RESOLUCIÓN 545 2025 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

CREA PROGRAMA - ÓPERA STUDIO DEL TEATRO COLÓN - OSTC -  OBJETIVOS - COORDINACION - VERONICA LOURDES CANGEMI - DESIGNA SEDES - CERRITO 628 - INSTALACIONES DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ARTE -ISA - AVENIDA CORRIENTES 1681 - DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON 

Publicación:

07/05/2025

Sanción:

29/04/2025

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y su Decreto

reglamentario N° 1.342/08, el Expediente Electrónico N° EX-2025-17375682-GCABA-

ISA, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la creación del Programa "Ópera Studio del

Teatro Colón" ("OSTC") que tiene como objetivos principales garantizar la más precisa

y prestigiosa preparación profesional de jóvenes talentos que pretenden dedicarse a

las artes de la Ópera; promover la integración entre la formación presencial y la

experiencia laboral en el campo artístico, así como fomentar la interacción efectiva

entre los distintos perfiles profesionales implicados y desarrollar experiencia escénica

bajo la dirección de artistas de renombre internacional;

Que a su vez, entre sus objetivos secundarios se encuentran impulsar las medidas

pertinentes para que los jóvenes que integrarán el OSTC puedan desenvolverse en un

contexto de crecimiento profesional del más alto nivel, donde desarrollen una vasta

experiencia teatral y puedan alcanzar el mejor rendimiento esperable en un entorno de

excelencia profesional; valorizar, transmitir y difundir la rica tradición operística de

Argentina, fomentar la realización de acciones de intercambio y cooperación entre el

Teatro Colón y distintas entidades internacionales para el desarrollo de actividades de

investigación, capacitación y extensión, vinculadas a la amplia oferta artístico-cultural

promovida por este Coliseo y gestionar apoyos económicos y de infraestructura para la

preparación y formación de jóvenes talentos a través de este Ente Autárquico y de

otras instituciones, locales e internacionales;

Que el referido Programa brindará formación educativa y promoverán oportunidades

profesionales a un máximo de diez (10) y durante un año y medio, los participantes

recibirán un entrenamiento intensivo y personalizado en diversas áreas clave del canto

lírico y la interpretación escénica;

Que el programa combinará clases individuales y grupales, masterclasses, prácticas

en producciones del Teatro Colón, y formación académica de alto nivel, cubriendo la

totalidad de los costos académicos;

Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) se creó el Ente

Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía

funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en

dicha Ley;

Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;

Que el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,

representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este

Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los

habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la

Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que

desarrolla" (inciso b); la de " entender en la planificación, programación y ejecución de

actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y

experimental" (inciso c);

Que el artículo 14, inciso I) de la citada Ley establece como función del Director/a

General "Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de

los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos

humanos, físicos, económicos financieros y patrimoniales";

Que en consonancia con la precitada normativa, con la creación del Programa "Ópera

Studio del Teatro Colón" se propone enriquecer la propuesta cultural del Ente

Autárquico Teatro Colón, así como promover oportunidades profesionales a artistas

jóvenes a través de iniciativas que fomenten el acceso al arte en el marco de las

políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la coordinación del mismo debe ser encomendada a una persona que reúna los

antecedentes y características acordes para lograr el éxito del Programa;

Que la sede del Programa debe contar con la infraestructura necesaria y propicia para

el cumplimiento de sus objetivos;

Que por la presente se designa a la Señora Verónica Lourdes Cangemi DNI N°

17.118.549 como Coordinadora del Programa " Ópera Studio del Teatro Colón", quien

posee la idoneidad para llevar adelante el presente proyecto;

Que asimismo se establece que la Dirección General del Instituto Superior de Arte del

Teatro Colón sea la responsable de gestionar y desarrollar las tareas administrativas

relacionadas con el Programa "Opera Studio del Teatro Colón";

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección General del Instituto

Superior de Arte, la Dirección de Asuntos Legales y la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón;

Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente el dictado del acto

administrativo que apruebe la creación del Programa "Ópera Studio del Teatro Colón".

Por ello, en uso de las facultades conferidas la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la

Ley N° 6.764),

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Crear en la órbita de la Dirección General y Artística, el Programa "Ópera

Studio del Teatro Colón" (OSTC) para enriquecer la propuesta artístico-cultural del

Ente Autárquico Teatro Colón, que constituye uno de los ejes sobre los que esta

Dirección General concibe la gestión integral de este Coliseo.

Artículo 2°.- Establecer como objetivos principales del presente programa: garantizar la

más precisa y prestigiosa preparación profesional de los jóvenes talentos que

pretenden dedicarse a las artes de la ópera; promover la integración entre la formación

presencial y la experiencia laboral en el campo artístico, así como fomentar la

interacción efectiva entre los distintos perfiles profesionales implicados; desarrollar

experiencia escénica bajo la dirección de artistas de renombre internacional; gestionar

apoyos económicos y de infraestructura para la preparación y formación de jóvenes

talentos a través de este Ente Autárquico y de otras instituciones, locales e

internacionales y fomentar la realización de acciones de intercambio y cooperación

entre el Teatro Colón y distintas entidades internacionales para el desarrollo de

actividades de investigación, capacitación y extensión, vinculadas a la amplia oferta

artístico-cultural promovida por este Coliseo.

Artículo 3°.- Establecer como objetivos secundarios del presente programa: impulsar

las medidas pertinentes para que los jóvenes que integrarán el OSTC puedan

desenvolverse en un contexto de crecimiento profesional del más alto nivel, donde

desarrollen una vasta experiencia teatral y puedan alcanzar el mejor rendimiento

esperable en un entorno de excelencia profesional; valorizar, transmitir y difundir la

rica tradición operística de Argentina, fomentar la realización de acciones de

intercambio y cooperación entre el Teatro Colón y distintas entidades internacionales

para el desarrollo de actividades de investigación, capacitación y extensión, vinculadas

a la amplia oferta artístico-cultural promovida por este Coliseo y gestionar apoyos

económicos y de infraestructura para la preparación y formación de jóvenes talentos a

través de este Ente Autárquico y de otras instituciones, locales e internacionales.

Artículo 4°.- Encomendar la coordinación del Programa "Ópera Studio del Teatro

Colón" a la Señora Verónica Lourdes Cangemi DNI N° 17.118.549, toda vez que

posee la idoneidad para llevar a cabo la tarea.

Artículo 5°.- Encomendar al Director General de la Dirección General del Instituto

Superior de Arte del Teatro Colón, el desarrollo y la gestión de las tareas

administrativas relacionadas con el Programa "Ópera Studio del Teatro Colón".

Artículo 6°.- Designar como sedes del Programa Ópera Studio del Teatro Colón" al

inmueble ubicado en Cerrito 628 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las

instalaciones del Instituto Superior de Arte (ISA) ubicado en Avenida Corrientes 1681

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento, comunicación a todas las Direcciones Generales del Teatro

Colón y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal.

Cumplido, archívese. Grieco Martínez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p> Artículo 1° de la Resolucion 545-EATC-25 crea en la órbita de la Dirección General y Artística, el Programa Ópera Studio del Teatro Colón OSTC en el marco del art 3 inc k) Ley 2855 y su Decreto Reglamentario 1342-08.</p>