DISPOSICIÓN 5 2025 UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
Síntesis:
DEROGA - ARTÍCULO 2° - DISPOSICIÓN 7-UAIPG/24 - APRUEBA - POLÍTICA DE CALIDAD - AUDITORIA INTERNA DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD
Publicación:
13/06/2025
Sanción:
09/06/2025
Organismo:
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
VISTO: la Ley N° 70; el Decreto N° 400/17; el Referencial IRAM-SGCBA N° 15:2019
2° edición; la Circular N° 3-SGCBA/20; las Disposiciones N° 3-UAIPG/20, N° 6-
UAIPG/24 y N° 7-UAIPG/24; y el Expediente N° 23633939-UAIPG/25, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme el artículo N° 122 de la norma arriba citada se estableció que "El titular
de cada jurisdicción o entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, es responsable de la implantación y mantenimiento de un adecuado sistema de
control interno, que incluye instrumentos de control previo y posterior incorporados en:
la estructura organizativa, el plan de organización y los reglamentos y manuales de
procedimiento de cada organismo, que tendrán en cuenta las normas de control
interno que dicte la Sindicatura General; y de la adopción de las medidas necesarias
para su efectivo cumplimiento";
Que por Decreto N° 400/17 y sus modificatorios, se modifica la Estructura Orgánico
Funcional de la Procuración General de la Ciudad;
Que, conforme el artículo 1° que aprueba el Anexo II del citado decreto se
establecieron las Responsabilidades Primarias y Acciones de la Unidad de Auditoría
Interna de la Procuración General de la Ciudad;
Que mediante el Referencial IRAM-SGCBA N° 15:2019 2° edición "Unidades de
Auditoría Interna, Requisitos de Gestión de la Calidad, Seguridad de la Información y
Ambientales" tiene como objeto la implementación de Sistemas de Gestión de la
Calidad en las diferentes Unidades de Auditoría Interna de la Ciudad de Buenos Aires
(UAIs), incorporando requisitos de las normas IRAM-ISO 9001:2015, IRAM-ISO
14001:2015 e IRAM-ISO/IEC 27001:2015, relativos a la calidad, al Ambiente y a la
Seguridad de la Información en cada organismo;
Que por Circular N° 3-SGCBA/20 se estableció que las UAIs deben nombrar
integrantes de calidad, dictar los procedimientos de acuerdo con el Referencial IRAM-
SGCBA N° 15:2019 2° edición y certificar;
Que por Disposición N° 3-UAIPG/20 y su modificatoria N° 6-UAIPG/24, se creó el
Comité de Calidad y se designó al Representante de la Dirección y a su integrante,
pertenecientes a la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General de la
Ciudad;
Que por Disposición N° 7-UAIPG/24 se aprobó la Política de Calidad y los
Procedimientos Principales establecidos dentro del Sistema de Gestión de Calidad de
la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General;
Que el Comité de Calidad realizó una revisión de la Política de Calidad, en
cumplimiento con el Referencial IRAM-SGCBA N° 15:2019 2° edición, la cual dió como
resultado que contempla todos los parámetros necesarios e imprescindibles para esta
Unidad de Auditoría Interna y, a fin de mantener el compromiso asumido por la
superioridad considero necesario revalidarla;
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 2° de la Disposición N° 7-
UAIPG/24 y aprobar la Política de Calidad, en trámite por Expediente N° 23633939-
UAIPG/25.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Deróguese el artículo 2° de la Disposición N° 7-UAIPG/24.
Artículo 2°.- Apruébese la Política de Calidad descripta en el Anexo I (IF-2025-
24257462-UAIPG), que forma parte integrante de la presente norma.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Procuración General de la
Ciudad y al personal dependiente de la Unidad de Auditoría Interna. Cumplido,
archívese. Doti