RESOLUCIÓN 1 2025 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
SUSTITUYE EL ANEXO IX DEL DECRETO 740/07 - REGLAMENTACIÓN - MODIFICACIÓN DEL LISTADO DE LASACTIVIDADES CATALOGADAS COMO POTENCIALMENTE CONTAMINANTES POR RUIDO Y VIBRACIONES - LEY 6676 - CÓDIGO URBANÍSTICO - CONTROL DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA - INSCRIPCIONES - VIGENCIA - PLAZOS
Publicación:
21/08/2025
Sanción:
18/08/2025
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO: La Ley Nacional 25.675, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las Leyes 123, 1.540, 2.628, 6.099 y sus modificatorias , 6.684 (textos
consolidados por la Ley 6.764) y 6.776, los Decretos 740/07 y su modificatorio 466/22,
85/19 y sus modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 344-GCABA-
APRA/24 y 103-GCABA-APRA/25, la Resolución Conjunta 2-GCABA-APRA/21, el
Expediente Electrónico EX 2025-32153287-GCABA-DGEVA, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la modificación del listado de las
actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones
según la Ley 1.540 y su Decreto Reglamentario 740/07 y la Resolución Conjunta 2-
GCABA-APRA/21 en virtud de las modificaciones al Código Urbanístico introducidas
por la Ley 6.776;
Que la Ley 1.540 de Control de Contaminación Acústica tiene por objeto prevenir,
controlar y corregir la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las
personas, al ambiente y a las edificaciones, protegiéndolos contra ruidos y vibraciones
provenientes de fuentes fijas y móviles, así como regular las actuaciones específicas
en materia de ruido y vibraciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el artículo 5 de la Ley 1.540 establece que es la Autoridad de Aplicación, "la
dependencia con competencia ambiental del Poder Ejecutivo, la que debe actuar en
forma coordinada con otros organismos o dependencias cuyas competencias tengan
vinculación con la presente Ley";
Que el Decreto N° 740/07, y sus modificatorios, designó como Autoridad de Aplicación
de la Ley 1.540 a la entonces Secretaría de Ambiente o al organismo que en el futuro
la reemplace;
Que asimismo, en el precitado Decreto, se facultó a la Secretaría de Ambiente o la que
en el futuro la reemplace, en coordinación con la Agencia de Protección Ambiental, a
dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias y
a modificar los aspectos técnicos-ambientales previstos en los Anexos aprobados;
Que mediante la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo a la
Subsecretaria de Ambiente y a la Agencia de Protección Ambiental, creada por Ley
2.628, como organismo fuera de nivel de la Subsecretaría de Ambiente de la
Vicejefatura de Gobierno;
Que, en virtud de la sanción de la Ley 6.776, se introdujeron modificaciones al Código
Urbanístico, circunstancia que incidió en la categorización de los usos, rubros y
actividades conforme la Ley 123;
Que, en función de lo antedicho la Resolución 103-GCABA-APRA/25, introdujo
cambios en el "Cuadro de Categorización" de actividades que forman parte del
procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la Ley 123;
Que, en virtud a ello resulta necesario actualizar nuevamente el listado de actividades
catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones según la Ley
1.540 y su Decreto 740/07;
Que conforme lo establecido por el Decreto 740/07 y por la Resolución 344-GCABA-
APRA/24 corresponde la intervención coordinada de la Agencia de Protección
Ambiental y de la Subsecretaría de Ambiente de la Vicejefatura de Gobierno, a los
fines de cumplir con lo dispuesto por la Ley 1.540;
Que, por lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo que sustituya el
Anexo IX "Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y
vibraciones" del Decreto N° 740/07 y sus modificatorios;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de
Gobierno y la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos de la Agencia de Protección
Ambiental, tomaron intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,
Artículo 1.- Sustituir el Anexo IX (IF-2021-24696922-GCABA-DGEVA) "Actividades
catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones" del Decreto
N° 740/07 por el Anexo (IF-2025-32154737-GCABA-DGEVA), que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La presente Resolución resulta aplicable a todas las solicitudes de inicio
del procedimiento de inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como
Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC), que ocurran con
posterioridad a su entrada en vigencia como así aquellas solicitudes que se
encuentren en curso y que se hayan iniciado conjuntamente con la solicitud de
Certificado de Aptitud Ambiental a partir de la vigencia de la Resolución 103-GCABA-
APRA/25.
Artículo 3°.- Las inscripciones en el Registro de Actividades Catalogadas como
Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC) emitidas con
anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la presente, mantienen el plazo de
vigencia hasta su vencimiento, excepto que se realicen modificaciones que impliquen
tramitar una nueva inscripción ante el mencionado Registro.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la a la Subsecretaria de Gestión y Desarrollo Urbano de Jefatura de Gabinete de
Ministros, a la Subsecretaria de Planeamiento Urbano del Ministerio de Infraestructura,
a la Dirección General Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia
Gubernamental de Control, al Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental (CAPUAM),
a las Direcciones Generales de laAgencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, archivar. Persini - Morosi