DISPOSICIÓN 59 2024 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

ACTUALIZA MONTO - SUBSIDIO MENSUAL - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS

Publicación:

21/04/2025

Sanción:

05/07/2024

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: Las Leyes N° 447 (texto consolidado por la Ley N° 6.588) y 6.684, los Decreto

Nros. 360/23, 387/23 y 197/24, las Resoluciones Nros. 1.447-GCABA-MHYDHGC/16,

52- GCABACOPIDIS/16 y 120-GCABA-AVJG/24, la Disposición N° 16-GCABA-

COPIDIS/24 y el EX-2024-23630512-GCABA-COPIDIS y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la misma garantiza a las personas con discapacidad el derecho a su

plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades; ejecuta

políticas de promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación,

capacitación, educación e inserción social y laboral; prevé el desarrollo de un hábitat

libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales,

educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier tipo, y la

eliminación de las existentes;

Que por la Ley N° 447 se estableció un régimen básico e integral para la prevención,

rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y para la participación e

integración plena en la sociedad de las personas con discapacidad;

Que dicha norma determinó que el Poder Ejecutivo conformará la Comisión para la

Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, encargada de

planificar y coordinar, supervisar, asesorar, capacitar y difundir todo lo necesario para

el efectivo cumplimiento de toda norma referida a las personas con discapacidad,

interactuando con las distintas áreas del Estado, de la Ciudad, Nacional y Provinciales

responsables de su aplicación y ejecución;

Que mediante la Ley N° 6.684, sancionada como Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se estableció dentro de las competencias de la

Vicejefatura de Gobierno, en su artículo 9° inciso 20), la de entender en el diseño e

implementación de políticas referidas a las personas con discapacidad;

Que la misma fue reglamentada por el Decreto N° 360/23;

Que mediante el Decreto N° 387/23 se aprobó la nueva estructura orgánica funcional

dependiente del Poder Ejecutivo, en la cual se determina que dentro de la Vicejefatura

de Gobierno, se hallan la Secretaría de Bienestar Integral, y dependiente de ésta, la

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad

(COPIDIS);

Que a través del Decreto N° 197/24 se aprobó la estructura organizativa de la

Vicejefatura de Gobierno y organismos dependientes, incluyendo su organigrama y

responsabilidades primarias;

Que la Resolución N° 1.447-GCABA-MHYDHGC/16 creó el "Programa de Apoyo para

la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad" en el ámbito de COPIDIS,

dependiente del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que el objetivo primordial de dicho programa es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en la comunidad;

Que según surge de dicha Resolución, se facultó a COPIDIS a dictar normas

reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias para la implementación del

Programa creado;

Que la citada normativa aprobó como Anexo I la operatoria del "Programa de Apoyo

para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad", estableciéndose que

se otorgará un subsidio mensual a los beneficiarios del Programa a fin de poder

afrontar los gastos que demande el fomento de su autonomía individual y

autodeterminación, su participación e inclusión en la comunidad, mediante el

desarrollo de un plan Individual de vida independiente;

Que por la Resolución N° 52GCABA-COPIDIS/16 se aprobó el marco general y el

procedimiento del Programa, estableciéndose el pago del subsidio por el término de

seis (6) meses con posibilidad de ser renovado dos veces en las sucesivas

convocatorias que lleve adelante a los beneficiarios que acrediten el cumplimiento del

Plan Individual de Vida Independiente (PIVI), supervisado por el equipo

interdisciplinario de COPIDIS;

Que por la Resolución N° 120-GCABA-AVJG/24, se modificó el punto "subsidio" del

Anexo I de la Resolución N° 1.447-GCABA-MHYDHGC/16, estableciéndose que a

partir del 1° de enero de 2024, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad (COPIDIS) u organismo que lo reemplace, tendrá a su

cargo la determinación y actualización del monto del beneficio;

Que por Disposición N° 16-GCABA-COPIDIS/24 se actualizó el monto mensual del

beneficio llevándolo a pesos noventa y cinco mil ($ 95.000.-) ;

Que teniendo en cuenta, la evolución del contexto socioeconómico, corresponde

actualizar el monto del subsidio mensual a la suma de pesos ciento sesenta mil ($

160.000.-) a partir del 1° de julio del año 2024.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL PRESIDENTE

DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD (COPIDIS)

DISPONE:

Artículo 1°.- Actualizar el monto del subsidio mensual del Programa de Apoyo para la

Vida Independiente para las Personas con Discapacidad a la suma de pesos ciento

sesenta mil ($ 160.000.-) a partir del 1° de julio del año 2024, por las razones

expuestas.

Artículo 2°.- El gasto que demande la ejecución de la presente, será imputado a las

partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2024.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Ruiz

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 59-COPIDIS-25 actualiza el monto del subsidio mensual del Programa de Apoyo para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad a partir del 1° de julio de 2024</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 59-COPIDIS-25 actualiza el monto del subsidio mensual del Programa de Apoyo para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad a partir del 1° de julio de 2024</p>