RESOLUCIÓN 1545 2005 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO NO REINTEGRABLE A LOS OCUPANTES DE LA EX AU3
Publicación:
14/11/2005
Sanción:
04/11/2005
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Visto el Decreto N° 1.521/05 y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.521/05 se creó el componente de emergencia en el marco del programa de Recuperación de la Traza Ex AU3 para beneficiarios de la Ley N° 324 y ocupantes de la traza de la Ex AU3, en el sector 5, en edificios de propiedad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ruinosos que requieran su demolición inmediata o en inmuebles que tengan otro destino en el programa y que requieran la desocupación de los mismos para su avance;
Que el Componente de Emergencia antes mencionado consistirá en el otorgamiento de un subsidio no reintegrable para las familias ocupantes de inmuebles de propiedad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la traza de la Ex AU3;
Que por el art. 7° del decreto supra indicado se facultó a esta Secretaría a establecer los procedimientos que se requieran para el otorgamiento de subsidios;
Que la resolución de otorgamiento de subsidio deberá emitirse previo dictamen suscripto por la Coordinación de la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la Ex AU3;
Que para ello resulta pertinente establecer los requisitos que deberán cumplir los titulares que soliciten el subsidio, los que en razón de la materia serán controlados por el Programa de Apoyo Habitacional, dependiente de esta Secretaría, creado por el Decreto N° 1.234/04;
Que la Coordinación de la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la Ex AU3, colaborará en la implementación de la primera etapa del procedimiento que se establece en la presente;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el art. 7° del Decreto N° 1.521/05,
Artículo 1° - Apruébase el procedimiento para el otorgamiento del subsidio no reintegrable reconocido a los ocupantes de la traza Ex AU3, que no estén comprendidos en la operatoria establecida por la Ley N° 324 y sus modificaciones y que habiten inmuebles de propiedad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondientes al sector 5, en edificios ruinosos que requieran su demolición inmediata o en inmuebles que tengan otro destino en el programa y que requieran su desocupación de los mismos para su avance, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Apruébase el formulario de declaración jurada que deberán suscribir los titulares que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Coordinación de la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza Ex AU3 y al Programa de Apoyo Habitacional, dependiente de esta Secretaría. Fecho, archívese.