RESOLUCIÓN 693 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - CONCURSO - DOCENTES DE LA CIUDAD - BASES Y CONDICIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
24/06/2025
Sanción:
19/06/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 (Texto
consolidado Ley 6.764), los Decretos 578/16 y 387/23 y sus modificatorios, la
Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 25183675-GCABA-
SSPIE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley 6.684 (Texto consolidado Ley 6.764) establece que el Jefe de Gobierno es
asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "promover y difundir la investigación y la formación en áreas de
interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplando a las Subsecretarías Planeamiento e Innovación
Educativa y Gestión del Aprendizaje, y a la Dirección General Educación de Gestión
Privada bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene
entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover y supervisar las
políticas educativas optimizando las condiciones pedagógicas de enseñanza y
aprendizaje, con el objetivo de mejorar la calidad educativa;
Que bajo dependencia de la citada Subsecretaría, se encuentra la Dirección General
Educación de Gestión Estatal la cual posee entre sus responsabilidades primarias la
de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos de todas las
áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los
aspectos pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que por su parte, la Dirección General Sistema de Formación Docente, dependiente
de la mencionada Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias la de
coordinar y supervisar la implementación de las políticas y programas educativos
destinados a promover la enseñanza formal y obligatoria a niños, niñas y adolescentes
en los establecimientos educativos de los niveles educativos obligatorios,
dependientes de las Direcciones de Educación Artística y de Escuelas Normales
Superiores, en coordinación con la Dirección General Educación de Gestión Estatal;
Que, conforme el citado Decreto, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias las de diseñar y promover
políticas educativas innovadoras para optimizar las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje y mejorar la calidad educativa, proponer, diseñar y coordinar
los planes estratégicos para la mejora de los aprendizajes y promover su
implementación, planificar, programar y diseñar políticas relacionadas al personal
docente y no docente y supervisar los proyectos de investigación educativa, las
estrategias, métodos y materiales didácticos para la enseñanza de contenidos;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada tiene entre sus
responsabilidades primarias las de administrar, supervisar, coordinar y acompañar el
subsistema de Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las
políticas del Ministerio de Educación;
Que a través del Decreto 578/16 se dispuso que el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,
Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo, aprueban los programas de gestión,
en el marco de sus respectivas competencias, los cuales podrán prever la entrega de
subsidios, becas y premios, dentro de la previsión presupuestaria para el ejercicio;
Que por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta
jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como objetivo la
mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos;
Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/as
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante;
Que en dicho contexto las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e
Innovación Educativa propician la realización del Concurso "Docentes de la Ciudad" a
partir del cual se pretende reconocer el trabajo comprometido de equipos docentes
que mediante proyectos colaborativos, generen mejoras sustanciales en las
trayectorias educativas y los aprendizajes de sus estudiantes;
Que en este sentido, a través del mencionado Concurso "Docentes de la Ciudad",
los/las destinatarios/as del mismo podrán proponer proyectos pedagógicos
innovadores que enriquecen las experiencias educativas, promueven la inclusión y
fortalecen los vínculos entre la escuela y la comunidad;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que
apruebe el Concurso "Docentes de la Ciudad";
Que la medida cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que las Subsecretarías Tecnología Educativa, Planeamiento e Innovación Educativa,
y Gestión del Aprendizaje, y las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal,
y Educación de Gestión Privada, han tomado intervención en el marco de sus
respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de sus facultades,
Artículo 1°.- Aprobar el Concurso "Docentes de la Ciudad" a desarrollarse en el ámbito
del Ministerio de Educación, de conformidad con las Bases y Condiciones establecidas
en el Anexo (IF-2025-25198817-GCABA-SSPIE), el que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
establecido corresponde a la Jurisdicción 55, Unidad Ejecutora 3149, Programa 5,
Actividad 11000, Fuente de Financiamiento 11.
Artículo 3°.- Encomendar a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento
e Innovación Educativa, el dictado de las normas complementarias e instrumentales
necesarias para la implementación del Concurso aprobado por el artículo 1° de la
presente Resolución, así como la realización de todas las acciones organizativas
tendientes a ello.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión Administrativa,
Tecnología Educativa, y Gestión del Aprendizaje, y a las Direcciones Generales
Sistema de Formación Docente, Educación de Gestión Estatal y Educación de Gestión
Privada. Cumplido, archivar. Miguel