RESOLUCIÓN 1014 2000 SECRETARIA DE SALUD
Síntesis:
CREA LA COMISIÓN DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA Y RESONANCIA MAGNÉTICA NUCLEAR - TCYRMN - DESIGNACIÓN DE MIEMBROS - HOSPITALES DE LA CIUDAD
Publicación:
18/08/2000
Sanción:
05/05/2000
Organismo:
SECRETARIA DE SALUD
Visto la importancia que presenta actualmente para la salud de la población el uso del Diagnóstico por Imágenes; y
CONSIDERANDO:
Que debido a la demanda insatisfecha de estudios diagnósticos por Tomografía Computada y Resonancia Magnética Nuclear, se ha realizado la Licitación N° 10/99 (Expediente N° 49.885 /98), por la Contratación de Servicios de Tomografía Computada y Resonancia Magnética Nuclear,
Que es necesario cumplimentar con los requerimientos del Pliego Licitatorio,
Que por lo expuesto se debe crear la Comisión de Tomografía Computada y Resonancia Magnética Nuclear, integrada por especialistas de establecimientos de salud de la Ciudad de Buenos Aires, para el control y supervisión técnico médico de los términos contractuales,
Por ello,
EL SECRETARIO DE SALUD
Artículo 1° Créase la Comisión de Tomografía Computada y Resonancia Magnética Nuclear ( TC y RMN), de acuerdo con lo establecido en el Art. 2, de las Cláusulas Particulares, del Pliego Licitatorio que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.
Art. 2° La Comisión estará integrada por los siguientes profesionales:
Coordinador: | Dr. Daniel Sanromá | FM N° 267500 | Htal. Durand |
Integrantes: | Dra. Cristina Afione | FM N° 217718 | Htal. Fernández |
Dr. Isaac Aronow | FM N° 196809 | Htal. R Mejía | |
Dr. Alejandro Fainstein Day | FM N° 323651 | Htal. Mª Curie | |
Dr. Héctor Waisbein | FM N° 173580 | Htal. Piñero |
Art. 3° Serán funciones de la Comisión de TC y RMN:
a) La elaboración y actualización permanente de los Protocolos de los Estudios, Normas de Atención y de Calidad de los Servicios; y la Supervisión de los cumplimientos contractuales.
b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud, sobre temas de incumbencia de la especialidad.
c) Aprobación del Plan de Instalación del Equipamiento, Recepción del Equipamiento, Aprobación de la Instalación del Equipamiento; Aprobación de la Empresa de Servicios Transitorios para los casos contemplados en el contrato; Aprobación mensual de los estudios completos realizados.; Aprobación de la acreditación del personal médico y técnico del Servicio; Aprobación del personal Administrativo, Fiscalización General de la Prestación.
d) Serán también funciones o incumbencias de la Comisión de TC y RMN, todas aquellas que, aún cuando no estén expresamente mencionadas, hagan al normal o mejor desarrollo de la Prestación contratada.
Art. 4° Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión podrá conformar subgrupos de trabajo e invitar a profesionales vinculados con la materia de su incumbencia.
Art. 5° Publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en el artículo 2°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las Direcciones de los establecimientos asistenciales, cumplido, archívese.