RESOLUCIÓN 889 2005 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Síntesis:
SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN - SE LE DELEGAN LAS FACULTADES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LAS LEYES 1.529, 1.795 Y 1.796
Publicación:
07/12/2005
Sanción:
28/11/2005
Organismo:
SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Visto las Leyes Nros. 1.529, 1.795 y 1.796 y los Decretos Nros. 1.637/05 y 1.638/05, y
CONSIDERANDO:
Que las leyes citadas en el visto declaran la utilidad pública y sujetan a expropiación u ocupación temporaria los bienes pertenecientes a diversas empresas fallidas, con la finalidad de asegurar la continuidad de su actividad productiva, preservando la fuente de trabajo;
Que esta Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable es el órgano de aplicación de la Ley N° 1.529, conforme lo dispuesto en su art. 12, y debe desplegar la actividad necesaria para el cabal cumplimiento de la misma, siendo también la jurisdicción que de conformidad a los Decretos Nros. 1.637/05 y 1.638/05, debe entender en el cumplimiento de las Leyes Nros. 1.795 y 1.796;
Que la voluntad legislativa de asegurar la continuidad de las unidades y organizaciones mencionadas, implica que sus fines deben alcanzarse con la mayor celeridad y unidad de criterios posibles;
Que por lo tanto, resulta conveniente la delegación de toda la actividad a desplegar en la Subsecretaría de Producción dependiente de esta Secretaría;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Delégase en el Subsecretario de Producción todas las actividades necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nros. 1.529, 1.795 y 1.796 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - El Subsecretario de Producción debe imprimir a su gestión un criterio único y centralizado, quedando facultado para, a su vez, delegar determinadas actividades en otros funcionarios de su dependencia.
Artículo 3° - Regístrese, comuníquese a la Subsecretaría de Producción y pase a la Dirección General de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal para la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.