DISPOSICIÓN 2358 2025 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
AUTORIZA EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL 33 SABE LA TIERRA - PLAZA ALBERTI.
Publicación:
11/08/2025
Sanción:
06/08/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
VISTO: Las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y 6.684, los
Decretos Nros. 491/16, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, las Disposiciones Nros. 1.007-
DGFYME/16 y 363-DGFER/19, el Expediente Nro. 32430318-GCABA-DGPF/25, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como
entender en lo relativo al uso del espacio público;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para "Planificar, administrar y supervisar la organización de las Ferias
Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas
competentes en caso de corresponder. Como así también administrar el Registro
Único de Permisionarios, Feriantes y Vendedores." (..);
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) en su artículo 1°
autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial, en los
lugares que determine la autoridad de aplicación;
Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento
la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la Tierra" en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante la Comunicación Oficial N° 32297129-DGPF/25 se informó a la Junta
Comunal N° 13 se informó de los nuevos emplazamientos de la Feria Itinerante de
Abastecimiento Barrial N° 33 "Sabe la Tierra";
Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 11 hs hasta las 19 hs
contemplando el armado desde las 6 hs y el desarmado concluirá a 22 hs;
Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de
calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante informe N° 32300319-DGPF/25 la Gerencia Operativa Mercados
solicita y presta conformidad a autorizar los nuevos emplazamientos de la FIAB N° 33
"Sabe la Tierra" para el sábado 9 de agosto de 2025 en Plaza Alberti.
Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto
152/24,
Artículo 1°.- Autorizar el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial de tipo orgánico o especial N° 33 "Sabe la Tierra" para el sábado 9 de agosto
de 2025 en Plaza Alberti.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore