DECRETO 265 2025

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA - DEPORTES -INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SUBSECRETARÍA - COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SUR - GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA - CIUDAD INTELIGENTE - DIRECCIÓN GENERAL - TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - ASUNTOS JURÍDICOS - COORDINACIÓN Y MONITOREO DE GESTIÓN - PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - EVALUACIÓN DEL GASTO - INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUR - INTEGRACIÓN DE PROYECTOS DEL SUR - PROMOCIÓN DEPORTIVA - DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - INFRAESTRUCTURA  - DEPORTE DE ELITE Y ALTO RENDIMIENTO - DESARROLLO DEL DEPORTE MOTOR - GESTIÓN DE PROYECTOS E INFRAESTRUCTURA DEL AUTÓDROMO - CONTROL DE GESTIÓN Y SOPORTE ADMINISTRATIVO - IMPULSO COMERCIAL DEL AUTÓDROMO - EFICIENCIA ADMINISTRATIVA - GESTIÓN DOCUMENTAL -GOBERNANZA DE DATOS - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - CIUDADANÍA DIGITAL - CANALES DIGITALES - SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - FUERA DE NIVEL - ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA CIUDAD - LEY 6724 - UPE - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES GRAN PREMIO CIUDAD DE BUENOS AIRES - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - ASI - LEY 2689 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - TRÁNSITO - TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA - PLANEAMIENTO URBANO - PROYECTOS Y OBRAS - PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIA - GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD - DIRECCIÓN GENERAL - PLANEAMIENTO URBANO - ANTROPOLOGÍA URBANA - ARQUITECTURA - OBRAS - PROYECTOS - GESTIÓN INTEGRAL DEL TRÁNSITO - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - DISEÑO Y PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - SEGURIDAD VIAL - TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS - GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD - CONTROL DE LA MOVILIDAD - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - FUERA DE NIVEL - AUTOPISTAS URBANAS SA - AUSA - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SE - SBASE 

Publicación:

16/07/2025

Sanción:

11/07/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus

modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-28603719-GCABA-

MJGGC, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico

creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura

de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como en la

reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al

Ministerio de Infraestructura;

Que mediante Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la

Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la estructura

de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Infraestructura;

Que conforme lo expresado resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 10 de julio de 2025, la estructura organizativa de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo con los Anexos I - Organigrama (IF-2025-28705040-GCABA-

MJGGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-

2025-28704776-GCABA-MJGGC) los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- Modificar a partir del 10 de julio de 2025, la estructura organizativa del

Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de

acuerdo con los Anexos III - Organigrama (IF-2025-28711463-GCABA-MIGC) y IV -

Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2025-

28711769-GCABA-MIGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 3°.- Modificar la denominación y la dependencia funcional de la Subsecretaría

de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete

de Ministros, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión y Desarrollo

Urbano, y dependerá de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conjuntamente con las

Direcciones Generales Interpretación Urbanística, y Registro de Obras y Catastro que

le dependen.

Artículo 4°.- Suprimir la Secretaría de Desarrollo Urbano dependiente la Jefatura de

Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Crear la Subsecretaría de Planeamiento Urbano dependiente del

Ministerio de Infraestructura.

Artículo 6°.- Modificar la dependencia funcional de las Direcciones Generales

Planeamiento Urbano, Proyectos de Arquitectura, y Antropología Urbana de la

entonces Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las

que pasarán a depender de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano del Ministerio

de Infraestructura, transfiriendo su personal, patrimonio y presupuesto.

Artículo 7°.- Modificar la denominación de la Dirección General de Proyectos de

Arquitectura de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano del Ministerio de

Infraestructura, la que pasará a denominarse Dirección General de Arquitectura.

Artículo 8°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Infraestructura, de

Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 10°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Subsecretaría de

Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Cumplido, archivar. MACRI - Bereciartua - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO I - ORGANIGRAMA (Jefatura de Gabinete de Ministros)

ANEXO II - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS, OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES (Jefatura de Gabinete de Ministros)

ANEXO III - ORGANIGRAMA (Ministerio de Infraestructura)

ANEXO IV - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS, OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES (Ministerio de Infraestructura)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto 265/25 modifica a partir del 10 de julio de 2025, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, modificando parcialmente el Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2° modifica a partir del 10 de julio de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 3° modifica la denominación y la dependencia funcional de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y dependerá de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conjuntamente con las Direcciones Generales Interpretación Urbanística, y Registro de Obras y Catastro que le dependen.</p><p>Artículo 4° suprime la Secretaría de Desarrollo Urbano dependiente la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 5° crear la Subsecretaría de Planeamiento Urbano dependiente del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 6° modifica la dependencia funcional de las Direcciones Generales Planeamiento Urbano, Proyectos de Arquitectura, y Antropología Urbana de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las que pasarán a depender de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano del Ministerio de Infraestructura, transfiriendo su personal, patrimonio y presupuesto.</p><p>Artículo 7° modifica la denominación de la Dirección General de Proyectos de Arquitectura de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano del Ministerio de Infraestructura, la que pasará a denominarse Dirección General de Arquitectura.</p>