RESOLUCIÓN 3485 2025 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SELECCIONA SEDE DE ROTACIÓN PARA RESIDENTES DE MEDICINA GENERAL Y/O MEDICINA DE FAMILIA  - CENTRO DE SALUD Y ACCIÓN COMUNITARIA (CESAC) 47 - RESIDENCIAS MÉDICAS

Publicación:

05/09/2025

Sanción:

01/09/2025

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ordenanza 40.997 (texto consolidado por Ley 6.764), la Resolución

1747/MSGC/23, el Expediente 34548622-GCABA-DGDIYDP/25, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias constituyen sistemas remunerado de capacitación de posgrado a

tiempo completo, con actividad asistencial programada y supervisada, tendiente a

incorporar a todos los profesionales del área de la salud con el objetivo de formar en el

ámbito intra y extra hospitalario, un recurso humano capacitado en beneficio de la

comunidad.

Que se han elaborado cada uno de los Programas para las diversas Residencias, en

pos del accionar de los futuros especialistas, para intervenir en la complejidad y en la

interdisciplinariedad de acuerdo a las demandas del Sistema de Salud.

Que el programa de formación de la Residencia de Medicina General y/o Medicina de

Familia, aprobado por la Resolución 1747/MSGC/23, prevé la rotación de los

residentes como parte de su formación.

Que mediante IF-2025-34575262-GCABA-DGDIYDP e IF-2025-35545289-GCABA-

DGDIYDP la Titular de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional, luego de evaluar la capacidad formadora de los profesionales, la planta

física y las actividades a desarrollar, propicia que entre las rotaciones previstas para

los residentes de Medicina General y/o Medicina de Familia se incluya al Centro de

Salud y Acción Comunitaria (CeSAC) N° 47 dependiente de la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria.

Que la Ordenanza 40.997 en su artículo 23 inciso "f" (texto consolidado por Ley 6.764)

establece que los efectores que no cuenten con sede de residencia pero que reciben

residentes rotantes que cumplen rotaciones obligatorias como parte de su formación,

podrán proponer la designación de un instructor como responsable de dicha

formación.

Que en consecuencia, corresponde autorizar a la Dirección General Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un

(1) Instructor para la Residencia de Medicina General y/o Medicina de Familia, quien

cumplirá sus funciones en el efector previamente mencionado, a fin de garantizar el

diseño y puesta en funcionamiento de una rotación de calidad en dicha especialidad.

Que han brindado su conformidad la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria

y Comunitaria mediante IF-2025-35526153-GCABA-SSAPAC y la Subsecretaría de

Planificación Sanitaria y Gestión en Red a través de PV-2024-36244846-GCABA-

SSPSGER.

Que la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio de Salud ha tomado

intervención en el marco de sus competencias.

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Seleccionar al Centro de Salud y Acción Comunitaria (CeSAC) N° 47

dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria,

perteneciente a este Ministerio de Salud, como sede de rotación para los residentes de

Medicina General y/o Medicina de Familia.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un (1) Instructor para la

Residencia de Medicina General y/o Medicina de Familia en el centro indicado en el

artículo 1°.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pasar, para

su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Docencia, Investigación y

Desarrollo Profesional y a la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. González

Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 3485-MSGC/25 selecciona al Centro de Salud y Acción Comunitaria (CeSAC) 47<br />dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, como sede de rotación para los residentes de Medicina General y/o Medicina de Familia, en el marco de la Ordenanza 40997.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 3485-MSGC/25 selecciona al Centro de Salud y Acción Comunitaria (CeSAC) 47<br />dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, como sede de rotación para los residentes de Medicina General y/o Medicina de Familia, cuyo programa docente aprobara la Resolución 1747-MSGC/23.</p>