DECRETO 247 2025

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE SEGURIDAD - ORGANIGRAMA -OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688 - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - SEGURIDAD - COORDINACIÓN - SUBSECRETARÍA - RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES E INTERNACIONALES EN SEGURIDAD - INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - SEGURIDAD COMUNAL Y ORDEN PÚBLICO - SEGURIDAD EN EVENTOS MASIVOS Y DEPORTIVOS - EMERGENCIAS - GESTIÓN ADMINISTRATIVA - CAPITAL HUMANO -  TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL - COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ALCAIDÍAS - ESTADÍSTICA CRIMINAL Y MAPA DEL DELITO - INVESTIGACIÓN CRIMINAL - ANÁLISIS ESTRATÉGICO - SEGURIDAD CIUDADANA Y ASISTENCIA AL TURISTA - ARTICULACIÓN COMUNAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COMISARÍAS - POLÍTICAS DE GÉNERO EN SEGURIDAD - COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - COORDINACIÓN OPERATIVA - ORDEN PÚBLICO - PROCOM - PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - SEGURIDAD EN EVENTOS PÚBLICOS - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - PLANEAMIENTO DE EMERGENCIAS Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS - DEFENSA CIVIL - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - INFRAESTRUCTURA - LOGÍSTICA Y FLOTA - ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y COMPENSACIONES - GESTIÓN DEL CAPITAL HUMANO - FUERA DE NIVEL - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LEY 5847 -JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUPRIME - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE OBJETIVOS SENSIBLES Y MATERIALES CONTROLADOS

Publicación:

01/07/2025

Sanción:

27/06/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y

modificatorios, y 387/23 y modificatorios, el Expediente EX-2025-25869692-GCABA-

DGTALMSE, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico

creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura

de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la

reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Seguridad;

Que mediante el Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de

Dirección General;

Que por el Decreto 684/09 y modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para la

Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que atento a razones operativas y de acuerdo a la gestión de Gobierno, resulta

necesario modificar la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad;

Que, conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de junio de 2025, la estructura organizativa del

Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo a lo establecido en los Anexos I - Organigrama (IF-2025-26731152-GCABA-

MSEGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones (IF-2025-26731745-

GCABA-MSEGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente

Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- Suprimir la Dirección General de Coordinación de Objetivos Sensibles y

Materiales Controlados de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de Seguridad

del Ministerio de Seguridad.

Artículo 4°.- Modificar la denominación y responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima, que pasará a

denominarse Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Asuntos

Interjurisdiccionales e Internacionales en Seguridad de la Secretaría de Seguridad del

Ministerio de Seguridad.

Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de

Seguridad.

Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Estadística Criminal y Mapa del Delito dependiente de la Subsecretaría de

Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de

Seguridad.

Artículo 7°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Investigación Criminal dependiente de la Subsecretaría de Investigación y Estadística

Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.

Artículo 8°.- Crear la Dirección General Análisis Estratégico dependiente de la

Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad

del Ministerio de Seguridad.

Artículo 9°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de

la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en

virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 10°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 11°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad, el

Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 12°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad.

Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama

ANEXO II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto 247/25 modifica a partir del 1° de junio de 2025, la estructura organizativa de la Ministerio de Seguridad, modificando parcialmente el Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2° suprime la Dirección General de Coordinación de Objetivos Sensibles y Materiales Controlados de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 4° modifica la denominación y responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima, que pasará a denominarse Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Asuntos Interjurisdiccionales e Internacionales en Seguridad de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 5° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Estadística Criminal y Mapa del Delito dependiente de la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 7° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Investigación Criminal dependiente de la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 8° crea la Dirección General Análisis Estratégico dependiente de la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p>