RESOLUCIÓN 952 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS - DIPLOMATURA ARTÍSTICA EN DIRECCIÓN ESCÉNICA DE ÓPERA - AUTORIZA IMPLEMENTACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL INSTITUTO SUPERIOR DE ARTE - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2025

Publicación:

01/08/2025

Sanción:

29/07/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las Leyes Nacionales 24521, 26058 y 26206 y sus modificatorias, las

Resoluciones del Consejo Federal de Educación 13/07 y 295/16, las Leyes 33, 2855 y

6684 (textos consolidados por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones 3099-GCABA-MEDGC/21 y su modificatoria 2185-GCABA-MEDGC/24,

251-GCABA-MEDGC/22, 19022-GCABA-SSPIE/24, 87-GCABA-EATC/25 y su

modificatoria 121-GCABA-EATC/25, el Expediente Electrónico 8582998-GCABA-

ISA/25, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional 26206 y sus modificatorias

establece que la educación superior está regulada por la Ley de Educación Superior

24521, la Ley de Educación Técnico Profesional 26058, así como por las disposiciones

de la primera ley mencionada en lo que respecta a los Institutos Educativos de

Formación Técnica Superior;

Que en este sentido, el artículo 3° de la Ley Nacional 24521 establece que "La

Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional,

humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura

nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y

desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas

responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar

la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la

República y a la vigencia del orden democrático";

Que a su vez, la Ley Nacional 26058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación

Técnico Profesional tanto en los niveles secundario y superior como en la formación

profesional;

Que dicha normativa, en su artículo 25 establece que "Las autoridades educativas

jurisdiccionales, sobre la base de los criterios básicos y parámetros mínimos

establecidos (...), formularán sus planes de estudio y establecerán la organización

curricular adecuada para su desarrollo, fijando los requisitos de ingreso, la cantidad de

años horas anuales de cada oferta de educación técnico profesional de nivel medio o

superior no universitario y la carga horaria total de las ofertas de formación

profesional";

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 13/07 aprobó el documento

"Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional", mientras que la

Resolución 295/16 del mismo Consejo aprobó los "Criterios para la organización

institucional y lineamientos para la organización de la oferta formativa para la

educación técnico profesional de nivel superior";

Que por otro lado, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha ley, correspondiendo al Ministerio de Educación "Diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema

educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social";

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación, contemplándose a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro y, bajo su órbita, a la Dirección Educación Técnica

Superior;

Que la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene entre sus

responsabilidades primarias la de "Diseñar, implementar y evaluar políticas, programas

y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de educación

técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de nivel

secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de

fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos", así

como "Impulsar el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas

formativas de aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por su parte, la Dirección Educación Técnica Superior contempla entre sus

acciones la de "Evaluar el desarrollo de las propuestas curriculares de la educación

técnica superior en relación con las necesidades productivas y laborales de la Ciudad";

Que por su parte, la Ley 2855 (texto consolidado por Ley 6764) creó el Ente

Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura, con la misión de

"...crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -

sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su

tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que dicha ley establece que es competencia del Ente Autárquico Teatro Colón

"Fomentar y estimular el aprendizaje y práctica de los géneros artísticos de sus

competencias y formar artistas en el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y toda expresión de arte afín a través de su Instituto Superior de Arte", como

también "Entender en la capacitación de oficios de arte vinculados a la producción de

sus espectáculos";

Que en virtud de la Resolución 87-GCABA-EATC/25 y su modificatoria 121-GCABA-

EATC/25, la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro

Colón tiene entre sus responsabilidades la de "Gestionar y promover la formación

artística en materia de artes escénicas, musicales, en ópera, ballet y música

instrumental en el Ente Autárquico Teatro Colón", como también "Programar el plan de

estudio y la currícula de las carreras de Danza, Canto Lírico, Academia Orquestal,

Preparación Musical de Ópera, Dirección Escénica de Ópera, Caracterización y otras

carreras o espacios curriculares del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que la Ley 33 (texto consolidado por Ley 6764) dispone que todo nuevo plan de

estudios o cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de

los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel,

modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación

del Ministerio de Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada

caso concreto;

Que en este marco, mediante la Resolución 3099-GCABA-MEDGC/21 y su

modificatoria 2185-GCABA-MEDGC/24 -vigentes al momento de realizarse la

evaluación del Plan de Estudio sobre el cual versan las presentes actuaciones-, se

creó la "Comisión Evaluadora de la oferta educativa de nivel superior Técnico

Profesional, Socio-Humanístico y Artístico, y de Formación Profesional Inicial y

Continua" bajo la órbita de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro,

para su implementación en ofertas de instituciones educativas de gestión estatal y de

gestión privada, estableciendo -además- el "Procedimiento para la Evaluación de

Proyectos";

Que a su vez, mediante la Resolución 19022-GCABA-SSPIE/24 -vigente al momento

de realizarse la evaluación del referido Plan de Estudio- se aprobaron los

"Lineamientos del circuito de tramitación de presentaciones ante la 'Comisión

Evaluadora de la oferta educativa de Nivel Superior Técnico Profesional, Socio

Humanístico y Analístico, y de Formación Profesional Inicial y Continua'";

Que finalmente, la Resolución 251-GCABA-MEDGC/22 aprobó la "Estructura del

Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito de la

Formación Continua para las ofertas educativas de Educación Artística Específica";

Que en concordancia con la citada normativa, la Dirección General Instituto Superior

de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100)

presentó y solicitó la evaluación y aprobación del Plan de Estudio de la Diplomatura

Artística en Dirección Escénica de Ópera, de conformidad con lo previsto en el Anexo

(IF-2025-28718341-GCABA-DGAHPEF), para su implementación en la mencionada

Dirección General a partir del ciclo lectivo 2025;

Que en este marco, la entonces Comisión Evaluadora de la oferta educativa de Nivel

Superior Técnico Profesional, Socio Humanístico y Artístico, y de Formación

Profesional Inicial y Continua, conforme al procedimiento establecido en la normativa

vigente al momento de realizar la evaluación, se expidió de manera favorable respecto

del Plan de Estudio de la Diplomatura Artística en Dirección Escénica de Ópera;

Que en esta línea, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

considera oportuna la aprobación del mencionado Plan de Estudio;

Que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

informó que el gasto que demande la implementación de la Diplomatura Artística en

Dirección Escénica de Ópera será afrontado por el presupuesto asignado a dicha

repartición;

Que asimismo, dicha Dirección General tendrá a su cargo el inicio del trámite de

validez nacional del certificado de la Diplomatura Artística en Dirección Escénica de

Ópera ante la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa de este Ministerio

de Educación;

Que por todo lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro tomaron la correspondiente intervención en el

marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudio de la Diplomatura Artística en Dirección

Escénica de Ópera, de conformidad con el Anexo (IF-2025-28718341-GCABA-

DGAHPEF), presentado por las autoridades de la Dirección General Instituto Superior

de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100), el

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo

1° en la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

(CUE 0201151 y CUE Anexo 020115100), a partir del ciclo lectivo 2025.

Artículo 3°.- Incorporar el certificado de la Diplomatura Artística aprobada por el

artículo 1° al "Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y

del ámbito de la Formación Continua para las ofertas educativas de Educación

Artística Específica".

Artículo 4°.- Establecer que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro y la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro

Colón, realizarán el seguimiento de la implementación del Plan de Estudio aprobado

por el artículo 1°.

Artículo 5°.- Establecer que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente

Autárquico Teatro Colón tendrá a su cargo el inicio del trámite de validez nacional del

certificado del Plan de Estudio aprobado por el artículo 1°, ante la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa de este Misterio, de acuerdo a los

requerimientos de la normativa nacional vigente.

Artículo 6°.- Dejar constancia de que la certificación del Plan de Estudio aprobado por

el artículo 1° será gestionada por la Dirección General Instituto Superior de Arte del

Ente Autárquico Teatro Colón ante la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones,

dependiente de la Dirección General Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa, a las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y

Asuntos Jurídicos, a la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones y a la Comisión

Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento

Docente, todas ellas de este Ministerio de Educación, y a la Dirección General Instituto

Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de

Cultura. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7174

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 3° de la Resolución 952-MEDGC/25 incorpora el certificado de la Diplomatura Artística en Dirección Escénica de Ópera, al Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito de la Formación Continua para las ofertas educativas de Educación Artística Específica, aprobado por Resolución 251-MEDGC/22.</p>