RESOLUCIÓN 479 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA DIGITALIZACIÓN - REGISTROS GENERALES DE CALIFICACIONES - LIBRO MATRIZ - AÚN EXISTENTES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO -DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIÓN DE ESCUELAS NORMALES SUPERIORES Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO - APRUEBA CRONOGRAMA E INSTRUCCIONES PARA EL RETIRO
Publicación:
21/05/2025
Sanción:
13/05/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: Las Leyes 3304 y 6684 (textos consolidados por Ley 6764), el Decreto 387/23
y sus modificatorios, las Resoluciones 1602-GCABA-MEDGC/24 y 2713-GCABA-
MEDGC/24, el Expediente Electrónico 15420531-GCABA-SSTEDU/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley le corresponde al Ministerio de Educación
planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que es objetivo primordial del Ministerio de Educación desarrollar acciones que
conlleven al mejoramiento del sistema educativo de la Ciudad y aseguren la
optimización de los procesos para la gestión administrativa y pedagógica de las
instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a la Subsecretaría Tecnología Educativa, bajo la órbita del Ministerio
de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, entre las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría se encuentran las de "Investigar y promover la incorporación de
tecnologías innovadoras para mejorar la calidad educativa" y "Planificar las acciones
destinadas a la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología
del Ministerio de Educación, en forma conjunta con las áreas competentes";
Que asimismo, la Dirección General Proyectos y Tecnología Educativa dependiente de
la precitada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Relevar
las necesidades y detectar oportunidades de mejora en las diferentes áreas del
Ministerio de Educación";
Que a su vez, la Dirección General Infraestructura y Tecnología Educativa
dependiente de la Subsecretaría Tecnología Educativa, tiene entre sus
responsabilidades "Planificar, adquirir, instalar y prestar asistencia técnica y de
mantenimiento informático y de comunicaciones a las áreas de la jurisdicción según
los estándares de la Agencia de Sistemas de Información";
Que la Ley 3304 (texto consolidado por Ley 6764) creó el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el
fin de encarar un proceso de modernización administrativa;
Que dicha Ley fijó como uno de sus objetivos agilizar la gestión de la administración
pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y trámites públicos,
garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, tanto de la
administración como de los administrados;
Que, en relación con la digitalización de los procesos administrativos, la Ley plantea
como objetivo el desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente con el fin de facilitar la gestión, el acceso y la
perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que la Ley contempla la interoperabilidad como un instrumento para implementar el
Gobierno Electrónico, con el objetivo de mejorar los sistemas de información y
comunicación del Gobierno de la Ciudad, evitando duplicaciones e inconsistencias;
Que por Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico Buenos
Aires Aprende, el cual tiene entre sus ejes estratégicos la "Transformación Digital para
el Aprendizaje" con el objetivo de fortalecer las tareas pedagógicas y administrativas
de las escuelas a través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades
que brinda la tecnología;
Que de acuerdo a lo previsto en el referido Plan, a través de la Digitalización y
Simplificación de Procesos se propicia un cambio hacia una cultura escolar digital,
facilitando la transición de una gestión analógica a una digital mediante la
simplificación, digitalización y actualización de la normativa y procesos administrativos
del sistema educativo;
Que mediante la Resolución 2713-GCABA-MEDGC/24, se aprobó la digitalización de
los Registros Generales de Calificaciones (Libro Matriz) de los establecimientos
educativos de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación
Gestión Estatal, de las Direcciones de Escuelas Normales Superiores y Educación
Artística, y de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondientes al período comprendido desde el 1° de
enero del año 1992 hasta el último Libro Matriz en uso a la fecha de entrada en
vigencia de la misma;
Que esta acción se enmarca en el proceso de modernización administrativa del
sistema educativo, alineándose con los objetivos del Plan Estratégico Buenos Aires
Aprende de simplificación y digitalización de los procesos, mejorando el acceso y la
trazabilidad de la información educativa;
Que han tomado intervención en los presentes, en el marco de sus respectivas
competencias las Subsecretarías Tecnología Educativa, Gestión del Aprendizaje,
Planeamiento e Innovación Educativa, y las Direcciones Generales Infraestructura y
Tecnología Educativa, Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente,
Agencia de Habilidades para el Futuro y Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la digitalización de los Registros Generales de Calificaciones
(Libro Matriz) aún existentes de los establecimientos educativos de nivel secundario
dependientes de la Dirección General de Educación Gestión Estatal, de las
Direcciones de Escuelas Normales Superiores y Educación Artística, y de la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2°.- Aprobar la digitalización de los Registros Generales de Calificaciones
(Libro Matriz) correspondientes a los establecimientos educativos supervisados por la
Dirección General Educación de Gestión Privada cuya inscripción en el registro de
establecimientos incorporados a la enseñanza oficial se encuentre cancelada y que se
encuentren en custodia y guarda del Ministerio de Educación.
Artículo 3°.- Establecer que la custodia y guarda de los Libros Matriz retirados para su
digitalización estará de forma exclusiva y excluyente bajo la órbita del Ministerio de
Educación.
Artículo 4°.- Aprobar el Cronograma e instrucciones para el retiro de Registros
Generales de Calificaciones (Libros Matriz) conforme el detalle previsto en el Anexo I
(IF-2025-15803451-GCABA-SSTEDU), que forma parte integrante de la presente
Resolución, que será de aplicación para los establecimientos mencionados en el
artículo 1° y en el artículo 2°.
Artículo 5°.- Establecer que la digitalización aprobada en los artículos 1° y 2° de la
presente Resolución, estará a cargo de la Subsecretaría Tecnología Educativa, quien
tendrá la responsabilidad de dictar los actos y realizar las acciones necesarias para la
adecuada ejecución, control y supervisión de la implementación de los procesos de
digitalización, en pos de una correcta y eficaz implementación.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las
comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías Tecnología Educativa y
Gestión del Aprendizaje y las Direcciones Generales Infraestructura y Tecnología
Educativa, Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada y Sistema de
Formación Docente. Cumplido, archivar. Miguel