RESOLUCIÓN 56 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA - ADDENDA - CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRIPTO CON LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA - SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE SUMA DE DINERO EN CONCEPTO DE VIÁTICOS DEL PERSONAL AFECTADO - GASTOS OPERATIVOS - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL - ELECCIONES - VOTACIÓN
Publicación:
29/05/2025
Sanción:
12/05/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y N° 6.807, los
Decretos N° 401/24 y N° 91/2025, el Expediente N° EX-2025-19019749-GCABA-IGE,
y;
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1° de Ley N° 6031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) se
creó el Instituto de Gestión Electoral, como ente autárquico en el ámbito del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica pública
estatal, autarquía financiera e independencia funcional, conforme a la organización,
misión y competencias determinadas en su artículo 4°;
Que el artículo 2° de la citada Ley, establece que e este Instituto ejerce sus funciones
específicas de modo imparcial y en coordinación con las demás autoridades públicas,
sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se impartan o establezcan
por sujetos ajenos a su estructura, emitiendo decisiones en materia electoral
susceptibles de ser revisadas sólo judicialmente;
Que, en su artículo 4°, se determinan las funciones del Instituto de Gestión Electoral,
encontrándose entre las mismas la de organizar y administrar el proceso electoral
tomando parte en todas las instancias correspondientes, de acuerdo con lo previsto en
la normativa vigente;
Que por su parte, el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
establece en su artículo 165, que el Instituto de Gestión Electoral coordinará con las
distintas áreas competentes la asignación de Fuerzas de Seguridad suficientes para
brindar la protección necesaria para el normal desarrollo de las elecciones;
Que mediante el Decreto N° 401/2024, modificado por el Decreto No 91/2025, el Jefe
de Gobierno adecúa la convocatoria a elecciones generales y convoca al electorado
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que el día 18 de mayo de 2025 se
proceda a la elección de treinta (30) Diputados/as titulares y sus respectivos suplentes
para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud
de lo establecido por la Ley N° 6.807, que dispuso la suspensión del régimen de
elecciones primarias en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2025;
Que en tal entendimiento, este Instituto impulsó la suscripción de un Convenio de
Colaboración con Gendarmería Nacional Argentina, a los efectos de gestionar su
participación en para brindar seguridad interna al acto comicial del próximo 18 de
mayo en esta Ciudad Autónoma, particularmente en lo que respecta a la vigilancia de
los locales donde funcionen las mesas receptoras de votos, de la sede del Tribunal
Electoral y la custodia de urnas y documentación durante su traslado y hasta la
finalización del escrutinio definitivo;
Que la mentada colaboración conjunta quedó formalizada mediante la suscripción del
Convenio de Colaboración de fecha 8 de mayo de 2025, vinculado en autos en el
orden N° 3 (CONVE-2025-19019791-GCABA-IGE);
Que en forma complementaria al mismo, se confeccionó y suscribió una Adenda al
Convenio de Colaboración, que determinó las condiciones para la rendición de los
gastos de parte de la Gendarmería Nacional Argentina, además de la devolución de
los fondos no invertidos, a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que obra en el orden N° 4 (CONVE-2025-19019840-GCABA-IGE);
Que el Convenio de marras, en su cláusula QUINTA establece que "los gastos que
demande la ejecución de las Operaciones de Seguridad desarrolladas por
Gendarmería estarán a cargo del Instituto", encontrándose los mismos detallados
como Anexo I del referido instrumento;
Que asimismo, en la cláusula SEXTA del convenio, se establece la modalidad de la
transferencia de parte de este Instituto, debiendo gestionar la transferencia por el
monto de pesos novecientos quince millones ochocientos sesenta y ocho mil
novecientos noventa y dos con 06/100 ($ 915.868.992,06.-), en concepto de "viáticos
del personal afectado" a la cuenta corriente denominada "GN-4105/375-Cargos al
Personal" N° 0000206674, CBU 0110599520000002066747, del Banco Nación
Argentina (Sucursal N° 599 -Plaza de Mayo-), y del monto de pesos ciento sesenta y
siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos sesenta y ocho
($ 167.494.768.-), en concepto de "gastos operativos" a la cuenta corriente oficial de
Gendarmería Nacional denominada N° 00040000206262, CBU
0110599520000002062622, del Banco Nación Argentina (Sucursal N° 085 -Plaza de
Mayo-);
Que obra en autos el respaldo presupuestario suficiente para cubrir con el gasto en
cuestión (DOCFI-2025-19172795-GCABA-IGE);
Que la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa, en su calidad de servicio
jurídico de este Instituto, tomó intervención y se expidió mediante Informe Jurídico IF-
2025-19177737-GCABA-IGE;
Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo
pertinente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado
según Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Apruebase el Convenio de Colaboración suscripto en fecha 8 de mayo de
2025 entre este Instituto y la Gendarmería Nacional Argentina, junto a su respectiva
Adenda de fecha 9 de mayo de 2025, que como Anexos I (CONVE-2025-19019791-
GCABA-IGE) y II (CONVE-2025-19019840-GCABA-IGE), forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizase la transferencia de pesos novecientos quince millones
ochocientos sesenta y ocho mil novecientos noventa y dos con 06/100
($ 915.868.992,06.-), en concepto de "viáticos del personal afectado", a la cuenta
corriente denominada "GN-4105/375-Cargos al Personal" N° 0000206674, CBU
0110599520000002066747, del Banco Nación Argentina (Sucursal N° 599 -Plaza de
Mayo-), a favor de la Gendarmería Nacional Argentina (CUIT 30-54669426-3), según
lo estipulado en la Cláusula Sexta del Convenio de Colaboración aprobado en el
artículo 1.
Artículo 3°.- Autorizase la transferencia de pesos ciento sesenta y siete millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos sesenta y ocho ($ 167.494.768.-), en
concepto de "gastos operativos", a la cuenta corriente oficial de Gendarmería Nacional
denominada N° 00040000206262, CBU 0110599520000002062622, del Banco Nación
Argentina (Sucursal N° 085 -Plaza de Mayo-), a favor de la Gendarmería Nacional
Argentina (CUIT 30-54669426-3), según lo estipulado en la Cláusula Sexta del
Convenio de Colaboración aprobado en el artículo 1.
Artículo 4°.- Imputese el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias
correspondiente al Ejercicio en vigencia.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Universidad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás
efectos a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. González
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7131 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N ° 7131 ANEXO 2