RESOLUCIÓN 483 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - CURSO FORMACIÓN PARA MAESTROS - PROGRAMA API -ALFABETIZACIÓN PARA LA INCLUSIÓN - 1° CICLO - DIRECCIÓN GENERAL ESCUELA DE MAESTROS - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
21/05/2025
Sanción:
13/05/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado
por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 261-GCABA-
MEDGC/25 y 1602-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 14234875-GCABA-
DGESM/25, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispone el artículo 74 de la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias,
les corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar
los lineamientos para la organización y administración del sistema de formación
docente, así como los parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que, en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación, estableciendo entre las responsabilidades
primarias de la Dirección General Escuela de Maestros, dependiente de la
Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa, las de "Proponer y promover
alternativas de capacitación en distintas temáticas docentes", "Planificar, implementar
y monitorear acciones de formación docente continua, proponiendo espacios de
especialización y formación sistemática para los/as docentes y directivos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires" y la de "Contribuir con la Subsecretaría al desarrollo
profesional de los/as docentes, directivos y supervisores, y establecer estrategias de
mejora educativa", entre otras;
Que la Resolución 261-GCABA-MEDGC/25 aprobaron las líneas prioritarias del
Ministerio de Educación, para la valoración de los cursos de capacitación docente
2025-2027;
Que por la Resolución 1602-MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", que tiene como objetivo la mejora de los
aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos/as;
Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/as
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud de aprobación del Curso
"Formación para Maestros de Programa API (Alfabetización para la Inclusión) 1°
Ciclo";
Que las ofertas de la Dirección General Escuela de Maestros se corresponden con las
prioridades de la política educativa del Ministerio de Educación, en tanto abordan el
mejoramiento de las prácticas docentes, toda vez que responden a las demandas de
las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los desafíos de la tarea
docente actual;
Que la Dirección General Escuela de Maestros elevó la oferta del curso mencionado
para su aprobación, informando que su implementación no implica mayor erogación
presupuestaria;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa intervino en el marco de
sus competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó intervención en el marco de sus
competencias.
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar, con carácter de específico, el Curso "Formación para Maestros
de Programa API (Alfabetización para la Inclusión) 1° Ciclo", que dicta la Dirección
General Escuela de Maestros, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo (IF-
2025-14238436-GCABA-DGESM), el que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Determinar que la mencionada instancia de formación deberá
desarrollarse en horario de servicio, con carácter de formación situada.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las
comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, y
Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales Educación de
Gestión Estatal, Carrera Docente y Escuela de Maestros, a la Gerencia Operativa
Clasificación y Disciplina Docente y al Consejo Asesor para la Evaluación de Planes
de Estudio, Postítulos Docentes y Cursos de Capacitación Docente. Cumplido,
archivar. Miguel
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7125