DISPOSICIÓN 7 2025 DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO

Síntesis:

ESTABLECE CONDICIONES - PROGRAMA DE AYUDA DIRECTA ANTE CONTINGENCIAS PARA INSTITUCIONES DEPORTIVAS - EMERGENCIA - ACTIVIDADES DEPORTIVAS 

Publicación:

25/04/2025

Sanción:

11/04/2025

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO


VISTO: Ley N°6.684, Decreto N°19/25, la Resol- 2025-98-GCABA-SECD, el

Expediente EX-2025-15202907-GCABA-DGDSYDD y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones citadas en el Visto tramita la reglamentación del "Programa

de Ayuda Directa ante Contingencias para Instituciones Deportivas", mediante el cual

se busca acompañar a aquellas instituciones deportivas con domicilio en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina en su artículo

33 la promoción de la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la

equiparación de oportunidades;

Que, previo a todo, es dable destacar que por Ley N°6.684 se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante el Decreto N°19/25 se modificó la estructura organizativa de la

Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo perteneciente a la

Secretaría de Deportes encontrándose entre sus funciones primarias la de "...Diseñar,

planificar e implementar políticas públicas vinculadas al desarrollo deportivo, actividad

física y recreativa en polideportivos, espacios e instituciones públicas y privadas (...);

Que, a través de la Resolución 98-SECD/2025, la Secretaría de Deportes, crea el

"Programa de Ayuda Directa ante Contingencias para Instituciones Deportivas";

Que, en la Resolución mencionada ut supra en su artículo N°2 se dispone

"...Establecer a la Secretaría de Deportes como su autoridad de aplicación a través de

la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo y sus dependientes o el

organismo que en un futuro las reemplace, la que deberá reglamentar su proceso...";.

Que, dicho programa tiene como objetivo fundamental poder brindar asistencia a

aquellas instituciones que se encuentren atravesando una situación de emergencia, ya

sea por una problemática edilicia o un faltante de equipamiento deportivo, que impida

garantizar la continuidad habitual de la actividad deportiva de la institución;

Que, en miras de dar apoyo y contribuir con el desarrollo y fortalecimiento institucional

se otorgarán, mediante un programa de ayuda, materiales de construcción,

equipamiento, servicios en general y material deportivo;

Que, mediante el informe IF-2025-11258740-GCABA-DGDSYDD se propicia la

creación del presente programa considerando el mismo un complemento fundamental

a la generación y aplicación de políticas públicas, en cuanto a la asistencia directa a

los Clubes de barrio;

Que, ante lo expuesto la mencionada Dirección General debe disponer el marco

administrativo en el que se dispondrán los recursos englobados en el "Programa de

Ayuda Directa ante Contingencias para Instituciones Deportivas";

Por ello y en orden a las facultades que le fueran otorgadas;

EL DIRECTOR GENERAL

DE DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO

DISPONE

Artículo N° 1: Que podrán acceder al "Programa de Ayuda Directa ante Contingencias

para Instituciones Deportivas" aquellas instituciones deportivas que manifiesten

fehacientemente estar atravesando una situación de emergencia que impida el

desarrollo habitual de sus actividades deportivas.

Artículo N° 2: Se otorgará a través del mencionado Programa material de construcción,

equipamiento, servicios y material deportivo, previo cumplimiento a los requisitos

establecidos en la presente disposición.

Artículo N° 3: La Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, designa

como área de recepción y evaluación de las solicitudes a su dependiente, la Gerencia

Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones.

Articulo N° 4: REQUISITOS FORMALES- ADMINISTRATIVOS

A- INSTITUCIÓN SOLICITANTE:

SOLICITUD: Las instituciones deportivas solicitantes, deberán presentar ante la

Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones Nota de solicitud (explicando

la problemática que atraviesa la institución) la misma debe estar suscripta por la

máxima autoridad de la institución · Material fotográfico que constate lo expuesto en la

nota de solicitud.

RECEPCIÓN:

Al recibir los materiales solicitados, la institución deberá remitir al correo

clubesdebarrio@buenosaires.gob.ar o presentar de manera presencial, nota formal

con firma de presidente/secretario de la misma, dando conformidad a la recepción de

los mismos. INCUMPLIMIENTO: Aquella institución que no diere cumplimiento a lo

requerido, no estará habilitada para presentar una nueva solicitud.

B- ÁREA DE APLICACIÓN. GERENCIA OPERATIVA DE CLUBES DE BARRIO Y

FEDERACIONES INFORME PROPICIATORIO

La Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones realizará un INFORME

PROPICIATORIO donde expresará las condiciones que hacen factible la recepción de

los materiales solicitados.

INFORME DE CIERRE

La Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones, arbitrará los medios para

constatar la correcta recepción de los materiales solicitados y emitirá un informe de

cierre dado cuenta de lo mismo.

Artículo N° 6: La Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, una vez

cumplimentados los requisitos de solicitud y recepción detallados, emitirá un informe

dando por cumplimentada la aplicación del "Programa de Ayuda Directa ante

Contingencias para Instituciones Deportivas" en la institución solicitante.

Artículo 7°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Póngase en conocimiento a la Secretaría de Deportes del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires. Cumplido, oportunamente, archívese. Costa

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° establece las condiciones para acceder al “Programa de Ayuda Directa ante Contingencias para Instituciones Deportivas” aquellas instituciones deportivas que manifiesten fehacientemente estar atravesando una situación de emergencia que impida el desarrollo habitual de sus actividades deportivas, creado por Resolución 98-SECT/25.</p>