RESOLUCIÓN 214 2025 MINISTERIO DE JUSTICIA
Síntesis:
RECHAZA RECURSO DE RECONSIDERACIóN CONTRA LA RESOLUCIóN N° 184-MJGC/25 Y LA PRESENTACIóN RE-2025-32756013- GCABA- MGEYA
Publicación:
01/09/2025
Sanción:
26/08/2025
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto
consolidado por Ley 6.764) -, la Resolución 184-MJGC/25, los Expedientes EX-2025-
29329416-GCABA-MGEYA y EX-2025-32753129-GCABA-MGEYA, y,
CONSIDERANDO:
Que por el EX-2025-29329416-GCABA-MGEYA tramita el recurso de reconsideración
interpuesto por el Sr. Javier Pablo Caviglia contra la Resolución 184-MJGC/25 por la
cual se dejaron sin efecto, a partir del 30 de junio de 2025, las designaciones como
controladores Administrativos de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de
Faltas de las personas indicadas en su anexo I que se desempeñaban con carácter
transitorio - entre las cuales se encontraba el recurrente - y se designaron, a partir del
1° de julio de 2025, como Controladores/as Administrativos/as de Faltas de la Unidad
Administrativa de Control de Faltas con carácter titular, como resultado del Concurso
Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado mediante la Resolución 367-
MJGC/-24 para cubrir la cantidad de 126 (ciento veintiséis) cargos vacantes, a las
personas que se detallan en su Anexo II;
Que habiendo sido notificado en fecha 30 de junio de 2025 el Sr. Caviglia interpuso
recurso de reconsideración contra la mencionada Resolución en los términos del
artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a través de la presentación RE-2025-29331381-GCABA-MGEYA;
Que asimismo, el 7 de agosto del corriente, el recurrente realizó una nueva
presentación RE-2025-32756013-GCABA-MGEYA que tramita en el marco del EX-
2025-32753129-GCABA-MGEYA a efectos de ampliar fundamentos y denunciar
hechos nuevos;
Que el recurso de reconsideración contemplado en el artículo 107 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires... podrá
interponerse... ...contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la
tramitación del reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de
mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo... ...dentro de los
diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será
competente para resolver lo que corresponda...;
Que atento a que la Resolución recurrida es un acto emanado del titular de esta
cartera ministerial, corresponde al suscripto resolver el citado recurso;
Que en relación a las presentaciones efectuadas, intervino la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Justicia a través del IF-2025-
35856315-GCABA-DGTALMJ, la cual luego de un pormenorizado análisis concluyó
que ... los argumentos esgrimidos no conmueven la decisión adoptada por esta
Administración, motivo por el cual corresponde rechazar el recurso incoado por el Sr.
Caviglia...;
Que, a tenor de lo expuesto, en consonancia con lo aconsejado por la citada Dirección
General conforme la valoración efectuada sobre las constancias obrantes en el
expediente, corresponde dictar el acto administrativo que desestime el recurso de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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reconsideración interpuesto y que rechace la presentación RE-2025-32756013-
GCABA-MGEYA efectuada por el Sr. Caviglia.
Por ello, al amparo de lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos y en
uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por Javier Pablo
Caviglia contra la Resolución 184-MJGC/25 y la presentación RE-2025-32756013-
GCABA- MGEYA.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado en los términos del Capítulo VI de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con copia del informe legal IF-2025-
35856315-GCABA-DGTALMJ. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos y a la Dirección General Planificación y Control Operativo del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, a la Secretaría de Justicia, a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal y, a la Dirección General Administración de Infracciones de este
Ministerio de Justicia. Cumplido, remitir las actuaciones a la Jefatura de Gabinete de
Ministros en los términos del artículo 111 de la mencionada Ley de Procedimientos
Administrativos, para el tratamiento del recurso jerárquico. Cumplido, archivar. Tapia