RESOLUCIÓN 12 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
APRUEBA - BAJA DE TRÁMITE - AUTORIZACIÓN PARA EL CORTE DE TRÁNSITO PARA INSTITUCIONES RELIGIOSAS - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES -IUT
Publicación:
04/09/2025
Sanción:
27/08/2025
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes 3.304 y 6.684 (Textos Consolidados por Ley 6.764), los Decretos
118/22 y 387/23 y sus modificatorios 298/25 y 155/25, la Resolución 70-SECITD/22, la
Resolución Conjunta 1-SECITD/22, el Expediente Electrónico EX-2025-30827549-
GCABA-DGCU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que el artículo 3 de la mencionada Ley establece como autoridad de aplicación a la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la
Secretaria General de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad;
Que posteriormente, por Decreto 387/23 y modificatorio 298/25, se aprobó la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y a la Secretaria General
dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de: "Fomentar el diseño ágil de
procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; Intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; Supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de
las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y
tecnológica, procesos y servicios al ciudadano", entre otras;
Que, a su vez la misma norma establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría General, la de: "Diseñar e implementar metodologías de gestión orientadas
al mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos de gobierno", entre otras;
Que el artículo 1 del Decreto 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los
Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para
garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;
Que mediante artículo 7 del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites
(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será
implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o
el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, en el mismo sentido, por el artículo 8 se dispuso que todas las reparticiones
deberán informar los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al
mencionado Inventario en las formas, plazos y condiciones que determine la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital para asegurar su vigencia;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) tiene por finalidad consolidar los trámites
vigentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, según la información provista por
cada jurisdicción;
Que, mediante la Resolución 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo del
Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que el artículo 3 de la mentada Resolución, se encomendó a la Dirección General de
Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar
cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que, en ese orden, por medio de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22, se aprobó el
Anexo "I", estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo trámite o
modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";
Que, asimismo, el artículo 9 de mencionado procedimiento establece que: "Cumplido
el procedimiento, se procederá a la firma conjunta del acto administrativo entre el área
responsable y la Secretaría de Innovación y Transformación Digital".
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del Acto Administrativo
pertinente, procediendo a la baja del trámite "Autorización para el corte de tránsito
para instituciones religiosas" en el Inventario Único de Trámites (IUT), toda vez que
dicho trámite se encuentra duplicado, y que su supresión permitirá evitar la duplicidad
de la información, así como optimizar y clarificar los trámites y la información publicada
en los canales oficiales de acceso ciudadano;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por Decreto 387/23 y su modificatorio
298/25,
Artículo 1°.- Aprobar la Baja del trámite "Autorización para el corte de tránsito para
instituciones religiosas" en el Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°.- Comunicar a la Subsecretaría de Innovación Administrativa a fin de
proceder a la carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) de la Baja del Trámite:
"Autorización para el corte de tránsito para instituciones religiosas".
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archivar. Pompeo - Piola