RESOLUCIÓN 970 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN 3621-MEDGC-2023 - ESCUELAS HOSPITALARIAS - MODALIDAD DE EDUCACIÓN ESPECIAL - DOCENTES
Publicación:
26/08/2025
Sanción:
01/08/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto
387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 3621-GCABA-MEDGC/23, 1602-
GCABA-MEDGC/24, 860-GCABA-MEDGC/25, el Expediente Electrónico 31777407-
GCABA-DGEGE/25,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que, asimismo, asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, promueve el más alto nivel
de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que
posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen, en su artículo 4°, la
responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones
locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre
otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose al Ministerio de Educación;
Que, conforme determina el referido Decreto, la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover,
implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al
desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover y
supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa, como así también
diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas de educación inclusiva;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal supervisa y acompaña el
desarrollo de las acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas de gestión
estatal de los niveles inicial, primario y secundario, la modalidad de Educación
Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y la Educación Técnico
Profesional de Nivel Secundario, así como desarrolla instancias de fortalecimiento de
las trayectorias educativas;
Que la Dirección Educación Especial tiene entre sus responsabilidades primarias, la
de promover e implementar políticas y acciones tendientes al desarrollo de la
educación inclusiva, y de supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y
administrativas en las escuelas de la modalidad de educación especial;
Que por su parte, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre
sus responsabilidades primarias la de entender en la administración del personal
docente y no docente del ámbito del Ministerio, en función de las necesidades del
sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que
se presentan en la actualidad;
Que el referido Plan propone como eje central y prioritario, la mejora de los
aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente que promueva
el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se
requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que, entre los principios esenciales que orientan dicho Plan, se prevé el Principio de
Inclusión, a través del cual se busca promover condiciones de equidad de
oportunidades para todos los estudiantes, aumentando su sentido de pertenencia a la
escuela a partir del respeto a su singularidad;
Que en dicho marco, mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se aprobó la
Política de Educación Inclusiva para la educación obligatoria de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires con el objetivo de establecer los criterios sustantivos para llevar
adelante estrategias de profundización de la educación inclusiva, atendiendo las
particularidades de cada nivel, modalidad y sector de gestión, lo que requiere un
abordaje integral;
Que, asimismo, la implementación de esta política requiere revisar y adecuar la
normativa, fortalecer la articulación entre los actores intervinientes, la organización de
los apoyos, y la gestión de la institución en su conjunto, para mejorar las condiciones
de participación y aprendizaje significativo de los estudiantes;
Que mediante la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23 se estableció que todo docente
perteneciente a la planta orgánica funcional de cada establecimiento de la modalidad
de Educación Especial podrá desempeñarse fuera de la institución donde se
encuentra su designación, en tareas de apoyo pedagógico y/o tareas de apoyo a la
inclusión a los grados/secciones/años/centros/establecimientos de Nivel Inicial,
Primario y Secundario, en todas sus modalidades, de conformidad con las pautas y
criterios establecidos en su Anexo I;
Que a la luz de la nueva Política de Educación Inclusiva, resulta necesario adecuar las
regulaciones contempladas en la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23;
Que en virtud de ello, se propicia sustituir el Anexo I (IF-2023-22866432-GCABA-
DGCDO) de la Resolución 3621-GCABA-MEDGC/23 por el Anexo I (IF-2025-
31771379-GCABA-DGEGE);
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación
Educativa, las Dirección Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de
Formación Docente y Carrera Docente y la Dirección Educación Especial, han tomado
intervención en el marco de sus competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en el uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2023-22866432-GCABA-DGCDO) de la Resolución
3621-GCABA-MEDGC/23, por el Anexo I (IF-2025-31771379-GCABA-DGEGE) el que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Encomendar a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento
e Innovación Educativa, el dictado de las normas complementarias necesarias para el
cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciónes Generales Educación Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente,
Carrera Docente y Dirección Educación Especial. Cumplido, archivar. Miguel