RESOLUCIÓN 3580 2003 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

IMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN 246-SED-03 - APRUEBA LAS NORMAS BÁSICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE POSTÍTULOS DOCENTES - RATIFICA LA RESOLUCIÓN 1.605-SED-02 - IMPLEMENTACIÓN - REGULACIÓN - RECONOCIMIENTO DE POSTÍTULOS - FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA - OTROS TÍTULOS - ESTATUTO DEL DOCENTE - ESCUELA DE CAPACITACIÓN DOCENTE - CEPA - EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE POSTÍTULOS - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

Publicación:

16/12/2003

Sanción:

03/12/2003

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 5.196/SED/03, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones tramita la aprobación del proyecto Régimen de Postítulos Docentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución N° 246/SED/03 se receptan, para el régimen de postítulos a disponer en el citado ámbito, las Normas Básicas para el funcionamiento y reconocimiento de postítulos docentes en el marco de la Resolución N° 151/00 del Consejo Federal de Cultura y Educación;

Que por la Resolución indicada en primer término se facultó a la Secretaría de Educación, conforme lo dispuesto por su Art. 2° para la creación de una comisión asesora encargada de brindar asistencia de carácter académico, institucional legal y administrativo que facilite la instrumentación operativa de la citada normativa del Consejo Federal de Cultura y Educación en el ámbito de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que tal comisión asesora, habiendo producido una propuesta a tal efecto, lo hizo expidiéndose en torno a los requisitos institucionales y académicos que se exigirán a las ofertas de postítulos docentes de la Ciudad de Buenos Aires, sugiriéndose, además, los procedimientos adecuados para la presentación y evaluación de los proyectos y las condiciones para su aprobación;

Que la Subsecretaría de Educación, como conclusión de su evaluación de la propuesta, recomienda la aprobación de la misma;

Que la Dirección de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Impleméntase la Resolución N° 246/SED/03 disponiéndose que las instituciones educativas que presenten ofertas de postítulos docentes deberán hacerlo respetando las condiciones y requisitos que establecen los Anexos I, II, III que a todos sus efectos, forman parte integrante de esta Resolución quedando habilitado, con carácter excepcional para una primera presentación de ofertas de postítulos, el período comprendido entre el 1° y el 20 de diciembre del año 2003.

Artículo 2° - La Secretaría de Educación podrá establecer periódicamente los lineamientos y prioridades referidos a las problemáticas y ejes temáticos que orientarán la elaboración de proyectos de postítulos docentes.

Artículo 3° - Ratifícase la Resolución N° 1.605/SED/02 que autoriza a la Escuela de Capacitación Docente-CePA para el dictado de postítulos docentes, cuyos planes de estudios, los que deberán ajustarse a los requisitos académicos dispuestos en el Anexo II-A de esta Resolución, serán aprobados previamente por la Secretaría de Educación.

Artículo 4° - Amplíase lo establecido en el Art. 4° de la Resolución N° 246/SED/03 autorizando a las instituciones que ya hubieran abierto matrícula para dos cohortes durante el año 2003 a reabrir la matrícula para una cohorte más durante el año 2004, con ofertas de postítulos docentes en curso y aprobadas previamente a la fecha de esta Resolución, luego de lo cual deberán ajustare su oferta a las condiciones y requisitos que establecen la presente y sus Anexos.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a la Escuela de Capacitación Docente-CePA. Cumplido, archívese.

ANEXO

ANEXO I

Procedimientos para evaluar y aprobar los Proyectos de postítulos docentes de la Ciudad de Buenos Aires

Presentación de Proyectos

Las presentaciones se efectuarán en dos períodos del año lectivo:

a) DeI 1° al 31 de mayo (para las propuestas cuyo comienzo se prevé para el primer semestre del año siguiente en el que se efectúa la presentación).

b) Del 1° al 31 de octubre (para las propuestas cuyo comienzo se prevé para el segúndo semestre del año siguiente en el que se efectúa la presentación).

1 Presentación de Proyectos con carga horaria no presencial

Los proyectos de postítulo cuya carga horaria no presencial sea igual o superior al 30% de la carga horaria total de su diseño curricular no ingresarán a la jurisdicción en los términos planteados en la presente Resolución; deberán ajustarse a los términos de la Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación y a los plazos que anualmente determine la Comisión Federal de Evaluación creada por tal Resolución.

De acuerdo con los procedimientos aprobados por la citada Resolución, estos proyectos deben presentarse para su evaluación directamente en la Comisión Federal de Evaluación. Esta Comisión requerirá a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires valoraciones sobre las ofertas de educación a distancia que presenten instituciones radicadas en su jurisdicción, y les requerirá también opinión sobre las ofertas que propongan abrir sedes o matricular alumnos en otras jurisdicciones distintas de las de origen.

Asimismo, y de acuerdo con la Resolución CFCE N° 183/02, el dictamen favorable de la Comisión Federal de Evaluación no exime a las instituciones del posterior trámite de aprobación en cada jurisdicción, razón por la cual las ofertas de postítulos docentes a distancia con dictamen federal favorable que esperen ser aprobados por la Secretaría de Educación de la Ciudad de Buenos Aires deberán ajustarse a los requisitos establecidos para todos los postítulos docentes.

2. Forma de Presentación:

a) Los proyectos se elevarán mediante nota de presentación acompañada de tres ejemplares impresos y un archivo digital sólo para lectura.

b) Los lugares habilitados para efectuar la presentación de los proyectos son: la Dirección General de Educación Superior y la Dirección General de Educación de Gestión Privada, según corresponda a cada institución.

3. Evaluación de los Proyectos

a) Todos los Proyectos a ser presentados a partir de la presente Resolución serán evaluados por una Comisión ad-hoc designada y constituida en la Secretaría de Educación e integrada por entre cinco y siete miembros con perfil de:

 Académicos y especialistas de reconocida trayectoria académica, profesional y científica en el campo pedagógico, de la formación docente y el currículum, designados por la Secretaría en carácter de miembros plenos durante un período máximo de cuatro años.

 Según requerimientos de los Proyectos presentados, la Secretaría podrá convocar a académicos y especialistas de reconocida trayectoria académica, profesional y científica en temas específicos, quienes participarán en carácter de asesores de los miembros plenos.

b) Las Direcciones receptoras - Dirección General de Educación Superior y Dirección General de Educación de Gestión Privada - realizarán una primera verificación formal para determinar si los Proyectos presentados responden a la totalidad de los requisitos solicitados (Anexo III Formulario). En caso de inobservancia de los mismos devolverán las presentaciones a la institución oferente para su cumplimiento, sin que ello signifique una ampliación de los plazos estipulados para el período de presentación correspondiente.

c) La Comisión evaluadora recibirá los Proyectos que respondan adecuadamente a la totalidad de los requisitos solicitados (Anexo III Formulario) acompañados de un informe técnico elaborado por las respectivas Direcciones receptoras, en el cual se incluirán datos de carácter institucional acerca del oferente e información acerca de la pertinencia y relevancia del Proyecto en el marco de las prioridades y necesidades del sector.

d) La Comisión evaluadora tendrá a su cargo el análisis y evaluación de los Proyectos presentados de acuerdo con los criterios aprobados por la presente Resolución (Anexo II Requisitos) y emitirá una recomendación aprobatoria o no, que será remitida a la Subsecretaría de Educación en un plazo no mayor de 5 meses posteriores a la fecha límite de cada período de presentación.

e) La Comisión Evaluadora de Postítulos emitirá una recomendación por proyecto, la cual podrá resultar:

1. Favorable.

2. Favorable con observaciones.

3. Desfavorable.

f) Los informes con recomendación favorable serán el antecedente en que se apoyará la Secretaría para determinar la aprobación del Proyecto a través de la Resolución que correspondiere.

g) Los informes con recomendación favorable con observaciones serán comunicados a la Institución oferente responsable, a través de la Subsecretaría de Educación; en esos casos, los Proyectos de postítulo objeto del informe no podrán ser ejecutados hasta realizar una nueva presentación con las modificaciones que correspondan a los efectos de una nueva evaluación.

h) Los informes con recomendación desfavorable serán remitidos a la institución oferente responsable de la presentación del Proyecto objeto del informe por la vía administrativa por la cual ingresaron.

ANEXO II

Requisitos institucionales y académicos específicos que se exigirán a las ofertas de postítulos docentes de la Ciudad de Buenos Aires

Definición:

Se define a los postítulos docentes como ofertas de formación académica sistemática post-inicial dirigida a docentes. Se proponen fortalecer la profesionalidad docente a través de:

a) La actualización y especialización dentro de un campo disciplinar o de problemáticas específicas del ejercicio docente y de la realidad escolar.

b) La promoción de nuevas experticias y de la formación en investigación educativa.

Los postítulos no modifican las incumbencias del título de base en el marco de la normativa vigente.

A - Requisitos académicos:

1. Títulos o certificación que emite

Se enmarcarán en los términos del Acuerdo N° 151/00 del C.F.C. y E.

 Actualización Académica (sólo certificado, no título)

 Especialización Superior

 Diplomatura Superior

2. Duración

La duración de la oferta es condición necesaria pero no suficiente como criterio para definir el tipo de titulación que otorga el proyecto; deberán reunirse otros requisitos académicos e institucionales para que el proyecto se enmarque en alguno de los tres tipos de certificación de postítulo.

Se establece la duración mínima para cada certificación.

2.1. Actualización Académica: mínimo 200 hs. reloj.

2.2. Especialización Superior: mínimo 400 hs. reloj.

2.3. Diplomatura Superior: mínimo 600 hs. reloj.

3. Calidad del Proyecto

3.1. Congruencia interna del proyecto

3.1.1. Congruencia entre el perfil de formación que propone el proyecto y los requisitos de titulación previa acreditada por los destinatarios.

3.1.2. Congruencia entre la denominación del proyecto y la formación propuesta.

3.1.3. Congruencia entre el perfil que propone y los contenidos que aborda.

3.1.4. Congruencia entre los propósitos que define y la estructura u organización del plan y el régimen académico.

3.1.5. Coherencia en la articulación, la secuencia y el desarrollo de las unidades curriculares que propone.

3.1.6. Pertinencia del sistema de monitoreo y evaluación de los aprendizajes de los alumnos.

3.2 Congruencia externa del proyecto

3.2.1 Relevancia y pertinencia para el fortalecimiento y renovación del sistema educativo.

3.2.2 Relevancia y pertinencia para la actividad profesional del docente en el sistema educativo dentro de la especialidad o área que aborda.

3.3. Relevancia y actualización de los contenidos que define.

4. Condiciones académicas

4.1. Perfil del director o coordinador académico del proyecto:

 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de cuatro años de duración, en el área de conocimiento correspondiente a la del postítulo, o en el área pedagógica.

 Antecedentes de desempeño en el nivel superior.

Para los proyectos que incluyan Especialización Superior o Diplomatura Superior, además:

 Estudios posteriores a la formación inicial (posgrados/postítulos), universitarios o no-universitarios.

 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta y/o experiencia profesional en el campo de especialización propuesta.

4.2. Perfiles docentes requeridos:

 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración.

 Antecedentes de desempeño en el nivel superior en cátedras afines al área de conocimiento correspondiente.

 Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, podrán reemplazar los requisitos anteriores con experiencia profesional equivalente a un título de nivel superior y/o a una experiencia de desempeño docente de nivel superior.

Para los proyectos que incluyan Especialización Superior, además:

 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta.

 Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos de un tercio de ellos posean títulos de postítulo/posgrado y/o un segundo título de grado en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesto así lo justifique, experiencia profesional equivalente a una formación de postítulo o posgrado.

Para los proyectos que incluyan Diplomatura Superior, además:

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos del 75% posean títulos de posgrado/postítulo en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo requiera, experiencia profesional equivalente a una formación de posgrado.

4.3 Condiciones institucionales para el desarrollo del proyecto:

4.3.1. Reunir las condiciones necesarias para constituir los Comités Evaluadores o Jurados del nivel académico requerido para la evaluación de los trabajos finales de los alumnos en el marco de la Resolución N° 151 del Consejo Federal de Cultura y Educación.

4.3.2. Reunir las condiciones que aseguren el acompañamiento tutorial requerido para la elaboración de los trabajos finales de carrera previstos en cada Plan.

5. Validez de la aprobación y condiciones para la renovación del proyecto:

La aprobación del proyecto es a término -dos cohortes- y su renovación estará sujeta a una Evaluación que contemple algunos criterios:

5.1. Vigencia de los contenidos temáticos.

5.2. Vigencia de la especialización propuesta.

5.3. Desarrollo curricular cumplido.

5.4. Cantidad de egresados.

5.5. Retención de la matrícula.

B - Requisitos institucionales

1. Tipo de Institución:

1.1. Terciaria docente no universitaria acreditada.

1.2. Red de instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas.

1.3. Instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas en convenio interinstitucional con organizaciones educativas, científicas o culturales, gubernamentales o no gubernamentales, de destacada trayectoria en el campo de especialización propuesta. Los certificados/títulos, en este caso, serán otorgados por la institución terciaria docente acreditada.

2. Trayectoria institucional específica:

2.1. Reconocida trayectoria en formación docente continua.

2.2. Reconocida trayectoria en el área que propone.

3. Condiciones operativas:

3.1. Infraestructura (propia o por convenio): espacios físicos adecuados para las acciones que propone; existencia de biblioteca especializada.

3.2. Equipamiento (propio o por convenio): equipos de computación y comunicación, laboratorios u otros equipamientos necesarios para la especialidad que brinda.

3.3. Organización adecuada de los procesos administrativos.

ANEXO III

Formulario para la presentación de Proyectos de Postítulos de Modalidad Presencial.

Relativas a la Propuesta Académico-Pedagógica y Curricular

1. Identificación / denominación del Proyecto

Título del Proyecto de Postítulo

2. Tipo de postitulación: certificado / título

Certificado de Actualización; postítulo de Especialización o Diplomatura.

3. Justificación del Proyecto

El Proyecto presentado deberá justificarse según los siguientes lineamientos:

 Atender a necesidades y demandas del Sistema Educativo de la Ciudad, relevadas y documentadas fehacientemente dando cuenta de:

1. Por qué se propone el postítulo;

2. Qué necesidades de formación profesional docente cubre;

3. Qué otras ofertas similares existen en la región;

4. Qué ventajas reportará al Sistema Educativo su implementación;

5. Cómo y con qué instrumentos se ha relevado la información para su justificación.

4. Destinatarios

4.1 Perfil de los destinatarios

4.2 Requisitos de Admisión

Tipo de requisitos para los aspirantes a ingresar al postítulo (título docente; o título de nivel terciario no universitario o universitario, acompañado de certificación de antigüedad, experiencia y/o servicio docente.)

5. Fundamentación

Fundamentación de la propuesta a partir de las transformaciones y exigencias de las disciplinas y especialidades que convergen en la práctica profesional o de los desafíos de la realidad y diversidad escolares.

La fundamentación dará cuenta de la relevancia y actualización de la propuesta; explicitará los desarrollos teóricos, aportes de investigación educativa y de experiencias innovadoras que se constituyan en marcos de referencia del postítulo.

6. Objetivos del Postítulo

Objetivos generales y específicos que derivan de la fundamentación planteada.

7. Diseño Curricular

7.1. Estructura

Organización prevista: unidades curriculares propuestas y relaciones entre ellas.

Tipo de unidades curriculares: materias, talleres, seminarios, pasantías, trabajos de campo, módulos, otros.

Distribución de la carga horaria por unidad curricular y total de cursado, en horas reloj.

Duración total del Proyecto en horas reloj.

7.2. Régimen académico

Descripción general de las condiciones de cursado del plan de estudios.

Los requisitos de aprobación de cada una de las unidades curriculares en sus diferentes modalidades.

7.2.1 Régimen de asistencia y regularidad

7.2.2. Régimen de correlatividades.

7.2.3. Obligatoriedad/optatividad de los espacios curriculares.

7.3. Contenidos y bibliografía

Enunciado de los contenidos mínimos y de la bibliografía básica de cada unidad del plan de estudios.

8. Certificado/Título a otorgar

Nominación del título que expide según el tipo de postitulación de que se trate (Certificado de Actualización Académica en, Especialista Superior en o Diplomado Superior en).

9. Perfil del Postitulado

Descripción de los conocimientos, las habilidades y las competencias en el campo específico de formación de postítulo en los que se actualiza, especializa y/o diploma al postitulado y a través de los cuales la institución y su programa de postítulo lo acreditan.

10. Sistemas de evaluación

Sistema de monitoreo y evaluación de los aprendizajes de los alumnos.

Descripción de las condiciones institucionales que garanticen el acompañamiento tutorial requerido para la elaboración de los trabajos finales previstos en cada plan.

Descripción de la constitución de los Comités Evaluadores o Jurados del nivel académico requerido para la evaluación de los trabajos finales de los alumnos.

Propuesta Institucional

1. Nombre de la/s Institución/es académica/s oferente/s

2. Tipo de Institución

2.1. Terciaria docente no universitaria acreditada; caracterización de su estructura y servicios educativos que ofrece.

2.2. Red de instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas que presentan el proyecto; caracterización de las instituciones y del convenio interinstitucional; especificar los datos de quien ejercerá la coordinación de la red institucional. Adjuntar documentación que respalde la constitución de la red.

2.3. Terciarias docentes acreditadas en convenio interinstitucional con organizaciones educativas, científicas o culturales, gubernamentales o no gubernamentales; caracterización de las organizaciones que firman el convenio; convenio que da marco al proyecto, especificando las modalidades de cooperación, los datos del director de la institución que otorgará los certificados/títulos, y los datos de quien ejercerá la coordinación de la red institucional. Adjuntar documentación relativa al convenio.

3. Trayectoria Específica

La Institución o red de instituciones que presentan el proyecto deberán describir su trayectoria en el área o especialización que propone y en formación docente continua.

Antecedentes de convenios con instituciones universitarias, no universitarias u otros centros académicos, de formación, de investigación, etc., para el desarrollo de proyectos similares y las modalidades de cooperación acordadas con dichas instituciones.

4. Equipamiento y recursos

4.1 Descripción de infraestructura, propia o por convenio (espacios físicos, existencia de biblioteca especializada).

4.2 Equipamiento (equipos de computación y comunicación, laboratorios u otros equipamientos necesarios para la especialidad que brinda, propios o por convenio).

5. Dirección académica del proyecto

Datos del Director del Proyecto:

5.1 Datos personales (Nombre y apellido, domicilio, N° de documento, fecha de nacimiento).

5.2 Titulación (superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración, en el área de conocimiento correspondiente a la del postítulo, o en el área pedagógica). Para los proyectos que incluyan Especialización Superior o Diplomatura Superior, además: estudios posteriores a la formación inicial (posgrados / postítulos), universitarios o no-universitarios.

5.3 Antecedentes de desempeño en el nivel superior.

5.4 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta y/o experiencia profesional en el campo de especialización propuesta.

5.5 Otros

6. Cuerpo docente

Datos personales

6.1 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración.

6.2 Antecedentes de desempeño en el nivel superior en cátedras afines al área de conocimiento correspondiente.

 Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, los requisitos anteriores podrán reemplazarse por experiencia profesional equivalente a un título de nivel superior y/o a una experiencia de desempeño docente de nivel superior.

6.3 Para los proyectos que incluyan Especialización Superior, además:

Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta.

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos de un tercio de ellos posean títulos de postítulo/posgrado y/o un segundo título de grado en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, experiencia profesional equivalente a una formación de postítulo o posgrado.

6.4 Para los proyectos que incluyan Diplomatura Superior, además:

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos del 75% posean títulos de posgrado/postítulo en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo requiera, experiencia profesional equivalente a una formación de posgrado.

6.6. Nómina y currículum vitae (firmado) de los docentes propuestos.

7. Sistema de evaluación institucional previsto.

Forma prevista de monitoreo y evaluación institucional de los procesos de desarrollo curricular y de los resultados logrados.

8. Procesos administrativos previstos

Forma de organización y administración previstas para la implementación del proyecto: unidad organizacional a cargo (responsabilidades y tareas); procesos y/o circuitos administrativos (procedimientos de registro, control y archivo de la documentación del personal docente y alumnos).


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Procedimientos para evaluar y aprobar los Proyectos de postítulos docentes de la Ciudad de Buenos Aires

Presentación de Proyectos

Las presentaciones se efectuarán en dos períodos del año lectivo:

a) DeI 1° al 31 de mayo (para las propuestas cuyo comienzo se prevé para el primer semestre del año siguiente en el que se efectúa la presentación).

b) Del 1° al 31 de octubre (para las propuestas cuyo comienzo se prevé para el segúndo semestre del año siguiente en el que se efectúa la presentación).

1 Presentación de Proyectos con carga horaria no presencial

Los proyectos de postítulo cuya carga horaria no presencial sea igual o superior al 30% de la carga horaria total de su diseño curricular no ingresarán a la jurisdicción en los términos planteados en la presente Resolución; deberán ajustarse a los términos de la Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación y a los plazos que anualmente determine la Comisión Federal de Evaluación creada por tal Resolución.

De acuerdo con los procedimientos aprobados por la citada Resolución, estos proyectos deben presentarse para su evaluación directamente en la Comisión Federal de Evaluación. Esta Comisión requerirá a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires valoraciones sobre las ofertas de educación a distancia que presenten instituciones radicadas en su jurisdicción, y les requerirá también opinión sobre las ofertas que propongan abrir sedes o matricular alumnos en otras jurisdicciones distintas de las de origen.

Asimismo, y de acuerdo con la Resolución CFCE N° 183/02, el dictamen favorable de la Comisión Federal de Evaluación no exime a las instituciones del posterior trámite de aprobación en cada jurisdicción, razón por la cual las ofertas de postítulos docentes a distancia con dictamen federal favorable que esperen ser aprobados por la Secretaría de Educación de la Ciudad de Buenos Aires deberán ajustarse a los requisitos establecidos para todos los postítulos docentes.

2. Forma de Presentación:

a) Los proyectos se elevarán mediante nota de presentación acompañada de tres ejemplares impresos y un archivo digital sólo para lectura.

b) Los lugares habilitados para efectuar la presentación de los proyectos son: la Dirección General de Educación Superior y la Dirección General de Educación de Gestión Privada, según corresponda a cada institución.

3. Evaluación de los Proyectos

a) Todos los Proyectos a ser presentados a partir de la presente Resolución serán evaluados por una Comisión ad-hoc designada y constituida en la Secretaría de Educación e integrada por entre cinco y siete miembros con perfil de:

 Académicos y especialistas de reconocida trayectoria académica, profesional y científica en el campo pedagógico, de la formación docente y el currículum, designados por la Secretaría en carácter de miembros plenos durante un período máximo de cuatro años.

 Según requerimientos de los Proyectos presentados, la Secretaría podrá convocar a académicos y especialistas de reconocida trayectoria académica, profesional y científica en temas específicos, quienes participarán en carácter de asesores de los miembros plenos.

b) Las Direcciones receptoras - Dirección General de Educación Superior y Dirección General de Educación de Gestión Privada - realizarán una primera verificación formal para determinar si los Proyectos presentados responden a la totalidad de los requisitos solicitados (Anexo III Formulario). En caso de inobservancia de los mismos devolverán las presentaciones a la institución oferente para su cumplimiento, sin que ello signifique una ampliación de los plazos estipulados para el período de presentación correspondiente.

c) La Comisión evaluadora recibirá los Proyectos que respondan adecuadamente a la totalidad de los requisitos solicitados (Anexo III Formulario) acompañados de un informe técnico elaborado por las respectivas Direcciones receptoras, en el cual se incluirán datos de carácter institucional acerca del oferente e información acerca de la pertinencia y relevancia del Proyecto en el marco de las prioridades y necesidades del sector.

d) La Comisión evaluadora tendrá a su cargo el análisis y evaluación de los Proyectos presentados de acuerdo con los criterios aprobados por la presente Resolución (Anexo II Requisitos) y emitirá una recomendación aprobatoria o no, que será remitida a la Subsecretaría de Educación en un plazo no mayor de 5 meses posteriores a la fecha límite de cada período de presentación.

e) La Comisión Evaluadora de Postítulos emitirá una recomendación por proyecto, la cual podrá resultar:

1. Favorable.

2. Favorable con observaciones.

3. Desfavorable.

f) Los informes con recomendación favorable serán el antecedente en que se apoyará la Secretaría para determinar la aprobación del Proyecto a través de la Resolución que correspondiere.

g) Los informes con recomendación favorable con observaciones serán comunicados a la Institución oferente responsable, a través de la Subsecretaría de Educación; en esos casos, los Proyectos de postítulo objeto del informe no podrán ser ejecutados hasta realizar una nueva presentación con las modificaciones que correspondan a los efectos de una nueva evaluación.

h) Los informes con recomendación desfavorable serán remitidos a la institución oferente responsable de la presentación del Proyecto objeto del informe por la vía administrativa por la cual ingresaron.

ANEXO II

Requisitos institucionales y académicos específicos que se exigirán a las ofertas de postítulos docentes de la Ciudad de Buenos Aires

Definición:

Se define a los postítulos docentes como ofertas de formación académica sistemática post-inicial dirigida a docentes. Se proponen fortalecer la profesionalidad docente a través de:

a) La actualización y especialización dentro de un campo disciplinar o de problemáticas específicas del ejercicio docente y de la realidad escolar.

b) La promoción de nuevas experticias y de la formación en investigación educativa.

Los postítulos no modifican las incumbencias del título de base en el marco de la normativa vigente.

A - Requisitos académicos:

1. Títulos o certificación que emite

Se enmarcarán en los términos del Acuerdo N° 151/00 del C.F.C. y E.

 Actualización Académica (sólo certificado, no título)

 Especialización Superior

 Diplomatura Superior

2. Duración

La duración de la oferta es condición necesaria pero no suficiente como criterio para definir el tipo de titulación que otorga el proyecto; deberán reunirse otros requisitos académicos e institucionales para que el proyecto se enmarque en alguno de los tres tipos de certificación de postítulo.

Se establece la duración mínima para cada certificación.

2.1. Actualización Académica: mínimo 200 hs. reloj.

2.2. Especialización Superior: mínimo 400 hs. reloj.

2.3. Diplomatura Superior: mínimo 600 hs. reloj.

3. Calidad del Proyecto

3.1. Congruencia interna del proyecto

3.1.1. Congruencia entre el perfil de formación que propone el proyecto y los requisitos de titulación previa acreditada por los destinatarios.

3.1.2. Congruencia entre la denominación del proyecto y la formación propuesta.

3.1.3. Congruencia entre el perfil que propone y los contenidos que aborda.

3.1.4. Congruencia entre los propósitos que define y la estructura u organización del plan y el régimen académico.

3.1.5. Coherencia en la articulación, la secuencia y el desarrollo de las unidades curriculares que propone.

3.1.6. Pertinencia del sistema de monitoreo y evaluación de los aprendizajes de los alumnos.

3.2 Congruencia externa del proyecto

3.2.1 Relevancia y pertinencia para el fortalecimiento y renovación del sistema educativo.

3.2.2 Relevancia y pertinencia para la actividad profesional del docente en el sistema educativo dentro de la especialidad o área que aborda.

3.3. Relevancia y actualización de los contenidos que define.

4. Condiciones académicas

4.1. Perfil del director o coordinador académico del proyecto:

 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de cuatro años de duración, en el área de conocimiento correspondiente a la del postítulo, o en el área pedagógica.

 Antecedentes de desempeño en el nivel superior.

Para los proyectos que incluyan Especialización Superior o Diplomatura Superior, además:

 Estudios posteriores a la formación inicial (posgrados/postítulos), universitarios o no-universitarios.

 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta y/o experiencia profesional en el campo de especialización propuesta.

4.2. Perfiles docentes requeridos:

 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración.

 Antecedentes de desempeño en el nivel superior en cátedras afines al área de conocimiento correspondiente.

 Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, podrán reemplazar los requisitos anteriores con experiencia profesional equivalente a un título de nivel superior y/o a una experiencia de desempeño docente de nivel superior.

Para los proyectos que incluyan Especialización Superior, además:

 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta.

 Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos de un tercio de ellos posean títulos de postítulo/posgrado y/o un segundo título de grado en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesto así lo justifique, experiencia profesional equivalente a una formación de postítulo o posgrado.

Para los proyectos que incluyan Diplomatura Superior, además:

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos del 75% posean títulos de posgrado/postítulo en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo requiera, experiencia profesional equivalente a una formación de posgrado.

4.3 Condiciones institucionales para el desarrollo del proyecto:

4.3.1. Reunir las condiciones necesarias para constituir los Comités Evaluadores o Jurados del nivel académico requerido para la evaluación de los trabajos finales de los alumnos en el marco de la Resolución N° 151 del Consejo Federal de Cultura y Educación.

4.3.2. Reunir las condiciones que aseguren el acompañamiento tutorial requerido para la elaboración de los trabajos finales de carrera previstos en cada Plan.

5. Validez de la aprobación y condiciones para la renovación del proyecto:

La aprobación del proyecto es a término -dos cohortes- y su renovación estará sujeta a una Evaluación que contemple algunos criterios:

5.1. Vigencia de los contenidos temáticos.

5.2. Vigencia de la especialización propuesta.

5.3. Desarrollo curricular cumplido.

5.4. Cantidad de egresados.

5.5. Retención de la matrícula.

B - Requisitos institucionales

1. Tipo de Institución:

1.1. Terciaria docente no universitaria acreditada.

1.2. Red de instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas.

1.3. Instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas en convenio interinstitucional con organizaciones educativas, científicas o culturales, gubernamentales o no gubernamentales, de destacada trayectoria en el campo de especialización propuesta. Los certificados/títulos, en este caso, serán otorgados por la institución terciaria docente acreditada.

2. Trayectoria institucional específica:

2.1. Reconocida trayectoria en formación docente continua.

2.2. Reconocida trayectoria en el área que propone.

3. Condiciones operativas:

3.1. Infraestructura (propia o por convenio): espacios físicos adecuados para las acciones que propone; existencia de biblioteca especializada.

3.2. Equipamiento (propio o por convenio): equipos de computación y comunicación, laboratorios u otros equipamientos necesarios para la especialidad que brinda.

3.3. Organización adecuada de los procesos administrativos.

ANEXO III

Formulario para la presentación de Proyectos de Postítulos de Modalidad Presencial.

Relativas a la Propuesta Académico-Pedagógica y Curricular

1. Identificación / denominación del Proyecto

Título del Proyecto de Postítulo

2. Tipo de postitulación: certificado / título

Certificado de Actualización; postítulo de Especialización o Diplomatura.

3. Justificación del Proyecto

El Proyecto presentado deberá justificarse según los siguientes lineamientos:

 Atender a necesidades y demandas del Sistema Educativo de la Ciudad, relevadas y documentadas fehacientemente dando cuenta de:

1. Por qué se propone el postítulo;

2. Qué necesidades de formación profesional docente cubre;

3. Qué otras ofertas similares existen en la región;

4. Qué ventajas reportará al Sistema Educativo su implementación;

5. Cómo y con qué instrumentos se ha relevado la información para su justificación.

4. Destinatarios

4.1 Perfil de los destinatarios

4.2 Requisitos de Admisión

Tipo de requisitos para los aspirantes a ingresar al postítulo (título docente; o título de nivel terciario no universitario o universitario, acompañado de certificación de antigüedad, experiencia y/o servicio docente.)

5. Fundamentación

Fundamentación de la propuesta a partir de las transformaciones y exigencias de las disciplinas y especialidades que convergen en la práctica profesional o de los desafíos de la realidad y diversidad escolares.

La fundamentación dará cuenta de la relevancia y actualización de la propuesta; explicitará los desarrollos teóricos, aportes de investigación educativa y de experiencias innovadoras que se constituyan en marcos de referencia del postítulo.

6. Objetivos del Postítulo

Objetivos generales y específicos que derivan de la fundamentación planteada.

7. Diseño Curricular

7.1. Estructura

Organización prevista: unidades curriculares propuestas y relaciones entre ellas.

Tipo de unidades curriculares: materias, talleres, seminarios, pasantías, trabajos de campo, módulos, otros.

Distribución de la carga horaria por unidad curricular y total de cursado, en horas reloj.

Duración total del Proyecto en horas reloj.

7.2. Régimen académico

Descripción general de las condiciones de cursado del plan de estudios.

Los requisitos de aprobación de cada una de las unidades curriculares en sus diferentes modalidades.

7.2.1 Régimen de asistencia y regularidad

7.2.2. Régimen de correlatividades.

7.2.3. Obligatoriedad/optatividad de los espacios curriculares.

7.3. Contenidos y bibliografía

Enunciado de los contenidos mínimos y de la bibliografía básica de cada unidad del plan de estudios.

8. Certificado/Título a otorgar

Nominación del título que expide según el tipo de postitulación de que se trate (Certificado de Actualización Académica en, Especialista Superior en o Diplomado Superior en).

9. Perfil del Postitulado

Descripción de los conocimientos, las habilidades y las competencias en el campo específico de formación de postítulo en los que se actualiza, especializa y/o diploma al postitulado y a través de los cuales la institución y su programa de postítulo lo acreditan.

10. Sistemas de evaluación

Sistema de monitoreo y evaluación de los aprendizajes de los alumnos.

Descripción de las condiciones institucionales que garanticen el acompañamiento tutorial requerido para la elaboración de los trabajos finales previstos en cada plan.

Descripción de la constitución de los Comités Evaluadores o Jurados del nivel académico requerido para la evaluación de los trabajos finales de los alumnos.

Propuesta Institucional

1. Nombre de la/s Institución/es académica/s oferente/s

2. Tipo de Institución

2.1. Terciaria docente no universitaria acreditada; caracterización de su estructura y servicios educativos que ofrece.

2.2. Red de instituciones terciarias docentes no universitarias acreditadas que presentan el proyecto; caracterización de las instituciones y del convenio interinstitucional; especificar los datos de quien ejercerá la coordinación de la red institucional. Adjuntar documentación que respalde la constitución de la red.

2.3. Terciarias docentes acreditadas en convenio interinstitucional con organizaciones educativas, científicas o culturales, gubernamentales o no gubernamentales; caracterización de las organizaciones que firman el convenio; convenio que da marco al proyecto, especificando las modalidades de cooperación, los datos del director de la institución que otorgará los certificados/títulos, y los datos de quien ejercerá la coordinación de la red institucional. Adjuntar documentación relativa al convenio.

3. Trayectoria Específica

La Institución o red de instituciones que presentan el proyecto deberán describir su trayectoria en el área o especialización que propone y en formación docente continua.

Antecedentes de convenios con instituciones universitarias, no universitarias u otros centros académicos, de formación, de investigación, etc., para el desarrollo de proyectos similares y las modalidades de cooperación acordadas con dichas instituciones.

4. Equipamiento y recursos

4.1 Descripción de infraestructura, propia o por convenio (espacios físicos, existencia de biblioteca especializada).

4.2 Equipamiento (equipos de computación y comunicación, laboratorios u otros equipamientos necesarios para la especialidad que brinda, propios o por convenio).

5. Dirección académica del proyecto

Datos del Director del Proyecto:

5.1 Datos personales (Nombre y apellido, domicilio, N° de documento, fecha de nacimiento).

5.2 Titulación (superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración, en el área de conocimiento correspondiente a la del postítulo, o en el área pedagógica). Para los proyectos que incluyan Especialización Superior o Diplomatura Superior, además: estudios posteriores a la formación inicial (posgrados / postítulos), universitarios o no-universitarios.

5.3 Antecedentes de desempeño en el nivel superior.

5.4 Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta y/o experiencia profesional en el campo de especialización propuesta.

5.5 Otros

6. Cuerpo docente

Datos personales

6.1 Titulación superior universitaria o no-universitaria, correspondiente a carreras de no menos de 4 años de duración.

6.2 Antecedentes de desempeño en el nivel superior en cátedras afines al área de conocimiento correspondiente.

 Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, los requisitos anteriores podrán reemplazarse por experiencia profesional equivalente a un título de nivel superior y/o a una experiencia de desempeño docente de nivel superior.

6.3 Para los proyectos que incluyan Especialización Superior, además:

Antecedentes de investigación en temáticas afines a la del postítulo, y/o de publicaciones dentro de la especialidad; y/o de producción de relevancia en el campo de la especialización propuesta.

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos de un tercio de ellos posean títulos de postítulo/posgrado y/o un segundo título de grado en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo justifique, experiencia profesional equivalente a una formación de postítulo o posgrado.

6.4 Para los proyectos que incluyan Diplomatura Superior, además:

Formación académica del cuerpo docente: es requisito que no menos del 75% posean títulos de posgrado/postítulo en campos de conocimiento afines a la especialización propuesta o mérito equivalente. Cuando el campo de especialización propuesta así lo requiera, experiencia profesional equivalente a una formación de posgrado.

6.6. Nómina y currículum vitae (firmado) de los docentes propuestos.

7. Sistema de evaluación institucional previsto.

Forma prevista de monitoreo y evaluación institucional de los procesos de desarrollo curricular y de los resultados logrados.

8. Procesos administrativos previstos

Forma de organización y administración previstas para la implementación del proyecto: unidad organizacional a cargo (responsabilidades y tareas); procesos y/o circuitos administrativos (procedimientos de registro, control y archivo de la documentación del personal docente y alumnos).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 3580-SED-03 Implementa la Res. 246-SED-03
MODIFICADA POR
Autoriza, por única vez, la ampliación de los períodos de presentación 2004 de Proyectos de Postítulo Docente previstos en el Anexo I de la Resolución N° 3.580/SED/03
MODIFICADA POR
Res. N° 4063-GCABA-SED-05 Modifica Anexo I de la Res. N° 3580-GCABA-SED-03
INTEGRADA POR
Res. 280-SED-06 Especialización Superior en Integración de Personas con Necesidades Especiales - Instituto Privado de Actualización, Perfeccionamiento y Capacitación Docente Gladys R. Vera conforme Res. 3.580-SED-03.
INTEGRADA POR
Res. 450-SED-06 Aprueba el plan de estudios - postítulo Esp. Superior en Estimulación Temprana del Instituto C.E.I.A.C en el marco de la Res. 3580-SED-03
INTEGRADA POR
Res 626-SED-06 Aprueba el plan de estudios - postítulo Esp. Superior en Jardín Maternal - Instituto SUMMA en el marco de la Res. 3580-SED-03
INTEGRADA POR
Res. 779-SED-06 aprueba planes de estudio Especialización Sup. en intervención y estimulación temprana conforme Res. 3.580-SE-03.
INTEGRADA POR
Res. 780-SED-06 aprueba planes de estudio Especialización en Intervención de Pedagogías Didácticas en Contexto de Pobreza conforme Res. 3.580-SED-03.
INTEGRADA POR
Res. 781-SED-06 aprueba Especialización Superior en Políticas de Infancia conforme Res. 3.580-SED-03.
INTEGRADA POR
Res.1649-MEGC-06 Aprueba el plan de estudios Postítulo Especialización Superior en Conducción de las Instituciones Educativas de Nivel Medio y Equivalentes en el marco de la Res.3580-SED-03
INTEGRADA POR
Res 1710-MEGC-06-Aprueba Plan de estudios del postítulo Especialización Superior de Atención Temprana conforme Res 3580-SED-03
INTEGRADA POR
Res. 3686-MEGC-06 integra Res. 3580-SED-03 aprueba plan de estudios del postítulo Especialización Sup. en Análisis e Intervención en el Fracaso Escolar por Disarmonías Neurosensoriales
INTEGRADA POR
Res. 4003-MEGC-06 Aprueba el plan de estudios del postítulo Especialización Superior en Español Lengua Segunda y Extranjera, presentado por el Instituto Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández.
INTEGRADA POR
Res. 1288-MGGC-07 aprueba planes de estudio Postítulo Especialización en Lenguajes Artísticos para la Diversidad conforme Res. 3.580-SED-03