RESOLUCIÓN 44 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

APRUEBA - PAGO BENEFICIO ECONÓMICO - PROGRAMA  APOYO A LAS INSTITUCIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY NACIONAL 24901 -  ORGANISMO FUERA DE NIVEL -COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Publicación:

04/08/2025

Sanción:

24/07/2025

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: Las Leyes N° 447 y N° 6.684 (textos consolidados por Ley N° 6.764); el

Decreto N° 387/23 y modificatorios; las Resoluciones N° 122-GCABA-AVJG/25; N° 31-

GCABA-COPIDIS/25, N° 34-GCABA-COPIDIS/25, N° 35-GCABA-COPIDIS/25, N° 38-

GCABA-COPIDIS/25 y N° 41-GCABA-COPIDIS/25, el Expediente Electrónico N°

25455714-GCABA-COPIDIS/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la

promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,

supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo

dentro de la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al Organismo Fuera de Nivel

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad

(COPIDIS);

Que mediante la Resolución N° 122-GCABA-AVJG/25 se creó el Programa "Apoyo a

las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901", con el

objeto de brindar una asistencia económica transitoria y excepcional a Centros de Día,

Centros Educativos Terapéuticos, Hogares y Residencias inscriptos en el Registro

Nacional de Prestadores de la ANDIS;

Que la Resolución N° 31-GCABA-COPIDIS/25 aprobó los lineamientos y

procedimientos para la implementación del beneficio, incorporando como Anexo I el

cronograma y requisitos técnicos correspondientes;

Que, a efectos de brindar la mayor concurrencia posible de adhesión al Programa se

dictó la Resolución N° 34-GCABA-COPIDIS/25, prorrogándose el plazo para que las

instituciones alcanzadas puedan iniciar el trámite de solicitud a través del sistema de

Trámites a Distancia (TAD) hasta el día 6 de junio de 2025 a las 23.59hs.;

Que por Resolución N° 35-GCABA-COPIDIS/25 se amplió el referido plazo hasta el

viernes 13 de junio de 2025 a las 23:59hs;

Que por la Resolución N° 38-GCABA-COPIDIS/25 se prorrogó el plazo para subsanar

observaciones previstas en el mentado trámite, estableciéndose en siete (7) días

hábiles, contados a partir de la notificación correspondiente;

Que, en ese sentido, se han presentado varias instituciones que brindan servicios a las

personas con discapacidad solicitando el otorgamiento del beneficio económico

previsto en el Programa "Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad

Ley Nacional N° 24.901";

Que por Resolución N° 41-GCABA-COPIDIS/25 se aprobó el pago del beneficio

económico del referido Programa a las instituciones detalladas en el Anexo I (IF-2025-

26922478-GCABA-COPIDIS) de la mencionada Resolución y se ordenó el pago de la

primera cuota;

Que, en ese sentido, corresponde aprobar el pago del beneficio económico del referido

Programa a las instituciones que han subsanado distintos inconvenientes en el trámite

por TAD que se detallan en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS) de la

presente Resolución, que forma parte integrante de la presente Resolución, y ordenar

el pago de la primera cuota;

Que, asimismo, corresponde abonar la segunda y última cuota del programa a las

instituciones incluidas en la mencionada Resolución N° 41-GCABA-COPIDIS/25,

identificadas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-COPIDIS) y que forma parte

integrante de la presente Resolución;

Que, por lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el pago del beneficio económico correspondiente al Programa

"Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901"

a las instituciones detalladas en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS), el

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe de

pesos noventa y siete millones quinientos cuarenta mil quinientos nueve con 00/100 ($

97.540.509,00.-), correspondiente a la primera cuota del beneficio económico de las

instituciones detalladas en el ANEXO I (IF-2025-30645837-GCABA-COPIDIS), en una

orden de pago que deberá ser depositada en la Cuenta N° 20.265/9 del Banco Ciudad

de Buenos Aires, Sucursal N° 52, correspondiente al Organismo Fuera de Nivel la

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo 3°.- Aprobar el pago de la segunda y última cuota del precitado beneficio

económico a las instituciones detalladas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-

COPIDIS), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 4°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe de

pesos trescientos cincuenta y cuatro millones ciento diecinueve mil dieciocho con

00/100 ($ 354.119.018,00.-), correspondiente a la segunda y última cuota del beneficio

económico, de las entidades detalladas en el ANEXO II (IF-2025-30646283-GCABA-

COPIDIS), en una orden de pago que deberá ser depositada en la Cuenta N° 20.265/9

del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 52, correspondiente al Organismo

Fuera de Nivel la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a las

instituciones solicitantes. Comunicar para su conocimiento y demás efectos a la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno, a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la

Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección

General de Eficiencia Administrativa dependiente de la Subsecretaría de Innovación

Administrativa de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la Jefatura

de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. Torroba


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7175 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7175 ANEXO 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 44-COPIDIS-25 aprueba el pago del beneficio económico correspondiente al Programa<br />Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901 en el marco de la Resolucion 122-AVJG-25</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 44-COPIDIS-25 aprueba el pago del beneficio económico correspondiente al Programa<br />Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N° 24.901 en el marco de la Resolucion 31-COPIDIS-25</p>