RESOLUCIÓN 768 2025 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
DESIGNACIONES - INTEGRANTES COMISIÓN LABORAL DE INTERPRETACIÓN - GALLELLI VICENTE Y PASCAL LEANDRO DAMIAN EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES - MALGA HERMINDO JORGE Y MOLINA GAUTO GUSTAVO EZEQUIEL EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -ELABORACION PROPUESTA DE REGLAMENTO - CONCURSO CERRADO E INTERNO - CUBRIR CARGOS VACANTES - DIRECCIÓN GENERAL DE ESCENOTÉCNICA - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
13/06/2025
Sanción:
10/06/2025
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, Las Leyes N° 471 y N° 2.855
(textos consolidados en la Ley N° 6764), el Decreto N° 720/02, y el Expediente
Electrónico N° 19849863-GCABA-DGEEATC-2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad
y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y
organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por
concurso público abierto;
Que así también, el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la
participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la
evaluación de políticas culturales;
Que por su parte, la Ley N°471 dispone en su artículo 2°, que las relaciones de
empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio
por el cual el ingreso al empleo es por concurso público y abierto (artículo 2°, inc. a y
artículo 6°);
Que la citada Ley dispone como principio de la carrera administrativa que el progreso
en la misma se hará a través de mecanismos transparentes de selección y concursos
(artículo 2°, inc. b y artículo 46° inc. b);
Que mediante la Ley N° 2.855, se crea el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito
del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencias determinadas en esa ley;
Que el artículo 26° de la mencionada Ley N° 2.855, dispone que la administración de
los recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus
normas reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que dicha Ley N° 2.855 establece entre las funciones que corresponde a la Dirección
General establecer y administrar la dotación de personal y planificar y ejecutar las
actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Teatro y las
actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales;
Que rigen en la materia las disposiciones del Decreto N°720/02, por el cual se aprobó
el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los
cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de los cuerpos
artísticos;
Que el artículo 16° del citado Decreto, prevé que se integrará una Comisión Laboral de
Interpretación que estará integrada por dos (2) representantes de los trabajadores y
dos (2) representantes por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quienes
deberán concurrir con poderes y representatividad suficiente como así también con la
idoneidad requerida y estará llamada a intervenir para elaborar un reglamento en
materia de ingresos, concursos, cobertura transitoria de vacantes, giras y cualquier
otra cuestión que de común acuerdo se decidiera reglamentar;
Que de tal manera, con el fin de asegurar la idoneidad en los procedimientos de
selección y promoción para el progreso de la carrera administrativa de los agentes a
través de mecanismos idóneos de selección y concursos (inciso b del artículo 2° de la
Ley N° 471), resulta conveniente la integración de dicha Comisión, para que elabore la
propuesta del Reglamento que regirá el Concurso Cerrado e Interno para cubrir los
cargos vacantes en la Dirección General Escenotécnica del Ente Autárquico Teatro
Colón;
Que el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA) ha designado a dos (2) integrantes de la Dirección General Escenotécnica
para integrar dicha comisión, que cumplen con los requisitos previstos en el artículo
16° del Decreto 720/02;
Que así también, corresponde la designación de dos (2) representantes por parte del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855,
Artículo 1°.- Desígnase como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación
prevista en el artículo 16° del Decreto N° 720/02, a los agentes GALLELLI, VICENTE,
DNI N° 14.466.728 y PASCAL, LEANDRO DAMIAN, DNI N° 23.256.542 en
representación de los trabajadores, y a los Sres. MALGA, HERMINDO JORGE, DNI N°
14.515.596 y MOLINA GAUTO, GUSTAVO EZEQUIEL DNI N° 32.981.996, en
representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quienes elaborarán la
propuesta de Reglamento del Concurso Cerrado e Interno para cubrir los cargos
vacantes existentes en la Dirección General de Escenotécnica del Ente Autárquico
Teatro Colón.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para
su conocimiento y demás efectos a la Gerencia Operativa Desarrollo de Recursos
Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal quien deberá
comunicar al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA), a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, y a la
Dirección General Escenotécnica del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido,
archívese. Grieco Martínez