DECRETO 236 2025

Síntesis:

DEROGA DECRETO N° 181/08 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY N° 474 - SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - FACULTADES NORMATIVAS - ACUERDOS DE GESTIÓN - IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES

Publicación:

23/06/2025

Sanción:

19/06/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes 474 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos

181/08, 387/23 y modificatorios, el Expediente EX 2025-23151700-GCABA-DGDM, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 474 creó el "Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre

Mujeres y Varones", con el fin de garantizar a las mujeres el pleno reconocimiento,

goce y ejercicio de sus derechos y garantías, y promover la igualdad real de

oportunidades y de trato entre varones y mujeres, tal como lo establece la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Constitución Nacional y los Tratados

Internacionales suscriptos por nuestro país;

Que el mentado Plan enmarca diversas acciones entre distintas áreas del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fundamentando el diseño, la formulación y la

implementación de políticas públicas inclusivas y equitativas en materia de género e

igualdad de oportunidades;

Que mediante el Decreto 181/08 se instruyó, al entonces Ministerio de Desarrollo

Social, a suscribir anualmente Acuerdos de Gestión con el resto de los Ministerios que

conforman este Poder Ejecutivo, en los que se especifiquen las líneas en materia de

género a desarrollar en cada Área Temática, según los programas planificados para

cada año, acuerdos que deberán ser puestos en conocimiento al Poder Ejecutivo;

Que mediante el mencionado Decreto se encomendó al entonces Ministerio de

Desarrollo Social la creación de un Sistema de Seguimiento y Monitoreo que permita

identificar, corregir y evitar desviaciones de los planes, programas y acciones con

enfoque de género que se desarrollen en las distintas dependencias del Poder

Ejecutivo, así como un Sistema de Evaluación que permita determinar el grado de

cumplimiento de las iniciativas con enfoque de género y su impacto sobre la población

meta;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que mediante Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General de la Mujer dependiente de la Subsecretaría de

Cultura Ciudadana y Responsabilidad Social de la mencionada Vicejefatura;

Que el Decreto precitado establece entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General de la Mujer, las de diseñar e implementar programas y proyectos

tendientes a la igualdad real de oportunidades y de trato entre varones y mujeres, la

promoción y goce de todos los derechos, así como también coordinar y supervisar la

correcta aplicación de la Ley 474;

Que asimismo, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Cultura Ciudadana y Responsabilidad Social se encuentran las de entender en lo

atinente a la promoción de los derechos de las mujeres, la igualdad de oportunidades

de género y la autonomía de la mujer, entre otras;

Que en virtud de las modificaciones en la estructura organizativa de la Vicejefatura de

Gobierno deviene necesario derogar el Decreto 181/08, y designar a la citada

Subsecretaria de Cultura Ciudadana y Responsabilidad Social, o el organismo que en

un futuro la reemplace como autoridad de aplicación de la Ley 474;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto 181/08.

Artículo 2°.- Designar a la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Responsabilidad

Social dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, o el organismo que en un futuro la

reemplace como autoridad de aplicación de la Ley 474.

Artículo 3°.- La autoridad de aplicación dictará las normas complementarias y

operativas que resulten necesarias para la implementación de la Ley 474 y suscribirá

Acuerdos de Gestión con los Ministerios, Secretarías o Subsecretarias que conforman

el Poder Ejecutivo, en los que se especifiquen las líneas de acción en materia de

igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a desarrollar en cada área

temática.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a

los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo, y para su conocimiento

y demás efectos remitir a la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Responsabilidad

Social dependiente de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archivar. MACRI -

Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 del Decreto 236/25 designa a la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Responsabilidad Social dependiente de la Vicejefatura de Gobierno o el organismo que en un futuro la reemplace, como autoridad de aplicación de la Ley 474.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 del Decreto 236/25 deroga el Decreto 181/08.</p>