RESOLUCIÓN 3341 2025 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
ESTABLECE - PROFESIONALES - RESIDENCIA MÉDICA DE ANESTESIOLOGÍA - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - COMENZARON RESIDENCIA - CICLO LECTIVO 2021 FINALIZARÁN SU FORMACIÓN EL 31 DE AGOSTO DE 2025 - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
28/08/2025
Sanción:
25/08/2025
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza 40.997, sus modificatorias y complementarias, la Ley 153 (texto
consolidado por Ley 6.764), los Decretos 96/12 y 399/13 y el Expediente 2025-
32344564-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza 40.997, sus modificatorias y complementarias, se
establecieron los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo
de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
determinándose las especialidades y duración de las mismas.
Que las Residencias constituyen un sistema remunerado de capacitación a tiempo
completo, con actividad asistencial programada y supervisada, tendiente a incorporar a
profesionales del área de la salud en distintas especialidades con el objetivo de formar
un recurso humano capacitado en beneficio de la comunidad.
Que la citada Ordenanza reguló en su artículo 3° la integración del mencionado
sistema de salud en diferentes áreas, fijando diversos plazos de duración para cada
una de ellas.
Que la formación de los médicos anestesiólogos es una prioridad sanitaria por tratarse
de un recurso profesional crítico en los hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y del resto de las jurisdicciones del país.
Que en nota fechada el 11 de agosto, la Asociación de Anestesia, Analgesia y
Reanimación de Buenos Aires (AAARBA), en su carácter de entidad científica
formadora de profesionales médicos anestesiólogos, informa que ha evaluado en su
totalidad a los profesionales residentes de Anestesiología que finalizarán su formación
en el 2026 y que conforman la promoción 61 del curso de la Carrera de médico
especialista.
Que dicha Asociación considera apropiado dar por concluido el 31 de agosto del
corriente año el ciclo de residencia fijado, debido a que todos los profesionales
cuentan con los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para la actividad
asistencial para actuar como médicos anestesiólogos.
Que la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red avala el
requerimiento de la Asociación de Anestesia, Analgesia y Reanimación.
Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional no
encuentra objeciones a la solicitud planteada para la finalización del ciclo el día
31/8/2025 para los residentes listados en el IF-2025-33707920-GCABA-DGDIYDP.
Que el Decreto 96/12 encomendó al titular del Ministerio de Salud, entre otras
facultades, la determinación de la duración de las Residencias Médicas del Sistema de
Residencias del Equipo de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto 96/12,
Artículo 1°.- Establecer que los profesionales de la Residencia Médica de
Anestesiología del Sistema de Residencias del Equipo de Salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que comenzaron la Residencia en el Ciclo Lectivo
2021, finalizarán su formación el día 31 de agosto de 2025.
Artículo 2°.- Lo dispuesto por el artículo 1° del presente deberá notificarse a los
profesionales de la Residencia Médica de Anestesiología que hayan iniciado su
formación en el Ciclo Lectivo 2021.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en
la página web de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional, y para su conocimiento y demás efectos, comunicar a la Subsecretaría de
Atención Hospitalaria y a la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Recursos Humanos. Posteriormente, girar a la Dirección General de Administración y
Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a los fines de su competencia y a la Dirección
General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archivar.
González Bernaldo de Quirós