RESOLUCIÓN 883 2005 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Síntesis:

CONVOCA AL CONCURSO PROGRAMA PILOTO APOYO A MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Publicación:

09/12/2005

Sanción:

28/11/2005

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE


Visto el Expediente N° 27.530/05, el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), la Resolución N° 114-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2188), y

CONSIDERANDO:

Que resulta de interés crear el Programa Piloto de Apoyo a Micro y Pequeñas Empresas, conforme la operatoria desplegada por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), donde se establece que, para acceder a un aporte no reembolsable, las micro y pequeñas empresas interesadas deben contar con la asistencia técnica de entidades u organizaciones no gubernamentales que acrediten la experiencia suficiente en el área;

Que atento a la necesidad de contar con medios idóneos de promoción económica a pequeñas empresas, deberá conferirse a este programa el carácter de prueba piloto, a fin de verificar y evaluar sus resultados en la práctica, como base para el diseño de futuros proyectos de apoyo económico desde esta Secretaría;

Que resulta necesario contar con instrumentos legales que permitan prestar asistencia a algunas empresas o emprendimientos afectados por situaciones especiales y/o crisis sectoriales o regionales;

Que a fin de ampliar la base de sustentación respecto de las medidas a adoptar en el futuro, se juzga necesario generar canales de interacción y de cooperación entre las empresas y las asociaciones y entidades no gubernamentales, que sin un fin de lucro colaboren en la promoción y asistencia de micro y pequeñas empresas;

Que, asimismo, resulta necesario fijar las bases y condiciones del concurso, a través del cual se otorgarán los aportes no reembolsables, como así también los criterios de evaluación de los proyectos que aspiren a acceder a los beneficios establecidos en la presente;

Que esta Secretaría cuenta con un instructivo para la presentación de proyectos y una metodología para evaluarlos;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE PRODUCCIÓN, TURISMO

Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

Artículo 1° - Convócase al concurso Programa Piloto Apoyo a Micro y Pequeñas Empresas, en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo de MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222).

Artículo 2° - Considéranse comprendidas en este concurso las micro y pequeñas empresas, nuevas o en marcha, afectadas por situaciones especiales y/o crisis sectoriales o regionales, con características que permitan verificar y evaluar el impacto de este tipo de programas de promoción económica, a fin de que sus resultados sirvan de base a esta Subsecretaría para el diseño de futuros proyectos, tendientes al fomento del crecimiento económico. Dichas empresas deberán poseer domicilio, o realizar parte de la tarea económica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Las empresas que se presenten al concurso deberán contar con la asistencia de alguna de las entidades y/u organizaciones inscriptas en el Registro de Organizaciones y Entidades de Apoyo a PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creado por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222) e implementado por la Resolución N° 114-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2188), quienes serán las responsables de la presentación, tutoría y acompañamiento de los proyectos de las micro y pequeñas empresas.

Artículo 4° - Podrán participar de este concurso las Instituciones sin fines de lucro y/o educativas inscriptas en el Registro de Organizaciones y Entidades de Apoyo a PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Decreto N° 923/05 y la Resolución N° 114-SSPRODU/05, y que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y condiciones de esta convocatoria a concurso, que constan en el Anexo II-Formulario 1 Perfil de la Entidad Concursante.

Artículo 5° - Establécese que cada uno de estos proyectos específicos, deberá contar con la conformidad de la micro o pequeña empresa correspondiente, plasmado en un acta acuerdo rubricada por la mencionada empresa y la entidad asistente, cuyo modelo se presenta en el Anexo III Acta Acuerdo entre Empresa y Entidad.

Artículo 6° - Establécese que las entidades que resulten seleccionadas accederán a un aporte no reembolsable de hasta pesos treinta mil ($ 30.000) destinado a llevar a cabo la propuesta, de acuerdo con las pautas, montos y metodología de desembolso descriptos en el Anexo I Bases y Condiciones y en los términos del Anexo III Acta Acuerdo entre Entidad y la Subsecretaría de Producción.

Artículo 7° - Asígnanse a la Subsecretaría de Producción el carácter de autoridad de aplicación y a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios, dependiente de ella, el de Unidad Ejecutora del presente concurso.

Artículo 8° - Será competencia de la autoridad de aplicación:

a)Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del concurso;

b)Administrar los fondos presupuestarios destinados al programa;

c)Suscribir el acta acuerdo mencionada en el art. 6°;

d)Resolver respecto del incumplimiento sobre el subsidio otorgado y elevar las actuaciones a la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la ejecución total o parcial de las garantías correspondientes;

e)Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.

Artículo 9° - Será competencia de la Unidad Ejecutora:

a)Recibir y registrar los proyectos que se presenten a esta convocatoria, en los términos y alcances establecidos en el Anexo I Bases y Condiciones;

b)Evaluar los proyectos presentados, de acuerdo con la metodología establecida en el Anexo I Bases y Condiciones;

c)Determinar el monto del subsidio y elevar las actuaciones a la autoridad de aplicación para su aprobación;

d)Llevar a cabo el seguimiento y control del cumplimiento de las metas fijadas en cada uno de los proyectos que resulten ganadores del concurso.

Artículo 10 - Apruébanse los Anexos I Bases y Condiciones, II Formularios 1, 2, 3 y 4, III Modelos de Actas Acuerdo, y IV Documentación Requerida, que forman parte de la presente.

Artículo 11 - Asígnase al presente concurso la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), a imputar a la Partida Presupuestaria N° 6566159001405171190. La autoridad de aplicación podrá ampliar dicha suma, en función del crédito presupuestario vigente.

Artículo 12 - Establécese que la presente convocatoria cerrará el 28 de noviembre de 2005. Facúltase a la autoridad de aplicación a prorrogar el plazo de vencimiento del presente concurso, en caso de considerárselo necesario.

Artículo 13 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Producción, a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios y a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Res. 883-SPTYDS-05 Llama al concurso Programa Piloto Apoyo a Micro y Pequeñas Empresas en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo de MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Dec. 923-05</p>
MODIFICADA POR
Res. 243-05 modifica el plazo del art. 12 de la Res. 833-05