RESOLUCIÓN 4063 2005 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 3.580-SED-03

Publicación:

29/11/2005

Sanción:

14/11/2005

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 4.077-SED/05, la Resolución N° 3.580-SED/03, las Resoluciones Nros. 183/02 y 205/03 del Consejo Federal de Cultura y Educación, y

CONSIDERANDO:

Que las Resoluciones Nros. 183/02 y 205/03 del Consejo Federal de Cultura y Educación establecen normas regulatorias de los planes de estudio con modalidad a distancia;

Que la Resolución N° 3.580-SED/03 regula la presentación de proyectos de postítulos docentes a ser aprobados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Resolución N° 3.580-SED/03 preve, en su Anexo I inciso 1.1 presentación de proyectos con carga horaria no presencial, que los proyectos de postítulo cuya carga horaria no presencial sea igual o superior al 30% de la carga horaria total de su diseño curricular deberán ajustarse a los términos de la Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación y a los plazos que anualmente determine la Comisión Federal de Evaluación;

Que dicha norma asimismo establece que dichos proyectos deberán presentarse para su evaluación directamente en la Comisión Federal de Evaluación;

Que la Resolución N° 205/03 del Consejo Federal de Cultura y Educación, por su parte, modifica la Resolución N° 183/03 y establece en su artículo 5° que a partir de su vigencia, la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las ofertas de educación a distancia, sólo se expedirá sobre carreras que cuenten con la previa aprobación de su plan de estudios por la jurisdicción de origen de la oferta;

Que asimismo consigna que a fin de obtener la correspondiente validez nacional, las presentaciones deberán quedar registradas ante la Comisión Federal de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de este Consejo N° 183/02;

Que la citada Resolución N° 205/03 plantea en el mismo artículo 5° que la institución que presente planes con modalidad a distancia, previo a presentarse ante la Comisión Federal, deberá obtener de la jurisdicción de origen la aprobación de su plan de estudios y que las jurisdicciones no autorizarán a matricular hasta que se concluya el trámite de registro y validez nacional de las ofertas, previsto en la Resolución N° 183/02;

Que en el artículo 6° de la Resolución N° 205/03 del Consejo Federal de Cultura y Educación se establece que para las presentaciones de carreras nuevas es necesaria la intervención de las jurisdicciones pertinentes, las que deberán expedirse respecto del plan de estudios propuesto, y que obtenida la validez nacional la institución estará en condiciones de matricular para esa oferta en un todo de acuerdo con las estipulaciones de la Comisión Federal y demás reglamentación vigente en la materia;

Que la Resolución N° 221/04 del Consejo Federal de Cultura y Educación establece, por su parte, que para el caso de carreras bajo la modalidad a distancia sin plan de estudios aprobado, las jurisdicciones de origen podrán determinar su viabilidad y pertinencia conforme las respectivas normativas locales y disponer expresamente su evaluación por parte de la Comisión Federal, con el único objeto de que al momento de la aprobación de los planes de estudios se cuente con el dictamen previsto por la Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación N° 183/02;

Que resulta indispensable adecuar la normativa jurisdiccional referida a los proyectos de postítulos docentes cuya carga horaria no presencial sea igual o superior al 30% de la carga horaria total de su diseño curricular a lo previsto por las Resoluciones Nros. 205/03 y 221/04 del Consejo Federal de Cultura y Educación;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete;

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 3.580-SED/03 el cual quedará redactado conforme el texto que como Anexo I forma a todos sus efectos parte de la presente resolución.

Artículo 2° - Modifícase el Anexo III de la Resolución N° 3.580-SED/03, el cual quedará redactado conforme el texto que como Anexo II forma a todos sus efectos parte de la presente resolución.

Artículo 3° - Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y de Educación, y a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Educación de Gestión Privada, de Planeamiento, de Coordinación Legal e Institucional y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente.

NOTA: los Anexos que forman parte integrante de la presente pueden ser consultados en la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, Departamento Trámite, Paseo Colón 255, P.B., de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

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MODIFICA
Res. N° 4063-GCABA-SED-05 Modifica Anexo I de la Res. N° 3580-GCABA-SED-03