RESOLUCIÓN 44 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
APRUEBA - PAGO BENEFICIO ECONÓMICO - PROGRAMA APOYO A LAS INSTITUCIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY NACIONAL 24901 - ORGANISMO FUERA DE NIVEL -COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Publicación:
04/08/2025
Sanción:
24/07/2025
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: Las Leyes N° 447 y N° 6.684 (textos consolidados por Ley N° 6.764); el
Decreto N° 387/23 y modificatorios; las Resoluciones N° 122-GCABA-AVJG/25; N° 31-
GCABA-COPIDIS/25, N° 34-GCABA-COPIDIS/25, N° 35-GCABA-COPIDIS/25, N° 38-
GCABA-COPIDIS/25 y N° 41-GCABA-COPIDIS/25, el Expediente Electrónico N°
25455714-GCABA-COPIDIS/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la
promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,
supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;
Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo
dentro de la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al Organismo Fuera de Nivel
Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad
(COPIDIS);
Que mediante la Resolución N° 122-GCABA-AVJG/25 se creó el Programa "Apoyo a
las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901", con el
objeto de brindar una asistencia económica transitoria y excepcional a Centros de Día,
Centros Educativos Terapéuticos, Hogares y Residencias inscriptos en el Registro
Nacional de Prestadores de la ANDIS;
Que la Resolución N° 31-GCABA-COPIDIS/25 aprobó los lineamientos y
procedimientos para la implementación del beneficio, incorporando como Anexo I el
cronograma y requisitos técnicos correspondientes;
Que, a efectos de brindar la mayor concurrencia posible de adhesión al Programa se
dictó la Resolución N° 34-GCABA-COPIDIS/25, prorrogándose el plazo para que las
instituciones alcanzadas puedan iniciar el trámite de solicitud a través del sistema de
Trámites a Distancia (TAD) hasta el día 6 de junio de 2025 a las 23.59hs.;
Que por Resolución N° 35-GCABA-COPIDIS/25 se amplió el referido plazo hasta el
viernes 13 de junio de 2025 a las 23:59hs;
Que por la Resolución N° 38-GCABA-COPIDIS/25 se prorrogó el plazo para subsanar
observaciones previstas en el mentado trámite, estableciéndose en siete (7) días
hábiles, contados a partir de la notificación correspondiente;
Que, en ese sentido, se han presentado varias instituciones que brindan servicios a las
personas con discapacidad solicitando el otorgamiento del beneficio económico
previsto en el Programa "Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad
Ley Nacional N° 24.901";
Que por Resolución N° 41-GCABA-COPIDIS/25 se aprobó el pago del beneficio
económico del referido Programa a las instituciones detalladas en el Anexo I (IF-2025-
26922478-GCABA-COPIDIS) de la mencionada Resolución y se ordenó el pago de la
primera cuota;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar el pago del beneficio económico del referido
Programa a las instituciones que han subsanado distintos inconvenientes en el trámite
por TAD que se detallan en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS) de la
presente Resolución, que forma parte integrante de la presente Resolución, y ordenar
el pago de la primera cuota;
Que, asimismo, corresponde abonar la segunda y última cuota del programa a las
instituciones incluidas en la mencionada Resolución N° 41-GCABA-COPIDIS/25,
identificadas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-COPIDIS) y que forma parte
integrante de la presente Resolución;
Que, por lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el pago del beneficio económico correspondiente al Programa
"Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901"
a las instituciones detalladas en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS), el
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe de
pesos noventa y siete millones quinientos cuarenta mil quinientos nueve con 00/100 ($
97.540.509,00.-), correspondiente a la primera cuota del beneficio económico de las
instituciones detalladas en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS), en una
orden de pago que deberá ser depositada en la Cuenta N° 20.265/9 del Banco Ciudad
de Buenos Aires, Sucursal N° 52, correspondiente al Organismo Fuera de Nivel la
Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Artículo 3°.- Aprobar el pago de la segunda y última cuota del precitado beneficio
económico a las instituciones detalladas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-
COPIDIS), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 4°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe de
pesos trescientos cincuenta y cuatro millones ciento diecinueve mil dieciocho con
00/100 ($ 354.119.018,00.-), correspondiente a la segunda y última cuota del beneficio
económico, de las entidades detalladas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-
COPIDIS), en una orden de pago que deberá ser depositada en la Cuenta N° 20.265/9
del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 52, correspondiente al Organismo
Fuera de Nivel la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a las
instituciones solicitantes. Comunicar para su conocimiento y demás efectos a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno, a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la
Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección
General de Eficiencia Administrativa dependiente de la Subsecretaría de Innovación
Administrativa de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la Jefatura
de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. Torroba
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7175 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7175 ANEXO 2