA -RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ATENCIÓN A LA VÍCTIMA - INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - SEGURIDAD COMUNAL Y ORDEN PÚBLICO - SEGURIDAD EN EVENTOS MASIVOS Y DEPORTIVOS - EMERGENCIAS - GESTIÓN ADMINISTRATIVA - CAPITAL HUMANO - TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL - COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ALCAIDÍAS - COORDINACIÓN DE OBJETIVOS SENSIBLES Y MATERIALES CONTROLADOS - ESTADÍSTICA CRIMINAL Y MAPA DEL DELITO - INVESTIGACIÓN CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y ASISTENCIA AL TURISTA - ARTICULACIÓN COMUNAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COMISARÍAS - POLÍTICAS DE GÉNERO EN SEGURIDAD - COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - SEGURIDAD COMUNAL Y ORDEN PÚBLICO - SEGURIDAD EN EVENTOS MASIVOS Y DEPORTIVOS - SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - COORDINACIÓN OPERATIVA - ORDEN PÚBLICO - PROCOM - PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - SEGURIDAD EN EVENTOS PÚBLICOS - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - PLANEAMIENTO DE EMERGENCIAS Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS -DEFENSA CIVIL - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - INFRAESTRUCTURA - LOGÍSTICA Y FLOTA - ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y COMPENSACIONES - GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO - FUERA DE NIVEL - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LEY 5847 - JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD
Publicación:
09/04/2025
Sanción:
08/04/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus
modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, y 51/25, el Expediente 11499580-GCABA-
DGTALMSE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico
creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura
de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la
reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Seguridad;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto 51/25 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Seguridad;
Que en ese sentido se propicia readecuar y reorganizar las competencias del citado
Ministerio;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2025, la estructura organizativa del
Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo a lo establecido en los Anexos I - Organigrama (IF-2025-13918514-GCABA-
MSEGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones (IF-2025-13918639-
GCABA-MSEGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente
Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- Modificar la dependencia funcional de la Dirección General Coordinación
de Objetivos Sensibles y Materiales Controlados que pasará a depender de la
Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.
Artículo 3°.- Crear la Subsecretaría de Seguridad en Eventos Masivos y Deportivos
dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.
Artículo 4°.- Modificar la denominación y responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público, que pasará a denominarse
Subsecretaría de Seguridad Comunal y Orden Público de la Secretaría de Seguridad
del Ministerio de Seguridad.
Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de
Seguridad.
Artículo 6°.- Modificar la denominación y responsabilidades primarias de la Dirección
General Seguridad Comunal e Investigación Criminal que pasará a denominarse
Dirección General Investigación Criminal de la Subsecretaría de Investigación y
Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.
Artículo 7°.- Crear la Dirección General PROCOM dependiente de la Subsecretaría de
Seguridad Comunal y Orden Público de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de
Seguridad.
Artículo 8°.- Modificar la dependencia funcional de la Dirección General Planificación y
Evaluación de Recursos de la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal,
que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Comunal y Orden Público de
la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.
Artículo 9°.- Modificar la dependencia funcional, la denominación y las
responsabilidades primarias de la Dirección General Eventos Públicos de la
Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, que pasará a depender de la
Subsecretaría de Seguridad en Eventos Masivos y Deportivos de la Secretaría de
Seguridad del Ministerio de Seguridad, y pasará a denominarse Dirección General
Seguridad en Eventos Públicos.
Artículo 10.- Modificar la dependencia del organismo fuera de nivel "Comité de
Seguridad en el Fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ley 5.847" de la
órbita de la Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público a la órbita de la
Subsecretaría de Seguridad en Eventos Masivos y Deportivos de la Secretaría de
Seguridad del Ministerio de Seguridad.
Artículo 11.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de
la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en
virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 12. - El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 13. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad, el
Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 14. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido,
archivar. MACRI - Giménez - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
ANEXO
II -
Responsabilidades
Primarias, Objetivos y Acciones