RESOLUCIÓN 519 2025 SUBSECRETARIA GESTION Y CONTROL DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

DESIGNA A INTEGRANTES DEL CUERPO DE FISCALIZADORES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS CON RECORRIDO EXCLUSIVO EN EL áMBITO DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

11/07/2025

Sanción:

08/07/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION Y CONTROL DE LA MOVILIDAD


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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VISTO: La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.684 (Texto consolidado según Ley 6.764),

los Decretos 387/23 y 44/25, la Resolución 305/LCABA/24, las Resoluciones

62/SECT/25, 90/SECT/25 y 518/SSGCM/25, el Convenio de Colaboración y Asistencia

Técnica: RL-2024-45794090-DGEGRAL, la Nota: NO-2025-24609918-GCABA-SECT,

el expediente N°: EX-2025-28423433-GCABA-DGCMO, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido por la Ley Nacional 26.740, y el Acta Acuerdo suscripta

el 3 de septiembre de 2024 entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, ratificada por la Resolución 305/LCABA/24, se formalizó la transferencia de

competencias sobre las líneas de colectivos del Grupo Tarifario Distrito Federal, con

recorrido exclusivo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la mentada transferencia, contempla las atribuciones de regulación, planificación,

control y fiscalización del servicio público de transporte automotor de pasajeros con

recorrido exclusivo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en el marco de la implementación de la referida transferencia de competencias,

el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha suscripto una serie de

convenios de colaboración con el Estado Nacional, entre ellos, el Convenio de

Colaboración y Asistencia Técnica, identificado con el N°:RL-2024-45794090-

DGEGRAL, suscripto en fecha 26 de diciembre de 2024, entre la entonces Comisión

Nacional de Regulación del Transporte y la Secretaría de Transporte, dependiente del

Ministerio de Infraestructura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

habiéndose acordado, que se encontraría vigente hasta que la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, dictara toda la normativa específica, y pudiera asumir de manera

completa las competencias de control y fiscalización del Servicio;

Que en este contexto, y con el objeto de garantizar la efectiva implementación del

poder de policía, mediante funciones específicas de contralor y fiscalización, se creó el

Cuerpo de Fiscalizadores del Transporte Automotor de Pasajeros, mediante la

Resolución 62/SECT/25, instruyendolo como cuerpo operativo bajo la órbita de la

Dirección General Control de la Movilidad, dependiente de esta Subsecretaría de

Gestión y Control de la Movilidad;

Que asimismo, mediante Resolución 90/SECT/25, se facultó al mencionado Cuerpo de

Fiscalizadores, para desplegar tareas de fiscalización y control del transporte

automotor de pasajeros en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de

conformidad con la normativa vigente, asignándole funciones tales como: realizar

inspecciones preventivas y periódicas sobre unidades, operadores y servicios, tanto de

manera presencial como a través de medios electrónicos, requerir documentación,

permisos y habilitaciones, verificando su vigencia y adecuación; labrar actas de

infracción, constatar hechos y elevar las actuaciones correspondientes, entre otras;

Que mediante Resolución 518/SSGCM/25, se aprobó el Programa de Capacitación

Integral y su correspondiente Sistema de Evaluación, destinado al Cuerpo de

Fiscalizadores del Transporte Automotor de Pasajeros con recorrido exclusivo en el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, mediante Nota N°:NO-2025-24609918-GCABA-SECT, de fecha 10 de

junio de 2025, se comunicó a la entonces Comisión Nacional de Regulación del

Transporte (CNRT) que, en virtud de que la Secretaría de Transporte, dependiente del

Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha

asumido de manera efectiva e integral las competencias transferidas, corresponde dar

por finalizado el Convenio de Colaboración y Asistencia Técnica, suscripto entre la ex

Comisión Nacional de Regulación del Transporte y la citada Secretaría de Transporte,

con fecha 26 de diciembre de 2024, en virtud de lo previsto en su Cláusula Octava;

Que en este sentido, a efectos de que puedan dar inicio a sus respectivas tareas,

corresponde habilitar a los integrantes del referido Cuerpo de Fiscalizadores, para que

comiencen a desplegar sus funciones, oportunamente establecidas mediante

Resolución 90/SECT/25;

Que al respecto, la Gerencia Operativa Control de la Movilidad, dependiente de la

Dirección General Control de la Movilidad, de esta Subsecretaría de Gestión y Control

de la Movilidad, ha tomado intervención en el marco de sus competencias;

Que por medio de la Ley 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos, al Ministerio de

Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23, modificado en último término por el Decreto 44/25, se

aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad,

como dependiente de esta Secretaría de Transporte, órgano que a su vez es

dependiente del citado Ministerio de Infraestructura;

Que el aludido Decreto, establece entre las responsabilidades primarias asignadas a

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, las de: "Entender en la

fiscalización y control de los parámetros fijados al transporte de pasajeros", "Intervenir

en las sanciones a ser aplicadas a los operadores de los distintos medios de

transporte", y "...Gestionar y controlar el Transporte Colectivo de Pasajeros (...) y todo

Transporte cuya regulación, fiscalización y control corresponda al Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no esté expresamente asignado a otro

organismo";

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que habilite a los

integrantes del Cuerpo de Fiscalizadores del Transporte Automotor de Pasajeros con

recorrido exclusivo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para

desplegar sus funciones, oportunamente establecidas mediante Resolución

90/SECT/25.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO

DE GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Designar como integrantes del Cuerpo de Fiscalizadores del Transporte

Automotor de Pasajeros con recorrido exclusivo en el ámbito de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, creado por el Artículo 1° de la Resolución 62/SECT/25, al personal

indicado en el Anexo (IF-2025-28448482-GCABA-SSGCM), que forma parte integrante

de la presente medida, a fin de que comiencen a desplegar sus funciones,

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

...............................................................................................................................................................................................................................................................

oportunamente establecidas mediante Resolución 90/SECT/25.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar a la Secretaría de Transporte, a la Secretaría de Tránsito, a la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Dirección

General Control de la Movilidad, al Ente Único Regulador De Los Servicios Públicos

De La Ciudad Autónoma De Buenos Aires, y, a las Asociaciones Gremio Empresarias

Representativas del Transporte Automotor de Pasajeros, Cumplido, archivar. Perotti

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