RESOLUCIÓN 8 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

APRUEBA - ALTA DEL TRÁMITE - PLAN DE MEDIDAS ALTERNATIVAS PARA LA MITIGACIÓN DE RIESGOS DE INCENDIO - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES (IUT)

Publicación:

23/07/2025

Sanción:

18/07/2025

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: Las Leyes Nros 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y 6.684, los

DecretosNros. 118/22, 387/23, 142/25 y sus modificatorios, la Resolución N° 70-

SECITD/22, la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22, el Expediente 19919172-

GCABA-SSEMERG-2025, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece ala Jefatura de Gabinete de

Ministroscomo Autoridad de Aplicación;

Que el artículo 1° del Decreto 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los

Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para

garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;

Que mediante artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites

(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será

implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o

el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar

los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en

las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital para asegurar su vigencia;

Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada

repartición;

Que, mediante la Resolución 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo del

Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General de

Eficiencia Administrativa, la gestión de todas las acciones necesarias para dar

cumplimiento al ROIUT;

Que en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22 se

aprobó el Anexo "I", estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo

trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)"

Que la misma norma, establece que el área responsable deberá pasar por el control

interno del área competente en la materia, la cual confeccionará un informe con las

recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la incorporación del nuevo

trámite;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires,contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por el Decreto N°387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de: fomentar el diseño ágil de

procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la

gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de

herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el

diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las

distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el

diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de

las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y

tecnológica, procesos y servicios al ciudadano, entre otras;

Que, a su vez, el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades

primarias de la Secretaría de Seguridad,las de:"Entender en el sistema coordenado y

único de emergencias, catástrofes y siniestros"; entre otras;

Que resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente en virtud de lo

dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la RESFC-2022-1-GCABA-SECITD, el cual

dispone que "cumplido el procedimiento, se procederá a la firma conjunta del acto

administrativo entre el área responsable y la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital.";

Por ello, y en uso de las facultades otorgados por Decreto 387/23 y sus modificatorios,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD

Y EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar el Alta del trámite "Plan de medidas alternativas para la mitigación

de riesgos de incendio" en el Inventario Único de Trámites (IUT).

Artículo 2°.- Publicare en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Eficiencia Administrativa a fin de proceder a la

carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) del Alta del Trámite: "Plan de medidas

alternativas para la mitigación de riesgos de incendio". Cumplido, archivar. Piñeiro -

Piola

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 8/SECITD/25 aprueba el Alta del trámite “Plan de medidas alternativas para la mitigación de riesgos de incendio” en el marco de la Resolución 70-SECITD/22.</p>