RESOLUCIÓN 3816 2005 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

INSTITUTO SUPERIOR EDUSALUD - SE APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS DEL PROYECTO ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA EN ANÁLISIS DEL FRACASO ESCOLAR POR DISARMONÍAS DEL CRECIMIENTO Y LA PSICOMOTRICIDAD

Publicación:

16/11/2005

Sanción:

28/10/2005

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 4.419-SED/05, la Ley N° 22, la Resolución N° 3.580-SED/03, y;

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece la Resolución N° 3.580-SED/03, las instituciones que presenten ofertas de postítulos docentes deberán hacerlo respetando las condiciones y requisitos que establecen los Anexos I, II y III de la citada norma;

Que por Resolución N° 62-SED/04 se creó una Comisión Ad-hoc con la misión de evaluar los proyectos de ofertas de postítulos y emitir recomendaciones favorables o desfavorables, observando los criterios y pautas establecidos por la Resolución N° 3.580-SED/03 y sus Anexos;

Que el artículo 2° de la Resolución N° 62-SED/04 delega en la Subsecretaría de Educación la gestión de las tareas relacionadas con el funcionamiento de la Comisión Ad-hoc;

Que en tal entendimiento, la Subsecretaría de Educación ha prestado su conformidad al informe producido por la Comisión Ad-hoc y un Especialista Externo respecto del proyecto de postítulo Actualización Académica en Análisis del Fracaso Escolar por Disarmonías del Crecimiento y la Psicomotricidad presentado por el Instituto Superior Edusalud (A-1283);

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el plan de estudios del proyecto Actualización Académica en Análisis del Fracaso Escolar por Disarmonías del Crecimiento y la Psicomotricidad presentado por el Instituto Superior Edusalud (A-1283), que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2° - Dispónese que el plan de estudios aprobado por el art. 1° de la presente tiene una vigencia para dos cohortes de alumnos, estando sujeta a evaluación de resultados.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada, de Educación, de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional, de Planeamiento y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Cumplido, archívese.

Nota: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, Departamento Trámite, Paseo Colón 255, P.B., de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

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