RESOLUCIÓN 479 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA DIGITALIZACIÓN - REGISTROS GENERALES DE CALIFICACIONES - LIBRO MATRIZ -  AÚN EXISTENTES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO -DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIÓN DE ESCUELAS NORMALES SUPERIORES Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO - APRUEBA CRONOGRAMA E INSTRUCCIONES PARA EL RETIRO

Publicación:

21/05/2025

Sanción:

13/05/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las Leyes 3304 y 6684 (textos consolidados por Ley 6764), el Decreto 387/23

y sus modificatorios, las Resoluciones 1602-GCABA-MEDGC/24 y 2713-GCABA-

MEDGC/24, el Expediente Electrónico 15420531-GCABA-SSTEDU/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada Ley le corresponde al Ministerio de Educación

planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que es objetivo primordial del Ministerio de Educación desarrollar acciones que

conlleven al mejoramiento del sistema educativo de la Ciudad y aseguren la

optimización de los procesos para la gestión administrativa y pedagógica de las

instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Subsecretaría Tecnología Educativa, bajo la órbita del Ministerio

de Educación;

Que conforme el mencionado Decreto, entre las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría se encuentran las de "Investigar y promover la incorporación de

tecnologías innovadoras para mejorar la calidad educativa" y "Planificar las acciones

destinadas a la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología

del Ministerio de Educación, en forma conjunta con las áreas competentes";

Que asimismo, la Dirección General Proyectos y Tecnología Educativa dependiente de

la precitada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Relevar

las necesidades y detectar oportunidades de mejora en las diferentes áreas del

Ministerio de Educación";

Que a su vez, la Dirección General Infraestructura y Tecnología Educativa

dependiente de la Subsecretaría Tecnología Educativa, tiene entre sus

responsabilidades "Planificar, adquirir, instalar y prestar asistencia técnica y de

mantenimiento informático y de comunicaciones a las áreas de la jurisdicción según

los estándares de la Agencia de Sistemas de Información";

Que la Ley 3304 (texto consolidado por Ley 6764) creó el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el

fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que dicha Ley fijó como uno de sus objetivos agilizar la gestión de la administración

pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y trámites públicos,

garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, tanto de la

administración como de los administrados;

Que, en relación con la digitalización de los procesos administrativos, la Ley plantea

como objetivo el desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente con el fin de facilitar la gestión, el acceso y la

perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que la Ley contempla la interoperabilidad como un instrumento para implementar el

Gobierno Electrónico, con el objetivo de mejorar los sistemas de información y

comunicación del Gobierno de la Ciudad, evitando duplicaciones e inconsistencias;

Que por Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico Buenos

Aires Aprende, el cual tiene entre sus ejes estratégicos la "Transformación Digital para

el Aprendizaje" con el objetivo de fortalecer las tareas pedagógicas y administrativas

de las escuelas a través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades

que brinda la tecnología;

Que de acuerdo a lo previsto en el referido Plan, a través de la Digitalización y

Simplificación de Procesos se propicia un cambio hacia una cultura escolar digital,

facilitando la transición de una gestión analógica a una digital mediante la

simplificación, digitalización y actualización de la normativa y procesos administrativos

del sistema educativo;

Que mediante la Resolución 2713-GCABA-MEDGC/24, se aprobó la digitalización de

los Registros Generales de Calificaciones (Libro Matriz) de los establecimientos

educativos de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación

Gestión Estatal, de las Direcciones de Escuelas Normales Superiores y Educación

Artística, y de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, correspondientes al período comprendido desde el 1° de

enero del año 1992 hasta el último Libro Matriz en uso a la fecha de entrada en

vigencia de la misma;

Que esta acción se enmarca en el proceso de modernización administrativa del

sistema educativo, alineándose con los objetivos del Plan Estratégico Buenos Aires

Aprende de simplificación y digitalización de los procesos, mejorando el acceso y la

trazabilidad de la información educativa;

Que han tomado intervención en los presentes, en el marco de sus respectivas

competencias las Subsecretarías Tecnología Educativa, Gestión del Aprendizaje,

Planeamiento e Innovación Educativa, y las Direcciones Generales Infraestructura y

Tecnología Educativa, Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente,

Agencia de Habilidades para el Futuro y Educación de Gestión Privada;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la digitalización de los Registros Generales de Calificaciones

(Libro Matriz) aún existentes de los establecimientos educativos de nivel secundario

dependientes de la Dirección General de Educación Gestión Estatal, de las

Direcciones de Escuelas Normales Superiores y Educación Artística, y de la Dirección

General Agencia de Habilidades para el Futuro de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Artículo 2°.- Aprobar la digitalización de los Registros Generales de Calificaciones

(Libro Matriz) correspondientes a los establecimientos educativos supervisados por la

Dirección General Educación de Gestión Privada cuya inscripción en el registro de

establecimientos incorporados a la enseñanza oficial se encuentre cancelada y que se

encuentren en custodia y guarda del Ministerio de Educación.

Artículo 3°.- Establecer que la custodia y guarda de los Libros Matriz retirados para su

digitalización estará de forma exclusiva y excluyente bajo la órbita del Ministerio de

Educación.

Artículo 4°.- Aprobar el Cronograma e instrucciones para el retiro de Registros

Generales de Calificaciones (Libros Matriz) conforme el detalle previsto en el Anexo I

(IF-2025-15803451-GCABA-SSTEDU), que forma parte integrante de la presente

Resolución, que será de aplicación para los establecimientos mencionados en el

artículo 1° y en el artículo 2°.

Artículo 5°.- Establecer que la digitalización aprobada en los artículos 1° y 2° de la

presente Resolución, estará a cargo de la Subsecretaría Tecnología Educativa, quien

tendrá la responsabilidad de dictar los actos y realizar las acciones necesarias para la

adecuada ejecución, control y supervisión de la implementación de los procesos de

digitalización, en pos de una correcta y eficaz implementación.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías Tecnología Educativa y

Gestión del Aprendizaje y las Direcciones Generales Infraestructura y Tecnología

Educativa, Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada y Sistema de

Formación Docente. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7125

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución 479-MEDGC/25 aprueba la digitalización de los Registros Generales de Calificaciones (Libro Matriz) aún existentes de los establecimientos educativos de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación Gestión Estatal, de las Direcciones de Escuelas Normales Superiores y Educación Artística, y de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Resolución 1602-MEDGC/24.</p>