RESOLUCIÓN 1 2025 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

SUSTITUYE EL ANEXO IX DEL DECRETO 740/07 - REGLAMENTACIÓN - MODIFICACIÓN DEL LISTADO DE LASACTIVIDADES CATALOGADAS COMO POTENCIALMENTE CONTAMINANTES POR RUIDO Y VIBRACIONES - LEY 6676 - CÓDIGO URBANÍSTICO - CONTROL DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA - INSCRIPCIONES - VIGENCIA - PLAZOS

Publicación:

21/08/2025

Sanción:

18/08/2025

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO: La Ley Nacional 25.675, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, las Leyes 123, 1.540, 2.628, 6.099 y sus modificatorias , 6.684 (textos

consolidados por la Ley 6.764) y 6.776, los Decretos 740/07 y su modificatorio 466/22,

85/19 y sus modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 344-GCABA-

APRA/24 y 103-GCABA-APRA/25, la Resolución Conjunta 2-GCABA-APRA/21, el

Expediente Electrónico EX 2025-32153287-GCABA-DGEVA, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la modificación del listado de las

actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones

según la Ley 1.540 y su Decreto Reglamentario 740/07 y la Resolución Conjunta 2-

GCABA-APRA/21 en virtud de las modificaciones al Código Urbanístico introducidas

por la Ley 6.776;

Que la Ley 1.540 de Control de Contaminación Acústica tiene por objeto prevenir,

controlar y corregir la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las

personas, al ambiente y a las edificaciones, protegiéndolos contra ruidos y vibraciones

provenientes de fuentes fijas y móviles, así como regular las actuaciones específicas

en materia de ruido y vibraciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que el artículo 5 de la Ley 1.540 establece que es la Autoridad de Aplicación, "la

dependencia con competencia ambiental del Poder Ejecutivo, la que debe actuar en

forma coordinada con otros organismos o dependencias cuyas competencias tengan

vinculación con la presente Ley";

Que el Decreto N° 740/07, y sus modificatorios, designó como Autoridad de Aplicación

de la Ley 1.540 a la entonces Secretaría de Ambiente o al organismo que en el futuro

la reemplace;

Que asimismo, en el precitado Decreto, se facultó a la Secretaría de Ambiente o la que

en el futuro la reemplace, en coordinación con la Agencia de Protección Ambiental, a

dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias y

a modificar los aspectos técnicos-ambientales previstos en los Anexos aprobados;

Que mediante la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo a la

Subsecretaria de Ambiente y a la Agencia de Protección Ambiental, creada por Ley

2.628, como organismo fuera de nivel de la Subsecretaría de Ambiente de la

Vicejefatura de Gobierno;

Que, en virtud de la sanción de la Ley 6.776, se introdujeron modificaciones al Código

Urbanístico, circunstancia que incidió en la categorización de los usos, rubros y

actividades conforme la Ley 123;

Que, en función de lo antedicho la Resolución 103-GCABA-APRA/25, introdujo

cambios en el "Cuadro de Categorización" de actividades que forman parte del

procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la Ley 123;

Que, en virtud a ello resulta necesario actualizar nuevamente el listado de actividades

catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones según la Ley

1.540 y su Decreto 740/07;

Que conforme lo establecido por el Decreto 740/07 y por la Resolución 344-GCABA-

APRA/24 corresponde la intervención coordinada de la Agencia de Protección

Ambiental y de la Subsecretaría de Ambiente de la Vicejefatura de Gobierno, a los

fines de cumplir con lo dispuesto por la Ley 1.540;

Que, por lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo que sustituya el

Anexo IX "Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y

vibraciones" del Decreto N° 740/07 y sus modificatorios;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de

Gobierno y la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos de la Agencia de Protección

Ambiental, tomaron intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE AMBIENTE Y EL PRESIDENTE

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVEN:

Artículo 1.- Sustituir el Anexo IX (IF-2021-24696922-GCABA-DGEVA) "Actividades

catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones" del Decreto

N° 740/07 por el Anexo (IF-2025-32154737-GCABA-DGEVA), que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución resulta aplicable a todas las solicitudes de inicio

del procedimiento de inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como

Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC), que ocurran con

posterioridad a su entrada en vigencia como así aquellas solicitudes que se

encuentren en curso y que se hayan iniciado conjuntamente con la solicitud de

Certificado de Aptitud Ambiental a partir de la vigencia de la Resolución 103-GCABA-

APRA/25.

Artículo 3°.- Las inscripciones en el Registro de Actividades Catalogadas como

Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC) emitidas con

anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la presente, mantienen el plazo de

vigencia hasta su vencimiento, excepto que se realicen modificaciones que impliquen

tramitar una nueva inscripción ante el mencionado Registro.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la a la Subsecretaria de Gestión y Desarrollo Urbano de Jefatura de Gabinete de

Ministros, a la Subsecretaria de Planeamiento Urbano del Ministerio de Infraestructura,

a la Dirección General Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia

Gubernamental de Control, al Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental (CAPUAM),

a las Direcciones Generales de laAgencia de Protección Ambiental de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Cumplido, archivar. Persini - Morosi


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Resolución 1-SSA-APRA/25 establece que la presente Resolución resulta aplicable a todas las solicitudes de inicio del procedimiento de inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC), que ocurran con posterioridad a su entrada en vigencia como así aquellas solicitudes que se encuentren en curso y que se hayan iniciado conjuntamente con la solicitud de Certificado de Aptitud Ambiental a partir de la vigencia de la Resolución 103-APRA/25.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1-APRA/25 sustituye el Anexo IX (IF-2021-24696922-GCABA-DGEVA) Actividades<br />catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones del Decreto N° 740/07 por el Anexo (IF-2025-32154737-GCABA-DGEVA), que forma parte integrante de la presente Resolución.</p>