RESOLUCIÓN 19 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

ACTUALIZA - MONTO - SUBSIDIO MENSUAL - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE - PERSONAS CON DISCAPACIDAD - SUMA DE PESOS CIENTO SETENTA MIL - A PARTIR DEL 1° DE ENERO DEL AÑO 2025

Publicación:

27/05/2025

Sanción:

27/02/2025

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: Las Leyes Nros. 447 y 6684, los Decretos 300-AJG/24 y 387-AJG/2023 y sus

modificatorios, las Resoluciones Nro.1447-GCABA-MHYDHGC/16, 52-GCABA-

COPIDIS/16 y 120-GCABA-AVJG/24, el expediente electrónico EX-2025-07279545-

GCABA-COPIDIS y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 447 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó la Comisión para la

Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), cuyas

funciones son entre otras, las de asesorar, supervisar, capacitar y difundir los temas

relacionados con las personas con discapacidad;

Que la Resolución Nro. 1447-GCABA-MHYDHGC/16 creó el Programa de Apoyo para

la Vida Independiente para Personas con Discapacidad (PROAPVI) en el ámbito del

Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que el objetivo primordial del PROAPVI es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en todos los ámbitos de la comunidad;

Que en el artículo 2° de dicha Resolución se facultó a COPIDIS a dictar normas

reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias para la implementación del

PROAVPVI;

Que por la Resolución N° 52-GCABA-COPIDIS/16 se aprobó el Marco General y el

Procedimiento del Programa, estableciendo que COPIDIS otorgará un subsidio a los

beneficiarios del PROAPVI, vinculado a las horas asignadas al Asistente Personal,

encargado de llevar adelante el Plan Individual de Vida Independiente, el que es

trazado por el equipo interdisciplinario y la persona con discapacidad en forma

conjunta;

Que por la Resolución N° 120-GCABA-AVJG/24 se modificó el punto "subsidio" del

Anexo I de la Resolución N° 1447-GCABA-MHYDHGC/16, estableciéndose que a

partir del 1° de enero de 2024, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad (COPIDIS) o el organismo que lo reemplace, tendrá a

su cargo la determinación y actualización del monto del beneficio;

Que por Disposición N° 59-GCABA-COPIDIS/24 se actualizó el monto mensual del

beneficio, llevándolo a pesos ciento sesenta mil ($ 160.000.-);

Que teniendo en cuenta la situación socioeconómica del país, corresponde actualizar

el monto del subsidio mensual a la suma de pesos ciento setenta mil ($ 170.000.-) a

partir del 1° de enero del año 2025;

Que la Ley 6684 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando dentro del área de Vicejefatura de Gobierno, al Organismo fuera de

nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS);

Que el Decreto N° 300-AJG/2024 designó como titular de COPIDIS a Paola Hebe

Jelonche, DNI 22.337.527;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA TITULAR

DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMISIÓN PARA LA PLENA

PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Actualizar el monto del subsidio mensual del Programa de Apoyo para la

Vida Independiente para las Personas con Discapacidad a la suma de pesos ciento

setenta mil ($ 170.000.-) a partir del 1° de enero del año 2025, por las razones

expuestas.

Artículo 2°.- El gasto que demande la ejecución de la presente, será imputado a las

partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2025.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archivar. Jelonche

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 19/COPIDIS/25 actualiza el monto del subsidio mensual del Programa de Apoyo para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad modificando el Anexo I de la Resolución N° 1447-MHYDHGC/16.</p>