RESOLUCIÓN 89 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
PRORROGA - PLAZO ESTABLECIDO ARTICULO 4° RESOLUCIÓN 26-IGE-25 CIUDADANOS-AS CON DERECHO A PERCIBIR VIÁTICOS - RECLAMAR SU DEPÓSITO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2025 - VENCIDO PRESCRIBIRA - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL - ELECCIONES GENERALES 18 DE MAYO DE 2025
Publicación:
12/08/2025
Sanción:
01/08/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y N° 6.807, los
Decretos N° 401-GCABA-AJG-2024 y 91-GCABA-AJG-2025, la Resolución N°
26/IGE/2025 y el Expediente Electrónico N° EX-2025-14973305-GCABA-IGE, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral (IGE) como ente autárquico
en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e independencia funcional;
Que dentro de las competencias atribuidas a este Instituto en el artículo 4° de la Ley
N° 6.031 se encuentra la de organizar y administrar el proceso electoral, incluyendo la
designación de las autoridades de mesa y la fijación de las compensaciones y viáticos
que correspondan;
Que mediante la Resolución N° 26/IGE/25 se establecieron las sumas a abonar en
concepto de viáticos y compensaciones a las autoridades de mesa por su participación
en las Elecciones Generales del 18 de mayo de 2025, se determinó que el Tribunal
Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires verifique sobre cada ciudadano/a
designado como autoridad de mesa de electores, el cumplimiento de las funciones
establecidas en el Código Electoral e informe a este Instituto, la nómina de personas
con derecho a percibir las compensaciones establecidas previamente.
Que asimismo, la mentada Resolución en su artículo 4° se estableció que los/las
ciudadanos/as con derecho a percibir los viáticos liquidados en su favor podrán
reclamar el mismo, en el caso que no se hubiere hecho efectivo el depósito, hasta el
día 31 del mes de julio de 2025, vencido dicho plazo prescribirá su derecho a la
percepción de los mismos;
Que, al día de la fecha no se ha podido completar en su totalidad el pago a las
autoridades de mesa que cumplieron sus funciones en los últimos comicios, por lo que
resulta imperioso extender el plazo previsto ut supra para garantizar que todos los
ciudadanos y ciudadanas que efectivamente cumplieron su función puedan percibir la
suma correspondiente;
Que este Instituto considera prioritario reconocer el trabajo de cada ciudadano/a que
haya cumplido funciones como autoridades de mesa en las pasadas Elecciones
Generales del 18 de mayo, y garantizar la efectiva liquidación de los viáticos de
manera integral y completa;
Que, en consecuencia, corresponderá prorrogar el plazo establecido en el artículo 4°
de la Resolución N° 26/IGE/25 hasta el día 30 de septiembre de 2025;
Que, ha tomado conocimiento de las presentes actuaciones la Gerencia Operativa
Legal, Técnica y Administrativa, en el marco de su competencia, según surge del IF-
2025-31826187-GCABA-IGE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado
según Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 4° de la Resolución N°
26/IGE/25, para que los/las ciudadanos/as con derecho a percibir los viáticos puedan
reclamar el mismo, en el caso que no se hubiere hecho efectivo el depósito hasta el 30
de septiembre de 2025, vencido dicho plazo prescribirá su derecho a la percepción de
los mismos.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese al Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,
archivese. González