RESOLUCIÓN 545 2025 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
CREA PROGRAMA - ÓPERA STUDIO DEL TEATRO COLÓN - OSTC - OBJETIVOS - COORDINACION - VERONICA LOURDES CANGEMI - DESIGNA SEDES - CERRITO 628 - INSTALACIONES DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ARTE -ISA - AVENIDA CORRIENTES 1681 - DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Publicación:
07/05/2025
Sanción:
29/04/2025
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y su Decreto
reglamentario N° 1.342/08, el Expediente Electrónico N° EX-2025-17375682-GCABA-
ISA, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la creación del Programa "Ópera Studio del
Teatro Colón" ("OSTC") que tiene como objetivos principales garantizar la más precisa
y prestigiosa preparación profesional de jóvenes talentos que pretenden dedicarse a
las artes de la Ópera; promover la integración entre la formación presencial y la
experiencia laboral en el campo artístico, así como fomentar la interacción efectiva
entre los distintos perfiles profesionales implicados y desarrollar experiencia escénica
bajo la dirección de artistas de renombre internacional;
Que a su vez, entre sus objetivos secundarios se encuentran impulsar las medidas
pertinentes para que los jóvenes que integrarán el OSTC puedan desenvolverse en un
contexto de crecimiento profesional del más alto nivel, donde desarrollen una vasta
experiencia teatral y puedan alcanzar el mejor rendimiento esperable en un entorno de
excelencia profesional; valorizar, transmitir y difundir la rica tradición operística de
Argentina, fomentar la realización de acciones de intercambio y cooperación entre el
Teatro Colón y distintas entidades internacionales para el desarrollo de actividades de
investigación, capacitación y extensión, vinculadas a la amplia oferta artístico-cultural
promovida por este Coliseo y gestionar apoyos económicos y de infraestructura para la
preparación y formación de jóvenes talentos a través de este Ente Autárquico y de
otras instituciones, locales e internacionales;
Que el referido Programa brindará formación educativa y promoverán oportunidades
profesionales a un máximo de diez (10) y durante un año y medio, los participantes
recibirán un entrenamiento intensivo y personalizado en diversas áreas clave del canto
lírico y la interpretación escénica;
Que el programa combinará clases individuales y grupales, masterclasses, prácticas
en producciones del Teatro Colón, y formación académica de alto nivel, cubriendo la
totalidad de los costos académicos;
Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
dicha Ley;
Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este
Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b); la de " entender en la planificación, programación y ejecución de
actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y
experimental" (inciso c);
Que el artículo 14, inciso I) de la citada Ley establece como función del Director/a
General "Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de
los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos
humanos, físicos, económicos financieros y patrimoniales";
Que en consonancia con la precitada normativa, con la creación del Programa "Ópera
Studio del Teatro Colón" se propone enriquecer la propuesta cultural del Ente
Autárquico Teatro Colón, así como promover oportunidades profesionales a artistas
jóvenes a través de iniciativas que fomenten el acceso al arte en el marco de las
políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la coordinación del mismo debe ser encomendada a una persona que reúna los
antecedentes y características acordes para lograr el éxito del Programa;
Que la sede del Programa debe contar con la infraestructura necesaria y propicia para
el cumplimiento de sus objetivos;
Que por la presente se designa a la Señora Verónica Lourdes Cangemi DNI N°
17.118.549 como Coordinadora del Programa " Ópera Studio del Teatro Colón", quien
posee la idoneidad para llevar adelante el presente proyecto;
Que asimismo se establece que la Dirección General del Instituto Superior de Arte del
Teatro Colón sea la responsable de gestionar y desarrollar las tareas administrativas
relacionadas con el Programa "Opera Studio del Teatro Colón";
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección General del Instituto
Superior de Arte, la Dirección de Asuntos Legales y la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón;
Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente el dictado del acto
administrativo que apruebe la creación del Programa "Ópera Studio del Teatro Colón".
Por ello, en uso de las facultades conferidas la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la
Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Crear en la órbita de la Dirección General y Artística, el Programa "Ópera
Studio del Teatro Colón" (OSTC) para enriquecer la propuesta artístico-cultural del
Ente Autárquico Teatro Colón, que constituye uno de los ejes sobre los que esta
Dirección General concibe la gestión integral de este Coliseo.
Artículo 2°.- Establecer como objetivos principales del presente programa: garantizar la
más precisa y prestigiosa preparación profesional de los jóvenes talentos que
pretenden dedicarse a las artes de la ópera; promover la integración entre la formación
presencial y la experiencia laboral en el campo artístico, así como fomentar la
interacción efectiva entre los distintos perfiles profesionales implicados; desarrollar
experiencia escénica bajo la dirección de artistas de renombre internacional; gestionar
apoyos económicos y de infraestructura para la preparación y formación de jóvenes
talentos a través de este Ente Autárquico y de otras instituciones, locales e
internacionales y fomentar la realización de acciones de intercambio y cooperación
entre el Teatro Colón y distintas entidades internacionales para el desarrollo de
actividades de investigación, capacitación y extensión, vinculadas a la amplia oferta
artístico-cultural promovida por este Coliseo.
Artículo 3°.- Establecer como objetivos secundarios del presente programa: impulsar
las medidas pertinentes para que los jóvenes que integrarán el OSTC puedan
desenvolverse en un contexto de crecimiento profesional del más alto nivel, donde
desarrollen una vasta experiencia teatral y puedan alcanzar el mejor rendimiento
esperable en un entorno de excelencia profesional; valorizar, transmitir y difundir la
rica tradición operística de Argentina, fomentar la realización de acciones de
intercambio y cooperación entre el Teatro Colón y distintas entidades internacionales
para el desarrollo de actividades de investigación, capacitación y extensión, vinculadas
a la amplia oferta artístico-cultural promovida por este Coliseo y gestionar apoyos
económicos y de infraestructura para la preparación y formación de jóvenes talentos a
través de este Ente Autárquico y de otras instituciones, locales e internacionales.
Artículo 4°.- Encomendar la coordinación del Programa "Ópera Studio del Teatro
Colón" a la Señora Verónica Lourdes Cangemi DNI N° 17.118.549, toda vez que
posee la idoneidad para llevar a cabo la tarea.
Artículo 5°.- Encomendar al Director General de la Dirección General del Instituto
Superior de Arte del Teatro Colón, el desarrollo y la gestión de las tareas
administrativas relacionadas con el Programa "Ópera Studio del Teatro Colón".
Artículo 6°.- Designar como sedes del Programa Ópera Studio del Teatro Colón" al
inmueble ubicado en Cerrito 628 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las
instalaciones del Instituto Superior de Arte (ISA) ubicado en Avenida Corrientes 1681
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento, comunicación a todas las Direcciones Generales del Teatro
Colón y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal.
Cumplido, archívese. Grieco Martínez