RESOLUCIÓN 2864 2025 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SUSTITUYE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - PARA LA EMISIÓN DE ÓRDENES Y EJECUCIÓN DE ESTUDIOS DE ALTA COMPLEJIDAD - Y EL ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 1567-SS/02

Publicación:

23/07/2025

Sanción:

18/07/2025

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: las Leyes 153 y 6.684 (Texto Consolidado Ley 6764), el Decreto 387/2023 y

sus modificatorios, las Resoluciones 1567/SS/2002 y su modificatoria

2902/MSGC/2023, el Expediente EX-2025-28672127-GCABA-DGCRFS y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto se propicia la modificación de la

Resolución 1567/SS/2002 modificada por Resolución 2902-MSGC/2023 sobre las

"Normas y Procedimientos Administrativos para la Emisión de Órdenes y Ejecución de

Estudios de Alta Complejidad", cuyo Anexo I establece las "Normas para la evaluación

de pacientes que van a recibir medios de contraste radiológico iodado (MCRI) (Normas

MCRI)" y su Anexo II los formularios de aplicación.

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de las previsiones de la

Ley Básica de Salud 153 (Texto consolidado por Ley 6.764) y su reglamentación, tiene

la obligación de organizar y optimizar el ordenamiento de los servicios de salud, de

manera tal que los usuarios tengan un fácil acceso a los mismos, en un marco de

responsabilidad y seguridad médica.

Que dentro de las consideraciones del esquema de prevención la mentada Resolución

1567/SS/2002 dispone expresamente que "dado el continuo avance de técnicas de

diagnóstico y el incremento de intolerancia a medicamentos y sustancias de

diagnóstico, las normas serán actualizadas cuando sea necesario".

Que en función de ello se reunieron médicos en representación de la Red de

Alergología y de la Red de Diagnóstico por Imágenes dependientes del Ministerio de

Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en tal sentido, mediante nota NO-2025-28612699-GCABA-SSPSGER se indica

que "las reacciones adversas a MCRI no son ocasionadas por un mecanismo de

hipersensibilidad tipo I, es decir que no son verdaderas reacciones alérgicas, así como

no tiene indicación realizar test cutáneos para la prevención de una reacción alérgica

ya que los mismos no predicen una reacción adversa a MCRI, tampoco es válida la

intervención del especialista en Alergia e inmunología para realizar una evaluación de

riesgo para reacciones adversas a los mismos".

Que en consecuencia "el especialista en Alergia e Inmunología solo debería evaluar al

paciente que sea derivado con antecedentes de reacciones de hipersensibilidad tipo

anafilácticas a MCRI y pacientes con antecedentes de ASMA no controlada".

Que la modificación que se propicia aprobar reconoce como fuente la recomendación

profesional y especializada, entendiendo necesario adecuar, optimizar y proveer de

celeridad a los circuitos administrativos utilizados, atento las experiencias adquiridas

en los diferentes Servicios de los efectores públicos.

Que en tal sentido, deviene necesario sustituir los Anexos I y II referidos a las Normas

y Procedimientos Administrativos para la Emisión de Órdenes y Ejecución de Estudios

de Alta Complejidad y sus correspondientes formularios.

Que mediante informe IF-2025-28681435-GCABA-DGCRFS la Directora General de

Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud toma conocimiento y propicia la

modificación solicitada.

Que al respecto ha tomado intervención el Titular de la Subsecretaría de Planificación

Sanitaria y Gestión en Red mediante IF-2025-29272631-GCABA-SSPSGER brindando

su conformidad.

Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 6.684,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir las Normas y Procedimientos Administrativos para la Emisión de

Órdenes y Ejecución de Estudios de Alta Complejidad en el ámbito de los Hospitales

dependientes de este Ministerio de Salud, aprobadas por Resolución 1567-SS/2002 y

sus modificatorias, de acuerdo al Anexo I suscripto como IF-2025-29161730-GCABA-

SSPSGER que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II de la Resolución 1567-SS/2002 conforme el Anexo

suscripto como IF-2025-29174209-GCABA-SSPSGER que forma parte de la presente

Resolución, reemplazando el formulario "Servicio de tomografía computada" por el

formulario identificado como "Solicitud de tomografía / Tomografía computada con

contraste endovenoso" e incorporando los formularios "Reacción adversa al medio de

contraste" y "Consentimiento informado. Estudio radiológico con contraste iodado

endovenoso".

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General de Hospitales para que

por su intermedio se comunique a los Hospitales dependientes de este Ministerio de

Salud. Cumplido, archivar. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7167- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7167- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2864/MSGC/25 sustituye las Normas y Procedimientos Administrativos para la Emisión de Órdenes y Ejecución de Estudios de Alta Complejidad en el ámbito de los Hospitales dependientes de este Ministerio de Salud, aprobadas por Resolución 1567-SS/2002.</p><p>Artículo 2° sustituye el Anexo II de la Resolución 1567-SS/2002, reemplazando el formulario Servicio de tomografía computada por el formulario identificado como Solicitud de tomografía / Tomografía computada con contraste endovenoso e incorporando los formularios “Reacción adversa al medio de contraste” y Consentimiento informado. Estudio radiológico con contraste iodado endovenoso.</p>