RESOLUCIÓN 64 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA GASTO - PROVISIÓN DE INSUMOS Y MATERIALES - LOGÍSTICA DEL MATERIAL ELECTORAL - LICICOM S.R.L - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Publicación:
29/05/2025
Sanción:
16/05/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: La Ley N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764), el Decreto N° 433/16
y sus modificatorios, el Expediente N° EX-2025-18994778-GCABA-IGE, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la aprobación del gasto por la
provisión de insumos y materiales para la logística del material electoral, efectuada por
la firma Licicom S.R.L. (CUIT N° 30-71150036-3) y por un monto total de pesos nueve
millones trescientos treinta y ocho mil quinientos sesenta y seis con 10/100
($ 9.338.566,10.-);
Que el Decreto N° 433/GCABA/16 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que el Punto 4 del Anexo I del Decreto N° 433/GCABA/16 faculta a los funcionarios
que allí se indican a aprobar gastos descentralizados operativamente en
Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que el Artículo 3° del Decreto N° 433/GCABA/16 establece el procedimiento a seguir
para este tipo de gastos urgentes;
Que dicho artículo en su Inciso e) contempla lo siguiente: "el funcionario deberá
asegurar en todos los casos que las tramitaciones cuenten con las constancias
correspondientes de saldo disponible en los créditos presupuestarios comprometidos";
Que la Ley N° 6.031 crea el Instituto de Gestión Electoral (IGE) como ente autárquico
en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y le asigna,
entre sus misiones y funciones, la de administrar los procesos electorales de esta
Ciudad Autónoma, velando por el normal desarrollo de las elecciones y coadyuvando
con la promoción y difusión de la cultura política democrática;
Que, en vista a la proximidad de las Elecciones Generales, convocadas para el 18 de
mayo de 2025, y considerando la complejidad de las tareas de logística para el
armado y distribución del material electoral destinado a cada establecimiento afectado
para los comicios, resultó imperioso y urgente contar con los insumos y los materiales
necesarios para su efectiva realización, según lo manifestado por la Gerencia
Operativa de Administración de Procesos Electorales en su Informe IF-2025-
19467995-GCABA-IGE;
Que, en este contexto, se solicitó cotización a la firma LICICOM S.R.L. (CUIT N° 30-
71150036-3), inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores (RIUPP), obteniendo su propuesta económica, la cual resultó
económicamente conveniente y técnicamente viable con los requerimientos de la
Gerencia Operativa de Administración de Procesos Electorales;
Que, la firma LICICOM S.R.L. cumplió en forma satisfactoria con la provisión de los
insumos y materiales oportunamente solicitados por este Instituto, y
consecuentemente presentó los respectivos remitos por dichos bienes, los cuales
obran en la actuación de marra como Remito RM-2025-19243424-GCABA-IGE;
Que, asimismo, se ha agregado la correspondiente Solicitud de Gastos (DOCFI-2025-
19442432-GCABA-IGE) y el respectivo Compromiso Definitivo (DOCFI-2025-
19932302-GCABA-IG) por la suma mencionada en el primer considerando;
Que, encontrándose reunidos los requisitos previstos en los Incisos a), b) c) y e) del
Artículo 3° del Decreto N° 433/GCABA/16, corresponde emitir el acto de aprobación
del gasto de conformidad con la facultad establecida por el Artículo 1° de dicha norma.
Que la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa, en su calidad de servicio
jurídico, tomó intervención según surge del Informe IF-2025-19932612-GCABA-IGE;
Por ello, en uso de las facultades establecidas en el Punto 4 del Anexo I del Decreto
N° 433/16 y la Ley N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Apruébase el gasto por la provisión de insumos y materiales para la
logística del material electoral, efectuada por la firma Licicom S.R.L. (CUIT N° 30-
71150036-3) y por un monto total de pesos nueve millones trescientos treinta y ocho
mil quinientos sesenta y seis con 10/100 ($ 9.338.566,10.-), en virtud de lo establecido
en el Decreto N° 433/GCABA/16.
Artículo 2°.- Imputese la presente erogación a la Partida Presupuestaria
correspondiente al Ejercicio en vigencia.
Artículo 3°.- Comuníquese a las Direcciónes Generales de Contaduría y de Tesorería,
ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y remítase a la Gerencia
Operativa Técnica, Administrativa y Legal del Instituto de Gestión Electoral a sus
efectos. Cumplido, oportunamente archívese. González