LEY 1797 2005

Síntesis:

PODER EJECUTIVO - PAGO DE DEUDA - AGUAS ARGENTINAS SA - ASOCIACIÓN MUTUAL COLONIA SOLÁ - INMUEBLE DE CALLE AUSTRALIA 2725-2737-2751-2777 - CALLE PEDRIEL 1046 -1050 - SANTA - ESTACIÓN SOLÁ DEL FERROCARRIL ROCA - BARRIO DE BARRACAS  - INSTITUTO DE LA VIVIENDA

Publicación:

04/11/2005

Sanción:

22/09/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

28/10/2005


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - El Poder Ejecutivo procederá en el marco de la Ley N° 459, a abonar a la empresa Aguas Argentinas S.A. (cuenta contrato 2751) la deuda que con dicha empresa mantiene la Asociación Mutual Colonia Sola, por el inmueble sito en la calle Australia 2725/2737/2751/2777 esquina Pedriel 1046/1050 y Santa Elena jurisdicción de la Estación Sola -ex Línea Roca- del Barrio de Barracas y nomenclado catastralmente como Circunscripción III, Sección 18, Manzana 11, Fracción B, Partida 0115582.

Artículo 2° - La Asociación Mutual Colonia Sola no debe efectuar ningún tipo de contraprestación al G.C.B.A. con relación al beneficio otorgado por el artículo 1° de la presente ley .

Artículo 3° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados hasta la suma de seiscientos cincuenta mil pesos ($ 650.000) a la partida 20.375.70-5 Instituto de Vivienda -Colonia Sola- Transferencias- correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2005.

A los fines del cumplimiento de lo establecido, el Poder Ejecutivo realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias sin que dicho monto se incluya en la facultad establecida en el artículo 20 de la Ley N° 1.544.

Artículo 4° - Comuníquese. etc.de Estrada - Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
INTEGRA
<p>Art 1 de la Ley 1797 establece que el Poder Ejecutivo procederá en el marco de la Ley 459, a abonar una deuda a la empresa Aguas Argentinas SA.</p>