LEY 1812 2005

Síntesis:

COMPLEJO HABITACIONAL PRESIDENTE ILLIA - PRORROGA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA EDILICIA Y AMBIENTAL - PLAZO UN-1-AÑO  

Publicación:

01/12/2005

Sanción:

13/10/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/11/2005


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Prorrógase la declaración de emergencia edilicia y ambiental al Complejo Habitacional Presidente Illia por el plazo de (1) año a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 2° - Facúltase al Poder Ejecutivo a introducir las modificaciones en el presupuesto en ejercicio a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 625, prorrogada por la Ley N° 920.

Artículo 3° - Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.812 (Expediente N° 76.012/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de octubre de 2005, ha quedado automáticamente promulgada el día 22 de noviembre de 2005.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, a la Secretaría de Seguridad y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1812, prorroga la declaración de emergencia edilicia y ambiental al Complejo Habitacional Presidente Illia, establecida por Ley 625, por el plazo de un (1) año a partir de la promulgación de la presente.</p>