RESOLUCIÓN 940 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA IMPORTE - CONCEPTO PAGO DE COMPENSACIONES - SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO A FAVOR DE SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO - MINISTERIO DE EDUCACION - RÉGIMEN ESPECIAL DE BOLETO ESTUDIANTIL - ÁMBITO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUBE ESTUDIANTIL
Publicación:
30/07/2025
Sanción:
24/07/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Reglamentario 50/17, el Convenio Marco de Colaboración registrado bajo RL
14406626-DGEGRAL/17, el Convenio registrado bajo RL 9081966-DGEGRAL/20, el
Expediente Electrónico 19704859-GCABA-SBASE/25, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado actuado, tramita la transferencia relativa al pago de la
compensación tarifaria por la implementación del Régimen Especial de Boleto
Estudiantil en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que conforme lo dispuesto en el Artículo 22, incisos 1° y 4° de la Ley 6684 (texto
consolidado por Ley 6764), el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires tiene entre sus facultades la de "Diseñar, promover, implementar y
evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo
único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social", como también
"Planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires";
Que mediante la Ley 5656 (texto consolidado por Ley 6764) se creó el Régimen
Especial de Boleto Estudiantil para los usuarios de servicios públicos de la Red de
Subterráneos de Buenos Aires, Premetro y de Autotransporte Público de pasajeros de
carácter urbano y suburbano;
Que posteriormente mediante el Decreto Reglamentario 50/17, se designó al Ministerio
de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como autoridad de
aplicación de la Ley 5656 (texto consolidado por Ley 6764). Asimismo, se dispuso que
el Régimen Especial de Boleto Estudiantil se implementará mediante el Sistema Único
de Boleto Electrónico, a través de una tarjeta personal e intransferible, denominada
"SUBE Estudiantil" gestionada ante Nación Servicios S.A; órgano encargado de
organizar, implementar y administrar dicho sistema electrónico;
Que en este contexto, se suscribió en fecha 16 de mayo de 2017, un Convenio Marco
de Colaboración Técnica y Cooperación Institucional entre el Estado Nacional,
representado por la Secretaría General de Transporte del entonces Ministerio de
Transporte de la Nación; el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por
el entonces Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Nación Servicios S.A., Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) y
la Provincia de Buenos Aires, con registro RL 14406626-DGEGRAL/17 de la
Escribanía General de la Ciudad, con el objetivo primordial de aunar esfuerzos y
prestar colaboración mutua a los efectos de garantizar la implementación del Régimen
Especial de Boleto Estudiantil mencionado;
Que en dicho marco, el 14 de febrero de 2020, se suscribió un Convenio Específico de
Pago entre el Ministerio de Educación y la Jefatura de Gabinete de Ministros de la
Ciudad, Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado y Nación Servicios S.A.
registrado en la Escribanía General de la Ciudad bajo el N° RL 9081966-
DGEGRAL/20, con el objeto de estipular los circuitos de pago de los montos
correspondientes al uso del servicio de red de Subterráneos de Buenos Aires y
Premetro por parte de los alumnas/os beneficiarios del Régimen Especial de Boleto
Estudiantil;
Que en virtud de ello, en el mencionado Convenio se estableció que el Ministerio de
Educación de la Ciudad abonará periódicamente a SBASE los montos
correspondientes en concepto de compensación tarifaria según lo que surja en los
reportes mensuales de uso, cuyo cálculo se efectuará en base a las cantidades de
usos en iguales periodos de los años 2015 y 2016 en relación a los descuentos
preexistentes a la Ley 5656 (texto consolidado por Ley 6764), de los cuales SBASE
asumirá el costo y recibirá del Ministerio la diferencia que resulte entre los usos de los
períodos a liquidarse y los usos históricos mencionados, correspondientes a la tarifa
plena y al valor del beneficio que otorgaba SBASE a los alumnos de Nivel Inicial,
Primario y Secundario;
Que a su vez, los pagos mencionados se efectuarán mediante transferencia bancaria
a la cuenta bancaria cuya titularidad corresponda a Subterráneos de Buenos Aires
Sociedad del Estado;
Que la suma a transferir surge de los reportes suministrados oportunamente por
Nación Servicios S.A. en relación a los boletos estudiantiles correspondientes al uso
del aludido beneficio, que se encuentran disponibles en el sitio de intercambio de
archivos provisto por el Ministerio de Transporte de la Nación, conforme lo establecido
en el Anexo del Convenio mencionado;
Que, según los referidos reportes, la suma al periodo comprendido entre los meses
febrero y abril 2025, es de pesos cuatrocientos setenta y cuatro millones seiscientos
sesenta y tres mil doscientos diecisiete con 00/100 ($ 474.663.217,00) a transferir a la
Cuenta Corriente 30215/1 CBU 0290000100000003021514;
Que se ha efectuado la afectación presupuestaria correspondiente;
Que la Subsecretaría Tecnología Educativa ha prestado conformidad con el presente;
Que tomó la debida intervención la Dirección General Asuntos Jurídicos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Aprobar el importe de pesos cuatrocientos setenta y cuatro millones
seiscientos sesenta y tres mil doscientos diecisiete con 00/100 ($ 474.663.217,00) a
favor de SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO, en
concepto de pago de compensaciones del Sistema Único de Boleto Electrónico para el
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Transferir el importe señalado en el Artículo 1° mediante transferencia
bancaria a la Cuenta Corriente 30215/1 CBU 0290000100000003021514 habilitada
para el pago de compensaciones del Sistema Único de Boleto Electrónico.
Artículo 3°.- Determinar que el importe fue imputado a la partida presupuestaria
correspondiente.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección General de Contaduría
General dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas para su liquidación.
Cumplido, archivar. Miguel