DECRETO 143 2025
Síntesis:
SUSTITUYE ARTÍCULOS 3° Y 4° DECRETO 89-25 - OTORGA - SECRETARÍA DE DEPORTES - CARACTER DE ADMINISTRADORA - PREDIO PARQUE OLÍMPICO - AVENIDA CORONEL ROCA 3980 - PARQUE POLIDEPORTIVO JULIO A ROCA - EXCEPTUADO SECTOR OTORGADO AL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - FACULTA - CELEBRAR CONTRATOS - CONVENIOS - ACUERDOS - PREACUERDOS - CARTAS DE INTENCIÓN - ORGANIZAR EVENTOS Y EMPRENDIMIENTOS DE CARÁCTER RECREATIVO - EXCEPCIÓN PERMISOS DE USO GRATUITOS Y ONEROSOS Y CONCESIONES - TRAMITADOS POR LAS DIRECCIÓNES GENERALES - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
09/04/2025
Sanción:
08/04/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 5.689 (texto
consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y modificatorios, y 89/25, el
Expediente EX-2025-13479668-GCABA-SECD, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina en su artículo
104 las atribuciones y facultades del Poder Ejecutivo, entre las que se encuentran las
de establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su
dependencia y administrar los bienes que integran el patrimonio de la Ciudad;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Deportes, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros con
las responsabilidades primarias allí establecidas;
Que mediante el Decreto 89/25 se otorgó al Instituto Universitario de Seguridad la
posesión y administración del sector detallado en el Anexo I (IF-2025-08654585-
GCABA-DGROC), Sección 058, Manzana 014H, objeto territorial t004, y se otorgó a la
Secretaría de Deportes, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el
carácter de Administradora de los sectores detallados en los planos identificados en el
Anexo II (IF-2025-08654746-GCABA-DGROC) de la citada norma;
Que en virtud de la experiencia recogida y a los fines de un correcto aprovechamiento
de las instalaciones, corresponde otorgar a la mencionada Secretaría la totalidad de la
administración del predio conocido como "Parque Olímpico", sito en Avenida Coronel
Roca 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H)
del Parque Polideportivo Julio A. Roca, con excepción del sector otorgado al Instituto
de Universitario de Seguridad, de acuerdo al Anexo I del Decreto 89/25;
Que, en este sentido, resulta necesario modificar el Decreto 89/25;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Sustituir el artículo 3° del Decreto 89/25, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 3°.- Otorgar a la Secretaría de Deportes dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, el carácter de Administradora del predio del "Parque Olímpico",
sito en Avenida Coronel Roca 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1,
Sección: 58, Manzana: 14 H) del Parque Polideportivo Julio A. Roca, con excepción
del sector otorgado al Instituto Universitario de Seguridad que se encuentra
identificado en el Anexo I del presente decreto."
Artículo 2°.- Sustituir el artículo 4° del Decreto 89/25, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 4°.- Facultar a la Secretaría de Deportes dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, sobre el sector detallado en el artículo 3°, a celebrar todo tipo
de contratos, convenios, acuerdos, preacuerdos, cartas de intención así como
organizar eventos y emprendimientos de carácter recreativo, con excepción de los
permisos de uso gratuitos y onerosos y de las concesiones que serán tramitados por la
Dirección General Administración de Bienes y la Dirección General Concesiones y
Permisos, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración de Bienes
Inmuebles del Ministerio de Hacienda y Finanzas."
Artículo 3°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
la Secretaría de Deportes, al Instituto Universitario de Seguridad, a las Direcciones
Generales Administración de Bienes y Concesiones y Permisos, ambas dependientes
de la Subsecretaría Administración de Bienes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y
a la Subsecretaría Integración y Desarrollo del Sur, dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, y para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Secretaría
de Deportes dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar.
MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny