DISPOSICIÓN 2660 2025 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL N° 6 - FIAB 6 - DÍAS SÁBADOS DE 04 A 16 HORAS - CALLES VIRREY OLAGUER Y FELIÚ - ENTRE MOLDES Y VIDAL - Y CALLE VIDAL - ENTRE VIRREY OLAGUER Y FELIÚ Y VIRREY AVILÉS - A PARTIR DEL 6 DE SEPTIEMBRE 2025

Publicación:

03/09/2025

Sanción:

29/08/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: Las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764 y 6.684, los

Decretos Nros. 491/16, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, la Disposición Nro. 1.007-

DGFYME/16, el Expediente Nro. 36408289-GCABA-DGPF/25, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades

primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando

estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo;

Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;

Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura

orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades

primarias para "Planificar, administrar y supervisar la organización de las Ferias

Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas

competentes en caso de corresponder (...);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual

continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la

autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 159-GCABA-DGCDPU/21 se ha autorizado el

funcionamiento la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial N° 6 (FIAB 6), en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 35929717-GCABA-DGPF/25, se informó a la

Junta Comunal N° 13 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de

Abastecimiento Barrial (FIAB 6);

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 4 hs hasta las 16 hs,

contemplando el armado dos horas antes del horario de inicio de la feria y el

desarmado dos horas posteriores al cierre de la feria;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante informe N° 36419497-GCABA-DGPF/25, la Gerencia Operativa

Mercados solicita y presta conformidad a autorizar el nuevo emplazamiento de la FIAB

N° 6, a partir del próximo sábado 6 de septiembre de 2025, en el barrio de Colegiales.

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto

152/24.

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorizar el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N° 6 (FIAB 6), los días sábados de 04 a 16 horas, en las calles Virrey Olaguer y

Feliú (entre Moldes y Vidal) y calle Vidal (entre Virrey Olaguer y Feliú y Virrey Avilés),

a partir del 6 de septiembre del corriente año.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General

Permisos y Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido,

archívese. Fiore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 2660/DGPF/25 autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial N° 6 (FIAB 6), en el marco de la Disposición N° 159-DGCDPU/21.</p>