RESOLUCIÓN 5 2025 SUBSECRETARIA DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO
Síntesis:
VIGENCIA MENCION Y REFERENCIA Y NORMATIVA COMPLEMENTARIA - QUEDAN SIN EFECTO - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 117-GCABA-SSDPH - 21 Y SU ANEXO - SELLO VALOR POPULAR - IDENTIFICAR UNIDADES PRODUCTIVAS INSCRIPTAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL - RUPEPYS - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Publicación:
22/05/2025
Sanción:
13/05/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO
VISTO: Las Leyes N° 6.376 y N° 6.684 (textos consolidados Ley N° 6.588), el Decreto
N° 387/23 y sus modificatorios, la Resolución RESOL-2021-117-GCABA-SSDPH, el
Expediente Electrónico N° EX-2021-36341290- -GCABA-SSDPH y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 6.684, en su artículo 25, estableció que el Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat tiene entre sus objetivos "promover la igualdad de
derechos y de oportunidades de todos los habitantes en el marco del respeto por la
diversidad, impulsando el desarrollo social equilibrado en todo el territorio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", así como "diseñar e implementar políticas, planes y
programas que promuevan el ejercicio pleno de la ciudadanía social y económica";
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano; entre cuyas responsabilidades
primarias las que se destacan las de "...Entender en el diseño, implementación y
evaluación de políticas para la promoción de la economía social y popular...", así como
las de "...Asistir al Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat en la implementación de la
Ley N° 6.376 de Promoción de la Economía Social...";
Que mediante Decreto 19/25, se contempla a la Dirección General Economía Social Y
Sociolaboral en la órbita de la citada Subsecretaría, y establece entre sus
responsabilidades primarias las de "Diseñar y desarrollar estrategias de relevamiento,
registro y seguimiento de las unidades productivas de la economía social en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. "Articular acciones de asesoramiento técnico, financiero y
desarrollo de canales de comercialización tendientes a incrementar las capacidades
productivas y la generación de ingresos de unidades productivas de la economía
social" ...
Que mediante Resolución N° 117/21-GCABA-SSDPH se creó el "Sello Valor Popular",
cuyo objetivo era identificar a las unidades productivas inscriptas en el "Registro Único
de Unidades Productivas de la Economía Popular y Social" (RUPEPyS).
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que, de acuerdo a la gestión de gobierno y a la modificación de la estructura orgánico
funcional, la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano entiende conveniente
dejar sin efecto la Resolución N° 117/21-GCABA-SSDPH.
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°. Dejar sin efecto la Resolución N° 117/21-GCABA-SSDPH que crea el
"Sello Valor Popular" así como su anexo I (IF-2021-36824019-GCABA-SSDPH).
Artículo 2°. - Establecer que, a partir de la vigencia del presente, toda mención y/
referencia a "Sello Valor Popular" así como toda normativa complementaria que se
haya dictado en consecuencia, queda sin efecto.
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Dirección General Economía Social y Sociolaboral. Cumplido
Archívese. Reyes