DECRETO 89 2025
Síntesis:
DEROGA DECRETO 114/23 - OTORGA ADMINISTRACIÓN - PARQUE POLIDEPORTIVO JULIO A. ROCA - SECTORES - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - IUSE - SECRETARÍA DE DEPORTES
Publicación:
21/02/2025
Sanción:
20/02/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Última actualización: 9 de abril de 2025
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VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 5.689 (texto
consolidado por Ley 6.764), los Decretos 114/23 y 387/23 y modificatorios, el
Expediente 07163105-GCABA-DGROC/25 y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina en su artículo
104 las atribuciones y facultades del Poder Ejecutivo, entre las que se encuentran las
de establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su
dependencia y administrar los bienes que integran el patrimonio de la Ciudad;
Que por el Decreto 114/23, se otorgó la administración del predio conocido como
"Parque Olímpico", sito en Avenida Coronel Roca 3980 (Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H) del Parque Polideportivo Julio A.
Roca, a la Secretaría de Deportes, entonces dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción;
Que en un sector del predio mencionado, sito en Avenida Coronel Roca 4170, se
construyó un edificio con destino al funcionamiento del Instituto Universitario de
Seguridad (IUSE);
Que el Instituto Universitario de Seguridad fue creado por la Ley 5.689, y es una
institución abierta, basada en los principios de libertad académica, solidaridad, justicia
y excelencia, cuyo objetivo es formar profesionales que lideren con ética, innovación y
compromiso, promoviendo la seguridad como un valor social esencial;
Que, en este sentido, se propicia otorgar al Instituto Universitario de Seguridad, la
posesión y administración del predio y del inmueble según el plano que como Anexo I
forma parte integrante del presente, a los efectos de que realice las actividades
encomendadas por su Ley de creación;
Que, asimismo, se propicia otorgar la administración del sector identificado en el
Anexo II correspondiente al Parque Polideportivo Julio A. Roca, a la Secretaría de
Deportes dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para el diseño de
políticas públicas deportivas que conlleven una optimización del uso de las
instalaciones deportivas de primer nivel con las que cuenta el Parque;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Deportes, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros con
las responsabilidades primarias allí detalladas;
Que asimismo, se contemplaron a las Direcciones Generales Administración de
Bienes y Concesiones y Permisos, ambas dependientes de la Subsecretaría de
Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, en este sentido, resulta necesario derogar el Decreto 114/23;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Derogar el Decreto 114/23.
Artículo 2°.- Otorgar al Instituto Universitario de Seguridad la posesión y administración
del sector detallado en el Anexo I (IF-2025-08654585-GCABA-DGROC), el que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°. - Otorgar a la Secretaría de Deportes, dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, el carácter de Administradora de los sectores detallados en los
planos que como Anexo II (IF-2025-08654746-GCABA-DGROC) forman parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 4°.- Facultar a la Secretaría de Deportes dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, sobre los sectores detallados en el Anexo II del artículo 3°, para
celebrar todo tipo de contratos, convenios, acuerdos, preacuerdos, cartas de intención
así como organizar eventos y emprendimientos de carácter recreativo, con excepción
de los permisos de uso gratuitos y onerosos y de las concesiones que serán
tramitados por la Dirección General Administración de Bienes y la Dirección General
Concesiones y Permisos, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración
de Bienes Inmuebles del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 5°.- Encomendar al Instituto Universitario de Seguridad a realizar todos los
actos de administración que fueren necesarios respecto del inmueble identificado en el
anexo I del artículo 2°, para su funcionamiento, en los términos de la Ley 5.689.
Artículo 6°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Secretaría de Deportes, al Instituto Universitario de Seguridad, a las
Direcciones Generales Administración de Bienes y Concesiones y Permisos, ambas
dependientes de la Subsecretaría Administración de Bienes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas y a la Subsecretaría Integración y Desarrollo del Sur, dependiente de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, y para su conocimiento y demás efectos, remitir a la
Secretaría de Deportes dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7066 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7066 ANEXO 2