RESOLUCIÓN 486 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS - TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTO DE ORQUESTA - CORNO INGLÉS - AUTORIZA LA IMPLEMENTACIÓN EN LA DIRECCIÓN GENERAL INSTITUTO SUPERIOR DE ARTE DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

21/05/2025

Sanción:

14/05/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las Leyes Nacionales 24521, 26058 y 26206 y sus modificatorias; la

Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06, las Resoluciones del

Consejo Federal de Educación 13/07 y 295/16, las Leyes 33, 2855 y 6684 (textos

consolidados por Ley 6764); el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones

3099-GCABA-MEDGC/21 y su modificatoria 2185-GCABA-MEDGC/24, 251-GCABA-

MEDGC/22, 19022-GCABA-SSPIE/24, 87-GCABA-EATC/25 y su modificatoria 121-

GCABA-EATC/25, el Expediente Electrónico 08580957-GCABA-ISA/25 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional 26206 y sus modificatorias,

establece que la Educación Superior está regulada por la Ley de Educación Superior

24521, la Ley de Educación Técnico Profesional 26058, así como por las disposiciones

de la primera ley mencionada en lo que respecta a los Institutos de Educación

Superior;

Que en este sentido, el artículo 3° de la Ley Nacional 24521, establece que "La

Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional,

humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura

nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y

desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas

responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar

la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la

República y a la vigencia del orden democrático";

Que a su vez la Ley Nacional 26058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación

Técnico Profesional tanto en los niveles secundario y superior no universitario como en

la formación profesional;

Que dicha normativa en su artículo 25 establece que "Las autoridades educativas

jurisdiccionales, sobre la base de los criterios básicos y parámetros mínimos

establecidos (...), formularán sus planes de estudio y establecerán la organización

curricular adecuada para su desarrollo, fijando los requisitos de ingreso, la cantidad de

años horas anuales de cada oferta de educación técnico profesional de nivel medio o

superior no universitario y la carga horaria total de las ofertas de formación

profesional";

Que por su parte la Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06

establece el proceso de homologación y marcos de referencia de títulos y

certificaciones de educación técnico profesional;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 13/07 aprobó el documento

"Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional", mientras que la

Resolución 295/16 del mismo Consejo, aprobó los "Criterios para la organización

institucional y lineamientos para la organización de la oferta formativa para la

educación técnico profesional de nivel superior";

Que, por otro lado, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha ley, correspondiendo al Ministerio de Educación "Diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema

educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social";

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Ministerio de Educación, contemplándose a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro y, bajo su ámbito, a la Dirección Educación Técnica

Superior;

Que la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, tiene entre sus

responsabilidades primarias las de "Diseñar, implementar y evaluar políticas,

programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de

educación técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de

nivel secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de

fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos", así

como "Impulsar el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas

formativas de aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que en el ámbito de la citada Dirección General, funciona la Dirección Educación

Técnica Superior la cual contempla entre sus acciones la de "Evaluar el desarrollo de

las propuestas curriculares de la educación técnica superior en relación con las

necesidades productivas y laborales de la Ciudad";

Que, por su parte, la Ley 2855 (texto consolidado por Ley 6764) creó el Ente

Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura, con la misión de

"...crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -

sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su

tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que dicha ley establece entre las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón las de

"Fomentar y estimular el aprendizaje y práctica de los géneros artísticos de sus

competencias y formar artistas en el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y toda expresión de arte afín a través de su Instituto Superior de Arte", como

también "Entender en la capacitación de oficios de arte vinculados a la producción de

sus espectáculos";

Que en virtud de la Resolución 87-GCABA-EATC/25 y su modificatoria 121-GCABA-

EATC/25, la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro

Colón tiene entre sus responsabilidades las de "Gestionar y promover la formación

artística en materia de artes escénicas, musicales, en ópera, ballet y música

instrumental en el Ente Autárquico Teatro Colón" y "Programar el plan de estudio y la

currícula de las carreras de Danza, Canto Lírico, Academia Orquestal, Preparación

Musical de Ópera, Dirección Escénica de Ópera, Caracterización y otras carreras o

espacios curriculares del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que la Ley 33 (texto consolidado por Ley 6764) dispone que todo nuevo plan de

estudios o cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de

los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel,

modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación

del Ministerio de Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada

caso concreto;

Que mediante la Resolución 3099-GCABA-MEDGC/21 y su modificatoria 2185-

GCABA-MEDGC/24 se creó la "Comisión Evaluadora de la oferta educativa de Nivel

Superior Técnico Profesional, Socio Humanístico y Artístico, y de Formación

Profesional Inicial y Continua", bajo la órbita de la Dirección General Agencia de

Habilidades para el Futuro, para su implementación en ofertas de instituciones

educativas de gestión estatal y de gestión privada estableciendo, además, el

"Procedimiento para la Evaluación de Proyectos";

Que la Resolución 19022-GCABA-SSPIE/24 aprobó los "Lineamientos del circuito de

tramitación de presentaciones ante la `Comisión Evaluadora de la oferta educativa de

Nivel Superior Técnico Profesional, Socio Humanístico y Artístico, y de Formación

Profesional Inicial y Continua'";

Que, a su vez, la Resolución 251-GCABA-MEDGC/22 aprobó la "Estructura del

Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito de la

Formación Profesional Continua para las ofertas educativas de Educación Artística

Específica";

Que en concordancia con la citada normativa, la Dirección General Instituto Superior

de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100),

solicitó la evaluación del Plan de Estudios de la "Tecnicatura Superior en Instrumento

de Orquesta - Corno Inglés", de conformidad con lo previsto en el Anexo I (IF-2025-

10087520-GCABA-ISA);

Que en este marco la Comisión Evaluadora de la oferta educativa de Nivel Superior

Técnico Profesional, Socio Humanístico y Artístico y de Formación Profesional Inicial y

Continua, conforme al procedimiento establecido, se expidió de manera favorable

respecto del Plan de Estudios mencionado;

Que, en esta línea, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

considera oportuna su aprobación;

Que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

informó que el gasto que demande la implementación de la Tecnicatura Superior, será

afrontado con el presupuesto asignado a dicha repartición;

Que, asimismo, dicha Dirección General tendrá a su cargo el inicio del trámite de

validez nacional del título correspondiente al Plan de Estudios, ante la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa de este Ministerio de Educación;

Que por todo lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro tomaron la correspondiente intervención en el

marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudios de la "Tecnicatura Superior en Instrumento de

Orquesta - Corno Inglés", de conformidad con el Anexo I (IF-2025-10087520-GCABA-

ISA), presentado por las autoridades de la Dirección General Instituto Superior de Arte

del Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100), el que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudios aprobado por el artículo

1°, en la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

(CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100), a partir del ciclo lectivo 2025.

Artículo 3°.- Incorporar el título de la Tecnicatura Superior aprobada por el artículo 1°

al "Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito

de la Formación Profesional Continua para las ofertas educativas de Educación

Artística Específica".

Artículo 4°.- Establecer que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro, a través de la Dirección Educación Técnica Superior, y la Dirección General

Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón realizarán el seguimiento

de la implementación del Plan de Estudios aprobado por el artículo 1° de la presente

Resolución.

Artículo 5°.- Establecer que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente

Autárquico Teatro Colón tendrá a su cargo el inicio del trámite de validez nacional del

título de la Tecnicatura Superior aprobada en el artículo 1°, ante la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa de este Ministerio, de acuerdo a los

requerimientos establecidos en la normativa nacional vigente.

Artículo 6°.- Dejar constancia que la titulación del Plan de Estudios aprobado en el

artículo 1° la gestionará la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente

Autárquico Teatro Colón, ante la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones

dependiente de la Dirección General Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa y a las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro,

Asuntos Jurídicos, a la Dirección Educación Técnica Superior, a la Subgerencia

Operativa Títulos y Legalizaciones, a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y

Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente del Ministerio de Educación y a

la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón en el

ámbito del Ministerio de Cultura. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7125

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 3° de la Resolución 486-MEDGC/25 incorpora el título de la Tecnicatura Superior aprobada por el artículo 1°<br />al Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito de la Formación Profesional Continua para las ofertas educativas de Educación Artística Específica en el marco de la Resolución 251-MEDGC/22.</p>