DISPOSICIÓN 419 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Síntesis:

ESTABLECE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EFECTUARÁ LA HOMOLOGACIÓN DEL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL INC. C) DEL ART. 5 DEL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 1.010-SSEGU-05

Publicación:

04/01/2006

Sanción:

14/11/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA


Visto la Resolución N° 1.010-SSEGU/05 (B.O. N° 2315), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Anexo I de la resolución mencionada ut-supra se aprueba la reglamentación del procedimiento para la tramitación y otorgamiento de permisos especiales para la realización de espectáculos y diversiones públicas, previstos en el artículo 10.2 de la Sección 10, Capítulo10.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones y del artículo 176 de la Ordenanza N° 9-XII-910;

Que el artículo 5° del citado Anexo regula la tramitación y autorización del permiso especial, indicándose qué documentación deberá adjuntar la parte requirente de dicho permiso;

Que asimismo el inciso c) del artículo en análisis indica que deberá presentar: (sic) ...Copia del servicio de seguridad y vigilancia contratado de acuerdo con la Ley N° 118, sus normas complementarias y concordantes y nómina completa de las personas que cumplirán dicha tarea con nombre, apellido y DNI homologada por la Dirección General de Seguridad Privada...;

Que en consecuencia resulta procedente determinar la metodología aplicable a fin de efectuar la referida homologación, considerándose oportuno que la misma se realice mediante la colocación de un sello, implementado por esta Dirección General, en la nómina que presenten los requirentes - en tiempo y forma - ante la Mesa de Entradas de la repartición;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE

SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1° - Déjase establecido que la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada efectuará la homologación del personal comprendido en el inc. c) del art. 5° del Anexo I de la Resolución N° 1.010-SSEGU/05 (B.O. N° 2315), mediante la colocación de un sello que así lo indique, en las nóminas que deberán presentar - en tiempo y forma - ante la Mesa de Entradas de esta repartición, los requirentes de dicho trámite.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento pase a la Secretaría de Seguridad y a las Subsecretarías de Seguridad Urbana y de Control Comunal, y a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, asimismo publíquese en la cartelera de la Mesa de Entradas de la repartición. Cumplido, archívese.

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