RESOLUCIÓN 527 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN N° 2444-MEDGC/24 - PROGRAMA SECUNDART - SECUNDARIA PARA ADULTOS RELACIONADA AL TRABAJO Y EMPLEO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

22/05/2025

Sanción:

16/05/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las Leyes Nacionales 24521, 26058 y 26206 y sus modificatorias, la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6684 (texto consolidado

por la Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, la Resolución 2444-GCABA-

MEDGC/24, el Expediente Electrónico 38515571-GCABA-DGAHPEF/24, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establece que la Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los

principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la

persona en una sociedad justa y democrática;

Que en igual sentido, el artículo 24 del citado cuerpo normativo, establece que la

Ciudad crea y reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con capacidad de

otorgar títulos académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la vinculación

de la educación con el sistema productivo, capacitando para la inserción y reinserción

laboral y tiende a formar personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta

ante los cambios científicos, tecnológicos y productivos;

Que el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional 26206 y sus modificatorias

establece que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de

cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria, disponiendo

que las autoridades jurisdiccionales competentes, asegurarán el cumplimiento de la

obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de

promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios,

urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad

equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales;

Que la Ley de Educación Técnico Profesional 26058 establece que la formación

profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral

para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como

a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción

social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y

local;

Que por su parte, la Ley 6684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus

funciones por los Ministros, estableciendo entre las responsabilidades del Ministerio de

Educación la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social;

Que en este marco, el Decreto 387/23 y sus modificatorios aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación, a la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro;

Que la citada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias la de

"Diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y ofertas educativas de

aprendizaje permanente, que incluyan las de educación técnico superior, educación no

formal, formación profesional, educación de nivel secundario integrada a la formación

profesional y educación vocacional, a fin de fortalecer las condiciones de

empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos", así como la de "Impulsar el diseño,

la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de aprendizaje

permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que en este contexto, mediante Resolución 2444-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el

Programa "SecundarT" en el ámbito de la Dirección General Agencia de Habilidades

para el Futuro, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2024-39500851-

GCABA-DGAHPEF);

Que el citado Programa tiene como objeto brindar a las personas de veinticinco (25)

años de edad en adelante, que se desempeñan en un sector productivo de la Ciudad,

un nuevo dispositivo de estudios que aborde los contenidos correspondientes al nivel

secundario, con un recorrido educativo flexible y orientado a la formación para el

trabajo y el empleo, haciendo foco en las capacidades y saberes fundamentales para

el desempeño laboral actual;

Que a su vez, aprobó con carácter experimental, para la cohorte 2025, el diseño

curricular "Bachiller con formación para el trabajo sectorial", conforme el Anexo II (IF-

2024-39543858-GCABA-DGAHPEF);

Que en efecto, las personas que culminen esta oferta formativa podrán continuar sus

trayectorias educativas en el nivel superior en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en los términos del artículo 7 de la Ley de Educación Superior 24521,

así como el ingreso a los Centros de Formación Profesional para el cursado de los

trayectos formativos que lo requieran, de acuerdo a lo establecido por la Ley 26058;

Que en este marco, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

consideró necesario efectuar algunas precisiones y modificaciones del Anexo I

oportunamente aprobado por la Resolución 2444-GCABA-MEDGC/24, particularmente

respecto al alcance y la población destinataria del Programa, conforme lo detallado en

el Anexo I (IF-2025-18259622-GCABA-DGAHPEF);

Que en virtud de ello, resulta menester el dictado del acto administrativo que sustituya

el Anexo I (IF-2024-39500851-GCABA-DGAHPEF) de la Resolución 2444-GCABA-

MEDGC/24, por el Anexo I (IF-2025-18259622-GCABA-DGAHPEF);

Que han tomado intervención en el marco de sus competencias la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa y la Dirección General Agencia de Habilidades

para el Futuro;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2024-39500851-GCABA-DGAHPEF) de la

Resolución 2444-GCABA-MEDGC/24 por el Anexo I (IF-2025-18259622-GCABA-

DGAHPEF), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e

Innovación Educativa y a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro.

Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7126-IF-2024-39500851-GCABA-DGAHPEF

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7126-IF-2025-18259622-GCABADGAHPEF

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 527-MEDGC/25 sustituye el Anexo de la Resolución N° 2444-MEDGC/24.</p>