RESOLUCIÓN 970 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN 3621-MEDGC-2023 - ESCUELAS HOSPITALARIAS - MODALIDAD DE EDUCACIÓN ESPECIAL - DOCENTES

Publicación:

26/08/2025

Sanción:

01/08/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto

387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 3621-GCABA-MEDGC/23, 1602-

GCABA-MEDGC/24, 860-GCABA-MEDGC/25, el Expediente Electrónico 31777407-

GCABA-DGEGE/25,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que, asimismo, asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, promueve el más alto nivel

de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que

posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen, en su artículo 4°, la

responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones

locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los

habitantes de la Nación;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre

otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, conforme determina el referido Decreto, la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover,

implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al

desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover y

supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de

enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa, como así también

diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas de educación inclusiva;

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal supervisa y acompaña el

desarrollo de las acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas de gestión

estatal de los niveles inicial, primario y secundario, la modalidad de Educación

Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y la Educación Técnico

Profesional de Nivel Secundario, así como desarrolla instancias de fortalecimiento de

las trayectorias educativas;

Que la Dirección Educación Especial tiene entre sus responsabilidades primarias, la

de promover e implementar políticas y acciones tendientes al desarrollo de la

educación inclusiva, y de supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y

administrativas en las escuelas de la modalidad de educación especial;

Que por su parte, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre

sus responsabilidades primarias la de entender en la administración del personal

docente y no docente del ámbito del Ministerio, en función de las necesidades del

sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que

se presentan en la actualidad;

Que el referido Plan propone como eje central y prioritario, la mejora de los

aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente que promueva

el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se

requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que, entre los principios esenciales que orientan dicho Plan, se prevé el Principio de

Inclusión, a través del cual se busca promover condiciones de equidad de

oportunidades para todos los estudiantes, aumentando su sentido de pertenencia a la

escuela a partir del respeto a su singularidad;

Que en dicho marco, mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se aprobó la

Política de Educación Inclusiva para la educación obligatoria de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires con el objetivo de establecer los criterios sustantivos para llevar

adelante estrategias de profundización de la educación inclusiva, atendiendo las

particularidades de cada nivel, modalidad y sector de gestión, lo que requiere un

abordaje integral;

Que, asimismo, la implementación de esta política requiere revisar y adecuar la

normativa, fortalecer la articulación entre los actores intervinientes, la organización de

los apoyos, y la gestión de la institución en su conjunto, para mejorar las condiciones

de participación y aprendizaje significativo de los estudiantes;

Que mediante la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23 se estableció que todo docente

perteneciente a la planta orgánica funcional de cada establecimiento de la modalidad

de Educación Especial podrá desempeñarse fuera de la institución donde se

encuentra su designación, en tareas de apoyo pedagógico y/o tareas de apoyo a la

inclusión a los grados/secciones/años/centros/establecimientos de Nivel Inicial,

Primario y Secundario, en todas sus modalidades, de conformidad con las pautas y

criterios establecidos en su Anexo I;

Que a la luz de la nueva Política de Educación Inclusiva, resulta necesario adecuar las

regulaciones contempladas en la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23;

Que en virtud de ello, se propicia sustituir el Anexo I (IF-2023-22866432-GCABA-

DGCDO) de la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23 por el Anexo I (IF-2025-

31771379-GCABA-DGEGE);

Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación

Educativa, las Dirección Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de

Formación Docente y Carrera Docente y la Dirección Educación Especial, han tomado

intervención en el marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2023-22866432-GCABA-DGCDO) de la Resolución

3621-GCABA-MEDGC/23, por el Anexo I (IF-2025-31771379-GCABA-DGEGE) el que

a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Encomendar a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento

e Innovación Educativa, el dictado de las normas complementarias necesarias para el

cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a

las Direcciónes Generales Educación Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente,

Carrera Docente y Dirección Educación Especial. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7190

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 970/MEDGC/2025 sustituye el Anexo I de la Resolución 3621/MEDGC/2023.</p>